LA PORTADA DE MAÑANA
Ver
El fiasco de Bruselas y el desafío permanente de Mazón desnudan el liderazgo de Feijóo en el PP

Caso ERE

Chaves y Griñán acusan al juez de los ERE de defender sin pruebas la teoría de la “trama criminal”

José Antonio Griñán y Manuel Chaves.

infoLibre

El expresidente de la Junta Manuel Chaves y el expresidente y exconsejero de Hacienda de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, recurrieron ante la Audiencia Provincial de Sevilla el auto en el que el juez Álvaro Martín les procesó junto a otros 25 ex altos cargos dentro del caso ERE. Chaves declaró que los hechos que se le atribuyen tienen "absoluta irrelevancia penal" y, por su parte, Griñán negó la existencia de "una trama criminal construida por la Administración" y "encaminada a la defraudación de bienes públicos".

El abogado de Chaves, como informó Europa Press, recurre el auto de procedimiento abreviado dictado contra él por un delito continuado de prevaricación y solicita el archivo de la causa, ya que, tal y como declaró ante el Tribunal Supremo, "ni conoció ni pudo conocer las supuestas irregularidades vinculadas a la concesión de las ayudas sociolaborales", pues "nadie le advirtió de ello y el interventor general tampoco consideró oportuno utilizar el mecanismo del informe de actuación".

"No consta en la causa ni un solo indicio de que, en su condición de presidente de la Junta, conociera las advertencias de la Intervención (como de hecho viene a asumir el magistrado al no hacer mención alguna en su auto a un hipotético conocimiento por parte mi representado, que en todo caso estaría carente de cualquier tipo de soporte probatorio, ni siquiera indiciario)", argumentó.

El abogado de Griñán sostiene que el sistema de ayudas y subvenciones investigado "pudo ser discutible aunque impuesto por una realidad social apremiante y sería negar la realidad que también cumplió sus objetivos en relación con centenares de casos", pero, según subraya, "no era una trama criminal construida por la Administración".

"La afirmación de que Griñán 'creó un sistema que pudiera servir eventualmente para desviar fondos públicos', lo que ha sido jurisdiccionalmente negado, resulta descabellada", dijo su abogado.

"Dislate jurídico"

"Chaves, en su condición de presidente de la Junta, se limitó a participar en la formalización de la aprobación, por parte del Consejo de Gobierno que él presidía, de unas modificaciones presupuestarias que habían seguido todos los trámites legalmente exigibles y que contaban con todos los informes preceptivos favorables, incluido el informe favorable" de la Intervención General de la Junta "en todos y cada uno de los casos", apostilló la defensa de Chaves.

Además, y según expuso, las 18 modificaciones a las que se refiere el juez "se engloban, como declaró mi representado en sede judicial, entre las más de 1.000 modificaciones presupuestarias que él recordaba que había aprobado el Consejo de Gobierno en ese periodo de los años 2000 a 2009", lo que "demuestra hasta qué punto se trataba de un asunto de puro trámite para el Consejo de Gobierno". "Para ser exactos, entre los años 2000 y 2009, el Consejo de Gobierno de la Junta aprobó un total de 1.271 modificaciones presupuestarias", apuntó.

En el auto, al juez también atribuyó a Chaves que, como miembro del Consejo de Gobierno, "aprobó los proyectos de presupuestos de la Comunidad Andaluza para los ejercicios 2002 a 2009, pese a que contenían de manera inadecuada las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo hacia IFA/IDEA", pero el abogado ve "un dislate jurídico" considerar que el acuerdo de aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos por el Consejo de Gobierno "puede subsumirse en el concepto de resolución dictada en un asunto administrativo".

Además, la defensa del expresidente se pregunto"qué razonamientos o argumentos jurídicos esgrime el auto para sostener que los acuerdos de aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos por parte del Consejo de Gobierno pueden subsumirse en el concepto de resolución dictada en un asunto administrativo", y dice que "la respuesta es sencilla, a la par que sorprendente: el auto no contiene ni un solo razonamiento jurídico sobre este elemento del tipo penal".

Seguidamente, el letrado recuerda lo que declaró Chaves en el Supremo sobre su intervención en esta materia para concluir que "es evidente que el Consejo de Gobierno no entraba en detalles ni pormenores de las partidas, ni de los programas, que integran el Presupuesto de la Comunidad Autónoma".

"Entender que el presidente de la Junta, o de cualquier otro gobierno, antes de aprobar un programa anual de control financiero de las empresas públicas, se tenga que poner a estudiar todo el expediente administrativo que ha dado lugar a la propuesta que se somete finalmente a su aprobación, incluidas las memorias incorporadas al expediente, se opone a las reglas de la lógica de lo razonable y aboca prácticamente a una situación que linda con lo absurdo", criticó el abogado.

"Magma de irregularidades"

Tres versiones sobre la supuesta malversación de Griñán

Tres versiones sobre la supuesta malversación de Griñán

Según la defensa de Griñán, el juez "se ha limitado a otorgarle papeles en el reparto de roles en el supuesto 'programa delictivo'", punto en el que recuerda que "nadie puede ser acusado por contaminación de lo que otros hayan podido hacer".

El abogado puso de manifiesto que, cuando Griñán se incorporó a la Junta como consejero de Hacienda en abril de 2004, el sistema de transferencias de financiación "ya estaba sancionado por tres leyes de Presupuestos (2002, 2003 y 2004), ya se habían aprobado dos Cuentas Generales (2002 y 2003) que incluían el mismo sin observaciones de la Cámara de Cuentas, y llevaba cuatro años vigente el convenio marco entre la Consejería de Empleo y el IFA". Por ello, "no es posible considerar que Griñán estuviera en la implantación ni en el mantenimiento de un sistema que, por lo demás, fue refrendado parlamentariamente con mucha anterioridad".

El letrado, que lamentó que el auto contenga "afirmaciones gravísimas sin prueba alguna", aludió a "la inviabilidad de dejar en una consciente nebulosa las conductas específicas, mezclando intencionadamente comportamientos activos y pasivos, deberes de vigilancia reales o supuestos, conocimientos probables o presuntos, y, en suma, componer un magma de irregularidades en el que por igual convivan las conductas de personas que en realidad nada tenían que ver entre sí, aunque todas trabajaran en la Administración Pública".

Más sobre este tema
stats