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'Operación Lezo'

Las ocho preguntas que Moix no responde sobre su decisión de archivar el 'caso González' en 2009

El entonces fiscal jefe de Madrid, Manuel Moix, en un acto con Ignacio González.

“El silencio informativo es hoy una losa que perjudica la imagen de la Fiscalía”. Son palabras de Manuel Moix, fiscal jefe de Anticorrupción, que figuran en el plan de actuación que presentó en enero de este año cuando se propuso para el cargo. Pese a esa declaración de intenciones, Moix se ha negado a responder a las ocho preguntas que le ha planteado infoLibre, en relación con su decisión de archivar en 2009 una denuncia de la asociación Parque Sí en Chamberí contra el ahora encarcelado Ignacio González como presunto jefe de "una organización criminal".

Como desveló este periódico, Moix archivó el caso sin realizar una sencilla diligencia de investigación, que habría servido para destapar el escándalo de corrupción. En la denuncia figuraban todos los datos de las empresas relacionadas con la adjudicación del campo de golf del Canal que ahora sí han investigado el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco y la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Manuel Moix, que entonces era el fiscal superior de Madrid, no se limitó a archivar la denuncia. Además, lo hizo con un escrito de cinco folios en el que aseguraba que no existía “ni indicio”, ni “rastro”, ni “la más leve sospecha” de irregularidad por parte de González. [Puedes consultar aquí el escrito de denuncia de Parque Sí en Chamberí y aquí el decreto de archivo de Moix].

A continuación, infoLibre reproduce de forma literal las ocho preguntas que trasladó el jueves por la noche a la portavoz de Manuel Moix, y que éste se negó a contestar. Además, se explican los datos que se conocen de momento sobre las cuestiones planteadas.

1. ¿Solicitó el Sr. Moix a la Agencia Tributaria el modelo 347 de las empresas Tecnoconcret y Only Golf de los años 2005, 2006, 2007 y 2008?

La asociación vecinal Parque Sí en Chamberí presentó en mayo de 2009 una denuncia contra Ignacio González por la adjudicación del campo de golf del Canal, en la que pedía a la Fiscalía de Madrid que practicase una serie de “diligencias de averiguación”, entre ellas solicitar a Hacienda los datos del modelo 347 de dos empresas implicadas en dicho proyecto: Tecnoconcret y Only Golf. Manuel Moix no practicó esa sencilla diligencia y ordenó archivar la denuncia en octubre de aquel año. Si hubiera atendido la petición de los denunciantes, habría descubierto que Tecnoconcret, empresa controlada de forma mayoritaria por un hermano y un cuñado de Ignacio González, había recibido ingresos de más de tres millones de euros por el proyecto del campo de golf. El escrito de la asociación vecinal acusaba a Ignacio González de la presunta comisión de delitos de prevaricación, malversación de caudales y tráfico de influencias.

El modelo 347 es una declaración anual que las empresas deben presentar ante Hacienda de forma obligatoria con los datos de las operaciones realizadas con terceros por importe superior a 3.005 euros. En dicha declaración deben figurar tanto los pagos (compras) como los ingresos (ventas) realizados por la compañía.

Los investigadores de casos de corrupción –Guardia Civil, Policía, Fiscalía– piden de forma sistemática el modelo 347 de las empresas sospechosas, ya que les permite hacerse un mapa de las relaciones que confiesan las propias sociedades investigadas. Es además una de las diligencias de investigación más sencillas de practicar, ya que sólo tienen que enviar un oficio a la Agencia Tributaria reclamando la información.

Los datos conocidos ahora en la operación Lezo, según consta en el auto por el que el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco envió a prisión a Ignacio González, desvelan que “Tecnoconcret declaró entre los años 2006 y 2007 ventas a la sociedad Dragados, del grupo ACS, por importe de 3,26 millones de euros”. ¿Y en concepto de qué ingresó ese dinero la empresa controlada por la familia González? En teoría para realizar la instalación del césped del campo de golf.

En realidad, Tecnoconcret no tenía ni capacidad, ni personal, ni conocimientos técnicos para instalar dicho césped, así que subcontrató por 2,68 millones el trabajo con la otra sociedad por la que se interesaban los denunciantes de Parque Sí en Chamberí: Only Golf Planning and Design. La diferencia entre ambas cantidades son aproximadamente 578.000 euros, que los investigadores consideran una comisión con la que se quedó Tecnoconcret por el simple hecho de actuar como intermediaria en la operación.

Pero Tecnoconcret no sólo se lucró con el campo de golf en la fase de construcción (en 2006 y el primer trimestre de 2007), sino que también lo hizo en la fase de gestión y explotación de las instalaciones deportivas (desde abril de 2007), siempre según la investigación de la UCO. Así, entre los años 2007 y 2012, la compañía declaró ventas al consorcio Green Canal Golf –el encargado de la explotación del campo de golf– por importe de unos 623.000 euros. Así lo destaca el magistrado en su auto: “Esta sociedad [Tecnoconcret] a pesar de estar desvinculada formalmente del citado consorcio [Green Canal Golf] aún siguió facturando”. Desde abril de 2008, el hermano y el cuñado de González eran directamente accionistas de Tecnoconcret.

Cuando en mayo de 2009 los denunciantes de Parque Sí en Chamberí solicitaron al fiscal Manuel Moix que pidiese los modelos 347 de Tecnoconcret y de Only Golf, estas dos compañías ya habían declarado por tanto todas las operaciones relacionadas con la instalación del césped –3,26 millones de euros– y parte de las vinculadas a la explotación de las instalaciones deportivas. Por tanto, si la Fiscalía hubiese practicado esa sencilla diligencia, habría descubierto la operativa de la trama de la familia González.

2. ¿Solicitó el Sr. Moix a la Seguridad Social la relación de trabajadores de Tecnoconcret entre 2005 y 2008?

En la denuncia presentada por la asociación vecinal, que luchaba para que en los terrenos de los antiguos depósitos de agua del Canal de Isabel II se instalase un parque público y no un campo de golf de nueve hoyos, se proponía además la práctica de otra diligencia de averiguación: solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social un informe de la relación de trabajadores de Tecnoconcret entre los años 2005 y 2008.

De acuerdo con los datos presentados por la compañía en el Registro Mercantil de Madrid, en 2005 tenía un trabajador en plantilla y en los tres años siguientes contaba con dos.

Esta información también habría sido de gran utilidad para la Fiscalía en 2009. ¿Qué sentido tenía que la constructora Dragados contratase a una sociedad totalmente desconocida, y casi sin empleados, para abordar una obra de 3,2 millones de euros? La respuesta es evidente: ninguno. Sólo podría tratarse de una empresa intermediaria, que tendría que subcontratar el trabajo.

Tecnoconcret tenía como administrador único a José Antonio Clemente Martín, que había fundado la empresa junto a su esposa en mayo de 2003. Con un capital de 3.010 euros, en sus primeros años de vida apenas tuvo actividad. Pero todo cambió a partir del 21 de junio de 2006, cuando Clemente fundó otra sociedad denominada Tamanaco 07 Consulting junto con otros dos socios: Pablo González y José Juan Caballero, hermano y cuñado del entonces número dos de Aguirre. Cada uno de ellos se quedó con el 33,3% de la firma, dedicada precisamente a “la promoción y explotación de instalaciones deportivas”.

Sólo cinco meses después de que Clemente se convirtiese en socio de la familia González, Tecnoconcret recibió la adjudicación para explotar el campo de golf del Canal, junto a Iridium y Soto Once. La decisión se tomó en una reunión del consejo de administración de la empresa pública madrileña, presidida por el propio Gonzalez, quien no se abstuvo en la votación y ocultó al resto de consejeros la relación que Tecnoconcret tenía con familiares directos suyos.

3. Más allá de las diligencias mencionadas en las anteriores preguntas, ¿qué diligencias practicó en la investigación de 2009?

El ahora fiscal jefe de Anticorrupción, al negarse a responder a todas las preguntas de infoLibre, deja sin aclarar este punto.

En todo caso, expertos en la investigación de tramas corruptas indicaron a este diario que las dos diligencias básicas eran las solicitadas por los denunciantes, ya que ello permite detectar si una sociedad tiene realmente un negocio o es simplemente un vehículo para operaciones ilegales.

Dichas fuentes añadieron que, además de esas dos diligencias, también se habrían podido consultar las cuentas de Tecnoconcret en el Registro Mercantil de Madrid.

4. ¿Por qué no realizó el Sr. Moix, en su decreto de archivo del año 2009, ninguna referencia a las diligencias practicadas?

El 6 de octubre de 2009, Manuel Moix firmó el decreto de archivo de la denuncia presentada por la asociación Parque Sí en Chamberí. El entonces fiscal superior de Madrid concluyó que no existía “indicio o rastro alguno que permita, siquiera, la más leve sospecha de que se hubiera producido algún tipo de sugerencias, insinuaciones, presiones o similar por parte del vicepresidente primero  de la Comunidad de Madrid, a fin de que las decisiones adoptadas lo fueran en un determinado sentido”.

Manuel Moix afirmaba cosas como las siguientes: que en todo el concurso de adjudicación no se había apreciado “ningún tipo de irregularidad” o que la valoración de las ofertas de las empresas que concursaron había sido resuelta “de forma detallada y objetiva por los servicios técnicos de evaluación”.

La defensa que el fiscal Moix realizó de González y familia llegó al extremo de asegurar en su escrito: “Se ha podido constatar que ni el hermano ni el cuñado del vicepresidente primero de la Comunidad de Madrid han intervenido, en momento alguno, ni como accionistas, ni como administradores de las sociedades a las que se adjudicó el concurso, ni tampoco en la sociedad anónima que actualmente explota las instalaciones”. Los dos fueron ahora detenidos por su participación en esta operación.

En los cinco folios de exculpación del político madrileño, Moix no realizaba en cambio ni una sola mención a qué diligencias concretas de investigación había practicado la Fiscalía para llegar a la conclusión de que no se debían investigar los hechos denunciados.

5. En mayo de 2009, cuando la Asociación Parque Sí en Chamberí presentó su denuncia, la empresa Tecnoconcret ya había recibido más de 3,2 millones de euros de Dragados en teoría para instalar el césped de golf en las instalaciones deportivas del Canal. ¿Conocía ese dato el Sr. Moix?

El silencio de Moix deja esta pregunta sin respuesta. Pero sólo existen dos posibilidades: que conociese ese dato, en cuyo caso la decisión de decretar el archivo de las actuaciones sería completamente incomprensible incluso desde un punto de vista legal, o que no lo conociese, pero ese desconocimiento lo habría podido superar fácilimente solicitando a la Agencia Tributaria el modelo 347 de la compañía.

6. ¿Por qué no informó el Sr. Moix en la Junta de Fiscales Anticorrupción del pasado 18 de abril de que en 2009 había adoptado una decisión respecto a tres de las personas que iban a ser detenidas al día siguiente, en parte por los mismos hechos por los que él los había exculpado?

Manuel Moix fue nombrado fiscal jefe de Anticorrupción en febrero de 2017. Nada más llegar al cargo intentó frenar las escuchas que estaban siendo practicadas en la denominada Operación Lezo, que afectaban a la "organización criminal" presuntamente comandada por Ignacio González. Finalmente, aceptó prorrogar las escuchas por un mes, tras las explicaciones que le dieron los dos fiscales del caso: Carlos Iañez y Carmen García Cerdá.

Sin embargo, el 17 de abril, dos días antes de desencadenar la operación con la detención de González y otras 11 personas, Moix trasladó a Iañez y García su oposición a realizar uno de los registros previstos y también a que la trama de González recibiese la calificación jurídica de “organización criminal”. Iañez y García invocaron entonces el artículo 27 del Estatuto del Ministerio Público, que permite a un fiscal oponerse a una orden que considere ilegal o improcedente y solicitar la reunión de la junta de fiscales.

Dicha reunión de la junta se celebró el 18 de abril. De los 27 fiscales adscritos a Anticorrupción, asistieron a la reunión 24. El debate se centró en el deseo de Moix de frenar uno de los registros previstos. Más de diez fiscales intervinieron ofreciendo razones jurídicas para practicar los registros tal y como habían sido planteados por Iañez y García. La votación se saldó con un resultado humillante para el fiscal jefe: 21 votos en contra de su posición, 1 abstención y 2 votos a favor de su postura, incluyendo al propio Moix.

Durante la reunión del 18 de abril, el fiscal feje de Anticorrupción no informó a sus compañeros de que en octubre de 2009 había decretado el archivo de una denuncia sobre la adjudicación del campo de golf del Canal. Una denuncia en la que constaban todos los datos relevantes de esa operación y que afectaba a tres personas que iban a ser detenidas al día siguiente (los hermanos González y su cuñado).

En todo caso, diversos fiscales consultados por infoLibre indicaron que Manuel Moix no tenía la obligación de informar en la reunión sobre su actuación de 2009. “Podría haberlo hecho, pero no tenía la obligación legal”, resume una fiscal.

7. ¿Considera el Sr. Moix que, de acuerdo con las causas de abstención que afectan a los fiscales, debería abstenerse en la 'operación Lezo'?

El artículo 28 del Estatuto Fiscal señala que los miembros del Ministerio Público “se abstendrán de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de las causas de abstención establecidas para los jueces y magistrados” en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), “en cuanto les sea de aplicación”. En dicha norma se enumeran hasta 16 causas de abstención, entre ellas “tener amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes” o “haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia”.

Además de la decisión de archivar la denuncia de 2009 contra Ignacio González, las escuchas de la operación Lezo han descubierto el interés del expresidente madrileño por colocar a Moix al frente de la Fiscalía Anticorrupción. En concreto, se escucha a González afirmar lo siguiente en una conversación con el exministro Eduardo Zaplana: “A ver si podemos colocar el tema del fiscal Anticorrupción […] Yo creo que va a ser él, si sale es cojonudo […] Era el fiscal jefe de Madrid, se llama Moix, es un tío serio y bueno”. El pasado 22 de febrero, Moix fue nombrado efectivamente fiscal jefe de Anticorrupción.

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Los fiscales consultados por este periódico consideran de forma mayoritaria que, con los datos hasta ahora conocidos, Moix no tiene que abstenerse. Argumentan que el interés de González por ponerlo en el cargo no implica necesariamente que entre ambos exista “una amistad íntima”. En cuanto a “haber resuelto la causa en anterior instancia”, explican que esa causa de abstención está pensada sobre todo para los jueces, que no son parte del pleito y no deben estar contaminados por resoluciones anteriores sobre el fondo del asunto.

8. ¿Ha participado el Sr. Moix como fiscal en alguna otra decisión que haya favorecido a Ignacio González o a cualquiera de los otros detenidos o investigados en la ‘operación Lezo’?

Al no responder a esta pregunta Manuel Moix, el único hecho que se conoce de momento es la participación del fiscal jefe de Anticorrupción en el archivo de la denuncia presentada en 2009 por la asociación Parque Sí en Chamberí.

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