El doble rasero del PP y los jueces con el fiscal general: lo que vale con Koldo no vale con Ayuso

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Tras avenirse a renovar el Poder Judicial después de mantenerlo cinco años bloqueado, el presidente del PP, Alberto Núñez Feijoo, ha tratado de tranquilizar a los sectores más radicales de su partido desterrando cualquier complicidad con el Gobierno y el PSOE. Y para demostrarlo ha puesto en el punto de mira al fiscal general del Estado. "Pido al fiscal general que dimita por sus escándalos, sus presuntos delitos y por ser el abogado de su familia", dijo Feijoo en la última sesión de control al presidente del Gobierno. Hasta el momento no hay ningún tribunal -solo podría hacerlo el Supremo- que haya imputado un "presunto delito" a Álvaro García Ortiz. El máximo representante del Ministerio Público sí ha asumido su responsabilidad sobre una nota de desmentido enviada a los medios sobre un bulo difundido por la Comunidad de Madrid respecto de los dos -estos sí- presuntos delitos fiscales de Alberto González Amador, la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Pese a ello, dos fiscales madrileños permanecen imputados por revelación de secretos por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Más allá de las implicaciones futuras que pueda tener para García Ortiz -el jefe de gabinete de Ayuso ya dijo en X que estaba seguro de que acabará en la cárcel- lo cierto es que el caso abierto por el TSJM criminaliza la política de comunicación que la Fiscalía y los tribunales españoles han mantenido durante décadas. El Ministerio Público ha difundido en los últimos años decenas de comunicados sobre operaciones en casos de corrupción y criminalidad organizada declarados secretos. La fiscalía, como todos los tribunales de España, ha distribuido y distribuye a través de sus gabinetes de prensa a los medios, con toda normalidad, querellas, escritos de acusación e informes de casos vivos que considera especialmente trascendentes para la opinión pública en los que aparecen muchos más datos personales y a veces más relevantes que los difundidos por ese desmentido. De la misma forma que los tribunales difunden autos, sentencias e incluso providencias para informar de la marcha de los procesos. Con nombres, apellidos, pruebas y conductas concretas. Antes de que se sepa si esas personas serán condenadas o absueltas. Pero nadie, hasta ahora, había puesto esa práctica en tela de juicio.

El origen de la nota que ahora se enjuicia está en una noticia falsa difundida por el Gobierno del la Comunidad de Madrid y publicada por varios medios, entre ellos El Mundo. En ella se sostenía que la Fiscalía había ofrecido un pacto a González Amador para que admitiera sus dos delitos fiscales por los que dejó de pagar a Hacienda 350.951 euros. Después, el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, dijo a los periodistas que alguien "desde arriba" había obligado al fiscal del caso a retirar esa oferta. La información se sustentaba en la reproducción de uno de los correos electrónicos que intercambiaron el representante de la fiscalía, Julián Salto, y el abogado del novio de Ayuso, Carlos Neira. Pero la noticia era falsa. La realidad es que quien se había mostrado dispuesto a reconocer los delitos para evitar las penas de cárcel de su cliente había sido el abogado de González Amador. Es decir, que era González Amador quien se mostraba dispuesto a confesar. La existencia de la denuncia contra González Amador había sido publicada dos días antes por eldiario.es y otros medios, así que se trataba de hechos públicos.

La fiscalía distribuyó el comunicado ahora judicializado el 14 de marzo para defender a su representante en el caso y explicar cuál había sido su actuación. En la nota aclaratoria se relataba cronológicamente lo sucedido. Primero, la denuncia recibida en fiscalía desde la Agencia Tributaria (23 de enero). Después (2 de febrero), la propuesta de pacto del abogado de González Amador para evitar la cárcel en la que reconocía "dos delitos contra la Hacienda Pública por el Impuesto de Sociedades, 2020 y 2021". Cinco días después, el fiscal dio por concluidas sus diligencias e investigación y acordó la interposición de denuncia en el juzgado. También se informaba de un correo enviado por el fiscal el 12 febrero en el que decía al letrado que el acuerdo para evitar la prisión que propuso González Amador, era posible. La nota explicaba además que la denuncia contra el novio de Ayuso se interpuso al día siguiente y se mandó a los juzgados el día 20 de febrero. Por último, se recogía un último correo enviado por el fiscal al letrado -el email que había servido de base para la información falsa de El Mundo- en el que se le adjuntaba la denuncia "para facilitarle el derecho de defensa" y se le reiteraba la posibilidad del pacto que propuso.

Confesión de dos delitos fiscales

"En definitiva, el único pacto de conformidad, con reconocimiento de hechos delictivos y aceptación de una sanción penal que ha existido hasta la fecha es el propuesto por el letrado de D. Alberto González Amador al fiscal encargado del asunto en fecha 2 de febrero de 2024", concluía el comunicado judicializado de fiscalía. La comunicación solo recogía el nombre del denunciado -ni siquiera decía que se trata de la pareja de Ayuso- publicado días antes y el hecho de que hubiera admitido la comisión de dos delitos fiscales. Ni cuota defraudada, ni sanción, ni ningún otro dato especialmente sensible de un caso de evidente trascendencia pública, dado que había sido publicado por medios de gran relevancia y con líneas editoriales dispares como El País, El Mundo o eldiario.es . También por infoLibre. La nota por la que ahora se investiga a dos fiscales inferiores, pese a que el fiscal general ha asumido su responsabilidad sobre ella, constaba de apenas dos páginas.

Dos páginas frente a las 26 que contiene la querella, por ejemplo, del 'caso Koldo', relacionado con el exministro socialista José Luis Ábalos. La fiscalía Anticorrupción, a través del gabinete de prensa del fiscal general del Estado, se la envió a todos los redactores de tribunales interesados el pasado 23 de febrero. En ella se dan los nombres de los siete querellados, las denominaciones de las empresas, las cantidades supuestamente defraudadas, las conductas de cada uno de ellos, correos electrónicos intercambiados... En ella se recogen cuadros explicativos de la trama de contratación y de datos fiscales concretos, como los montantes exactos que declararon Koldo García y su esposa Patricia Uriz a la Agencia Tributaria o los ingresos de sus cuentas bancarias a lo largo de cinco años. También los inmuebles de su propiedad y las cantidades que pagaron por ellos, aunque no su dirección exacta, transferencias, gastos...

Pese a ello, nadie ha cuestionado la actuación del gabinete de prensa de la fiscalía ni la ha llevado al juzgado porque, de no haber transmitido esa información, nadie en España hubiera conocido el funcionamiento de la trama corrupta o los medios solo la hubieran obtenido de manera no oficial ni imparcial, sino a través de las partes, con sus intereses particulares. Y lo mismo con otros casos señalados de indudable trascendencia política y social que recayeron en fiscales o fiscalas generales nombrados por el PP, como los casos Gürtel, Púnica, Lezo... En la causa del procés se informó puntualmente a los periodistas de cada acto y escrito de la fiscalía y lo mismo hizo el Tribunal Supremo con los trámites de su instructor, Pablo Llarena, y de la Sala de lo Penal.

Desde hace meses, cada una de las notas y escritos del Ministerio Público contienen un descargo de responsabilidad en el que se explica que su comunicación se realiza "en cumplimiento del artículo 4.5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a los exclusivos efectos de su eventual tratamiento con fines periodísticos", con referencia a la normativa europea que avala su transmisión a los medios. Ese artículo establece que, entre las funciones del fiscal, está la de "informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan, siempre en el ámbito de su competencia y con respeto al secreto del sumario y, en general, a los deberes de reserva y sigilo inherentes al cargo y a los derechos de los afectados.

Derecho fundamental a la información veraz

En el escrito que envió el pasado 10 de junio al TSJM, el fiscal general del Estado aseguró que el comunicado que dio lugar a la denuncia de González Amador y que ha supuesto la imputación de dos fiscales de Madrid, se redactó porque él lo ordenó, asumiendo toda la responsabilidad y pidiendo que la causa se enviara al Supremo, el único tribunal que puede juzgarle. En él recordaba que "recibir libremente información veraz constituye un derecho fundamental consagrado en el artículo 20 de la Constitución". También que la nota "fue plenamente ajustada a Derecho y respondió a la función legalmente encomendada [a la Fiscalía] de informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan en el ámbito de competencia del Ministerio Fiscal". Además, subrayaba que la información no era secreta, ya que, la existencia del caso había sido previamente difundida por varios medios. Su objetivo era "desmentir (...) informaciones falaces e interesadas previamente publicadas por algunos medios" y "proporcionar información objetiva e imparcial".

Toda información judicial contiene datos personales e implica la difusión de conductas supuestamente delictivas que, una vez publicadas, pueden afectar a la presunción de inocencia de los encausados. Ahora, los magistrados del TSJM tendrán que decidir si vale más la difusión de los de Alberto González Amador, la pareja de Ayuso, o el derecho fundamental a la información que establece la norma fundamental y la normativa de la Unión Europea a todos los ciudadanos. Atribuir delitos a representantes del Ministerio Público por informar de una causa en la que el novio de la más alta representante del Estado en la Comunidad de Madrid se declara autor confeso de dos delitos fiscales, implica ya un juicio inicial de presunta culpabilidad inédito en el periodismo de tribunales español y pone en peligro las vías a través de las cuáles los redactores han podido elaborar sus informaciones sobre corrupción. El siguiente paso de los magistrados será decidir si se inhiben al Supremo. Si lo hacen y el alto tribunal acepta el caso, se dará una situación todavía más insólita: la imputación de un fiscal general. Y por informar.

Tras avenirse a renovar el Poder Judicial después de mantenerlo cinco años bloqueado, el presidente del PP, Alberto Núñez Feijoo, ha tratado de tranquilizar a los sectores más radicales de su partido desterrando cualquier complicidad con el Gobierno y el PSOE. Y para demostrarlo ha puesto en el punto de mira al fiscal general del Estado. "Pido al fiscal general que dimita por sus escándalos, sus presuntos delitos y por ser el abogado de su familia", dijo Feijoo en la última sesión de control al presidente del Gobierno. Hasta el momento no hay ningún tribunal -solo podría hacerlo el Supremo- que haya imputado un "presunto delito" a Álvaro García Ortiz. El máximo representante del Ministerio Público sí ha asumido su responsabilidad sobre una nota de desmentido enviada a los medios sobre un bulo difundido por la Comunidad de Madrid respecto de los dos -estos sí- presuntos delitos fiscales de Alberto González Amador, la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Pese a ello, dos fiscales madrileños permanecen imputados por revelación de secretos por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

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