La herencia del PP
Ratificada la condena a Nacho Villa por poner "toda clase de trabas" al derecho de huelga
El Tribunal Superior de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha ratificado la condena impuesta hace un año al exdirector de la Radio Televisión regional, Nacho Villa, por vulnerar los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical. La sentencia, a la que ha tenido acceso infoLibre, considera probado que el periodista, que dirigió el ente público castellano-manchego durante el gobierno de María Dolores de Cospedal, opuso "toda clase de trabas injustificadas" al "legítimo ejercicio de un derecho constitucional" al ordenar que un representante de CCOO fuera expulsado del edificio durante los paros de dos días que la plantilla protagonizó en abril de 2015.
Destituido tras ser desalojado el PP del Gobierno regional por el PSOE, Villa dejó el ente público con un déficit de 9,2 millones. Entre sus hitos principales figura el de haber endosado a la cadenafacturas de tiendas de muebles con el argumento de que "pagaba decorados" y haber pasado 5.000 euros en llamadas a la corresponsal de la televisión manchega en Asia. El periodista tiene ahora la opción de recurrir ante el Supremo.
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La resolución de la Sala de lo Social del TSJCM confirma la indemnización de 6.000 euros que el juez que en primera instancia se pronunció sobre este asunto impuso de manera solidaria a la Radio Televisión de Castilla-La Mancha y a Nacho Villa. La sentencia expone con dureza el porqué de su decisión: "La indemnización fijada por importe de 6.000 euros en concepto de daños morales no parece excesiva o arbitraria habida cuenta de la conducta pertinaz y obstinada de los codemandados en el empeño de oponer toda clase de trabas injustificadas al legítimo ejercicio de un derecho constitucional".
Todo ocurrió el 27 de abril de 2015. Ese día, y previa comunicación a los directivos de la cadena, el secretario provincial de la Federación de Servicios y Ciudadanía de CCOO, José Luis Arroyo, acudió a la sede de la cadena pública para reunirse con los trabajadores, que acababan de iniciar una huelga de dos jornadas. Tras intentar que Arroyo firmase un documento por el que se comprometía a no hacer "actos de propaganda electoral" -las elecciones municipales y autonómicas se celebraron en mayo-, CCOO reclamó la presencia de la Inspección de Trabajo.
La inspectora que acudió al centro advirtió a los directivos de que Arroyo tenía pleno derecho a acceder a la plantilla. Pero en cuanto se dio la vuelta para visitar otras áreas del edificio, el sindicalista fue "expulsado". El tribunal considera probado que la expulsión no se produjo por iniciativa de los vigilantes de seguridad sino porque Nacho Villa dio la orden sin que Arroyo pudiera acceder al local de la sección sindical de CCOO. Y eso, remarca la sentencia, constituye una vulneración del derecho a la libertad sindical. Una vulneración perpetrada "por razones que carecen de toda justificación y que pueden considerarse caprichosas".