FIN A CINCO AÑOS DE UN CGPJ CADUCADO

Una proposición de ley para limitar las puertas giratorias entre política y justicia

Esteban González Pons y la vicepresidenta de la Comisión de la UE, Vera Jourova, explican el acuerdo sobre la reforma del poder judicial español sistema.

La exministra de Justicia Dolores Delgado no habría podido ser fiscala general del Estado. Tampoco Álvaro Cuesta, exdiputado y exportavoz de justicia del PSOE, podría haberse convertido en vocal del Consejo General del Poder Judicial. Margarita Robles tendrá que esperar al menos dos años para reincorporarse a su puesto de magistrada del Tribunal Supremo cuando deje su cargo de ministra de Defensa. El acuerdo para la renovación del órgano de gobierno de los jueces lleva aparejada una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. ¿El objetivo? Limitar o dificultar las puertas giratorias entre la política y la judicatura o la fiscalía. También endurecer los requisitos para convertirse en magistrado del Tribunal Supremo que de los 15 años de servicio necesarios actuales pasa a 20.

La proposición de ley impide acceder al cargo de vocal del CGPJ por el turno de reconocida competencia (los que no llegan al Consejo desde la Judicatura y son nombrados directamente por las Cámaras) a quienes en los cinco años anteriores han sido ministros, secretarios de Estado, consejeros autonómicos, alcaldes, o parlamentarios en el Congreso, el Senado, el Parlamento Europeo o los autonómicos. Además, los candidatos deben comparecer ante la comisión de nombramientos de las Cámaras que los eligen -Congreso y Senado- y presentar una memoria de méritos y objetivos antes de ser elegidos para el cargo. También el nombramiento de un suplente por cada vocal para evitar las vacantes por muerte, enfermedad o dimisión, en su caso.

Se recupera la comisión de calificación del Poder Judicial que desapareció tras la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que promovió el Gobierno del PP. Esta comisión se encargaba de elaborar las ternas de magistrados para todos los cargos discrecionales y de proponerla al Pleno del organismo que era quien se encargaba después de seleccionar al candidato por mayoría de tres quintos. La futura ley también establecerá esa mayoría para el nombramiento de los presidentes de las Audiencias Provinciales y del magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Incompatibilidades para ser fiscal general

La proposición también impone incompatibilidades para ser nombrado fiscal general del Estado. No podrá ser propuesto para el cargo quien, en los cinco años anteriores haya sido titular de un ministerio o de cualquier otro cargo en el Parlamento (español y europeo), consejero autonómico o parlamentario autonómico. Casos como el de la exministra de Justicia, Dolores Delgado, que pasó directamente del ministerio a liderar la Fiscalía, ya no serán posibles.

La vuelta a la judicatura tras el paso por la política también se dificulta para los jueces. Tras el término de su mandato como parlamentario europeo, español, autonómico o como alcalde o cuando haya tenido un cargo superior al de director general, no podrá volver al servicio activo hasta que pasen dos años desde su cese. Si solicitan su reingreso en la carrera quedarán en situación de servicios especiales y adscritos, dependiendo del destino que tuvieran, al presidente del Tribunal Supremo o del Tribunal Superior de Justicia de su último destino hasta que pase ese plazo y puedan recuperar su puesto.

La norma también prohíbe a los jueces y fiscales que reingresen en la política tras su paso por la política, participar en los casos en los que sean parte partidos o agrupaciones políticas o miembros de estas que hayan ostentado cargos públicos. En esos casos, los jueces o fiscales con pasado político deben abstenerse y, en caso de no hacerlo, podrían ser recusados, según la proposición de ley.

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