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Crisis del ébola

Rechazada la querella de Pacma contra Sanidad por la muerte de ‘Excalibur’

Javier Limón y Teresa Romero junto a su perro Excálibur.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazó este miércoles la admisión a trámite de la querella contra el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Francisco Javier Rodríguez Rodríguez, y el director General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por haber ordenado el sacrificio de ExcaliburExcalibur, el perro de Teresa Romero, la técnica de enfermería que logró vencer el ébola. El fallo se puede recurrir en un plazo de tres días.

La querella fue interpuesta por el Partido Animalista contra el Maltrato Animal (Pacma) el pasado 10 de octubre. La denuncia se realizó por la comisión de un supuesto delito de prevaricación por el sacrificio del animal. Esta asociación estimó que la resolución dictada por la Consejería de Sanidad que dio lugar a la muerte de Excalibur vulneró, entre otros, el artículo 12 de la Ley de Protección de los Animales Domésticos de la Comunidad de Madrid, al ordenar el sacrificio sin un diagnóstico previo de enfermedades transmisibles, sino fundamentándose en simples hipótesis.

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En el auto, los jueces señalan que es "evidente" que la muerte del animal se dio a raíz de una resolución administrativa y que existe una "limitada intervención de un juzgado autorizando la entrada en un domicilio para la ejecución forzosa" de la resolución cuestionada. Sin embargo, los magistrados argumentan que "carecen" de datos para determinar la autoridad concreta de quien sentenció el sacrificio de Excalibur y sus "exactas motivaciones".

El TSJM señala también que la "mera opinión subjetiva" del querellante sobre la ilegalidad de la actuación "no puede servir para la apertura de un proceso penal por prevaricación"  y apunta que debe tenerse presente que las "autoridades sanitarias" son las encargadas de "adoptar las adecuadas medidas para proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro", entre ellas las medidas especiales en Materia de Salud Pública.

Así, los magistrados argumentan que las autoridades sanitarias pueden "adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población".  Esta decisión va en la línea del Ministerio Fiscal, que hace unos días emitió un informe en contra de la admisión de la querella presentada por el Partido Animalista.

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