Tuitómetro

“El becario se ha equivocado y ha modificado el Código Civil y no el Penal. No volverá a pasar”

El Boletín Oficial del Estado recogía este martes la modificación introducida en el Código Civil en "materia de prescripciones", de modo que el periodo se acorta desde los 15 años actuales hasta cinco años.

O lo que es lo mismo, las "acciones personales", las deudas, en lo sucesivo solo se podrán reclamar durante un periodo máximo de cinco años (a excepción de las deudas hipotecarias). Aunque no es de extrañar que, con la que está cayendo, día sí y día también, muchos tuiteros hayan pasado por alto que la modificación afectaba al Código Civil y no al Código Penal, que regula cuándo prescriben los delitos.

Aclarada la confusión, algunos –medio en broma, medio en serio– insinuaban que el error ha estado en no modificar el Código Penal.

Y por si no quedaba claro...

...en este tono tan campechano lo explicaba, en enero, la vicepresidenta del Gobierno:

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