LA PORTADA DE MAÑANA
Ver
El fiasco de Bruselas y el desafío permanente de Mazón desnudan el liderazgo de Feijóo en el PP

El final de ETA

La Audiencia Nacional ordena excarcelar a 9 etarras por el fallo de Estrasburgo sin esperar al Supremo

El etarra Domingo Troitiño, a su salida de la prisión de Teixeiro, en A Coruña.

infolibre

El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido este viernes la excarcelación de nueve etarras sin esperar al criterio del Tribunal Supremo sobre la aplicación de la doctrina Parot tras el fallo de Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo. El Pleno, que se ha reunido durante más de cuatro horas, ha adoptado esta medida con el voto a favor de nueve magistrados y la oposición de los ocho restantes. Los jueces han decidido estudiar las primeras peticiones de libertad planteadas por las defensas de 52 etarras que reclamaron su excarcelación en aplicación de la sentencia de Inés del Río, sin esperar al Tribunal Supremo, que debatirá este asunto el próximo día 12.

Las críticas de Aznar a Rajoy por su reacción a la sentencia sobre la doctrina Parot irritan al Gobierno

Las críticas de Aznar a Rajoy por su reacción a la sentencia sobre la doctrina Parot irritan al Gobierno

Las órdenes de libertad son para Domingo Troitiño, Jokin Mirena Sancho, Isidro María Garalde, José Ignacio Urdiain, Jon Koldo Aguinagalde, Joseba Koldobika, Elías Fernández Castañares, Juan Francisco Gómez López y Luis María Azcargorta.Troitiño fue miembro del comando Barcelona y uno de los autores del atentado de Hipercor, donde falecieron 21 personas.

La Sala ha estudiado los once informes emitidos este jueves por la Fiscalía de la Audiencia Nacional sobre otros tanto terroristas que han solicitado su puesta en libertad. En esos informes, el Ministerio Público se muestra a favor de aplazar la decisión hasta que se pronuncie el Pleno del Tribunal Supremo. Además proponía que se siga aplicando la doctrina Parot para el cómputo de redenciones penitenciarias obtenidas por etarras a partir de marzo de 2006.

Para la Fiscalía, la sentencia del TEDH "de ninguna manera declara contraria a derecho la doctrina Parot" si no que solo se pronuncia sobre la etarra Inés del Río, una caso en el que se violaron derechos fundamentales por alargar cinco años su excarcelación.

Más sobre este tema
stats