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El portazo conservador al recurso de Puigdemont pone fin a seis años de consenso en el TC sobre el 'procés'

El expresident de la Generalitat Carles Puigdemont.

Cada verano, un pequeño grupo de magistrados se queda de guardia en el Tribunal Constitucional para resolver cuestiones urgentes. Es la llamada Sección de Vacaciones. Y, por lo general, su actividad suele pasar desapercibida. Pero este miércoles, todos los focos se han situado sobre ella. En el epicentro, la decisión de la Sala, con mayoría conservadora, de inadmitir a trámite los recursos del expresident Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín contra las órdenes de detención dictadas recientemente por el Supremo por los delitos de desobediencia y malversación. Un movimiento que rompe con la norma no escrita en el TC de admitir siempre aquellos asuntos vinculados al procés y resolverlos por el Pleno.

Tanto el exlíder del Ejecutivo catalán como el exconseller, ambos huidos de la acción de la justicia, impugnaban la decisión del Alto Tribunal al entender que menoscababa "la garantía de inmunidad" que tenían "reconocida" como miembros del Parlamento Europeo. Además, invocaban "la vulneración del derecho a un juez independiente e imparcial, a la igualdad y a un proceso con todas las garantías". Pero la Sección de Vacaciones ha rechazado tramitar ambos recursos. Así lo han decidido dos de sus tres miembros: los magistrados del llamado sector conservador Concepción Espejel y César Tolosa. La tercera, la progresista Laura Díez, ha emitido un voto particular criticando la premura de esta decisión.

El movimiento en pleno mes de agosto choca con la posición que hasta ahora se había mantenido en el máximo intérprete de la Ley Fundamental en relación con los asuntos del procés. Las fuentes jurídicas consultadas por infoLibre explican que "durante seis años" el Pleno del Tribunal Constitucional –que cuenta en estos momentos con mayoría progresista, a diferencia de lo que ocurre ahora mismo con la llamada Sección de Vacaciones– había estado acordando "por unanimidad" la "admisión de todos los recursos de amparo" relativos al proceso independentista de otoño del 2017 por su "trascendencia constitucional". Algo excepcional, puesto que la tasa de admisión de estos recursos suele situarse en el 1%.

Eso es lo que se hizo con los que interpusieron Jordi Sànchez, Jordi Cuixart o el exvicepresident Oriol Junqueras contra su mantenimiento en prisión provisional. O con los que presentaron los exconsellers Josep Rull y Jordi Turull contra los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados que les suspendieron como diputados. Y lo mismo se hizo, incluso, con los recursos de Puigdemont y Comín contra la decisión del Supremo de 2019 de mantener las órdenes de detención contra ellos a pesar de haber sido elegidos eurodiputados. Una impugnación similar a la rechazada este miércoles por la Sección de Vacaciones.

"Primera vez" que se inadmite un recurso del procés

Las fuentes consultadas por este diario destacan, por tanto, que es la "primera vez" que se "inadmite un recurso de esta naturaleza", aprovechando la mayoría conservadora "coyuntural" en este pequeño órgano que se queda de guardia en agosto. Esto es algo que se ha encargado de recordar también la magistrada Laura Díez. "La inadmisión del presente recurso de amparo se aparta, por primera vez, de la práctica seguida por este tribunal en relación con los amparos presentados en relación con la causa 20907-2017 –la causa del procés–, que han sido sistemáticamente admitidos y avocados a Pleno para su resolución", ha señalado en su voto particular.

La decisión llega, además, en un momento político delicado, en plenas negociaciones para una posible investidura en las que jugará un papel clave Junts per Catalunya (JxCat), la formación de Puigdemont. "Todo en orden. Hace muchos años que el trabajo del Tribunal Constitucional es decorar jurídicamente la estrategia del Estado contra el independentismo. Y esa estrategia no cierra por vacaciones", ha apuntado en redes sociales el secretario general de Junts, Jordi Turull, tras conocerse la inadmisión a trámite. Una decisión que impugnará el Ministerio Público en septiembre. Para la Fiscalía, no había urgencia que justificase la resolución del asunto fuera del Pleno.

Eso es, justamente, lo que defiende Díez en su voto particular. "La simple solicitud de una medida cautelar, o la posibilidad abstracta de nuevas situaciones de hecho que la hagan necesaria, no puede por sí misma justificar la necesidad de resolver por parte de la Sección de Vacaciones", resalta la magistrada. Por ello, completa, no comparte "la premura" por "decidir" sobre un asunto que "bien pudiera haberse tramitado tras la pausa estival siguiendo el sistema ordinario de reparto y resolución". En definitiva, se "ha precipitado innecesariamente" la decisión, concluye la magistrada, quien también defiende en su voto particular que debería haberse admitido a trámite el recurso.

Y lo hace por dos motivos. Primero, por la "evidente trascendencia constitucional" del caso, dada la ausencia de doctrina del Constitucional en relación con la inmunidad. Y segundo, porque esta cuestión aún se encuentra abierta a nivel europeo, dado que los dos dirigentes independentistas tienen intención de recurrir ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la resolución del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) que retiraba la inmunidad a Puigdemont y Comín.

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Por contra, los dos magistrados conservadores resaltan que dicha Sala es competente para adoptar la decisión por la "necesidad de resolver sobre la solicitud de adopción de la medida cautelarísima". Y, con esto establecido, rechazan la admisión a trámite del recurso.

La Sección de Vacaciones, un órgano que cambia a mitad de mes

La fuentes jurídicas consultadas explican que la Sección de Vacaciones, que no aparece recogida en la Ley del Tribunal Constitucional, es la competente para adoptar, si son necesarias, "medidas cautelares urgentes" en pleno verano. Esta misma Sala fue la encargada, por ejemplo, de pronunciarse en agosto de 2017 sobre el recurso de amparo con el que Juana Rivas, la madre condenada y luego indultada por el delito de sustracción de menores, trataba de impedir la entrega de los niños a su padre. Entonces, los magistrados que la integraban rechazaron conceder el amparo al entender que el recurso se había presentado fuera de plazo.

La Sección de Vacaciones, según explican fuentes conocedoras del funcionamiento de la misma, la integran los cuatro magistrados de más reciente incorporación y dos más antiguos, que actúan como presidentes. Durante esta primera quincena de agosto, forman parte de la misma Espejel, Tolosa y Díez, lo que inclina la balanza del lado del llamado sector conservador. En la segunda, está previsto que les tomen el relevo Enrique Arnaldo, María Luisa Segoviano y Juan Carlos Campo. Es decir, que la Sección será entonces de mayoría progresista. Igual que lo es el Pleno desde que a comienzos de año se desbloquease la renovación del Tribunal Constitucional.

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