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Cataluña ante el 1-O

La imputación del secretario de Presidencia suma un nuevo capítulo a la batalla judicial contra el referéndum

El president de la Generalitat, Carles Puigdemont, este martes en Barcelona.

Ibon Uría

La batalla judicial contra el 1-O parece no tener fin. La Guardia Civil comunicó este miércoles al secretario de Presidencia de la Generalitat, Joaquim Nin, que está investigado por los indicios que supuestamente lo incriminan en los preparativos del referéndum. Esa condición de investigado –imputado, en la anterior terminología– deberá ser confirmada ahora por un juez, y se sumaría así al largo listado de medidas que los tribunales han adoptado para frenar la celebración de la consulta. Lo mismo sucedió a raíz del 9N de 2014, el anterior intento de referéndum que concluyó con la inhabilitación del president Artur Mas.

Tras conocer la imputación de Nin, el conseller de Presidencia y portavoz de Govern, Jordi Turull, ordenó a los servicios jurídicos de la Generalitat que presenten una denuncia ante el juez y los agentes de la Guardia Civil responsables de la investigación al secretario de Presidencia. A juicio de Turull, se ha producido una "clarísima vulneración de derechos fundamentales". "Es una causa general contra la voluntad de votar del pueblo de Cataluña", insistió el portavoz. 

Mientras tanto, y también este miércoles, el Parlament de Catalunya dio luz verde con los votos de Junts pel Sí y la CUP –y la oposición del resto de partidos– a la reforma del reglamento de la Cámara autonómica que permitirá, a la vuelta del verano, la aprobación exprés –mediante el mecanismo de lectura única– de la ley del referéndum y del resto de normas conocidas como leyes de desconexión. El PP catalán anunció el lunes que presentará un recurso de amparo ante el Constitucional para que se anule esa reforma, y Rajoy ya ha pedido un dictamen al Consejo de Estado para que se pronuncie sobre la modificación de la norma.

Cinco claves sobre el 1-O

Hasta ahora se han producido dos actuaciones judiciales en torno al referéndum anunciado para este otoño: la anulación de las partidas de los presupuestos catalanes que estaban destinadas a la organización de las consultas y la investigación en torno al proceso para licitar la compra de las urnas. Además, está previsto el ya mencionado recurso del PP contra la reforma del reglamento del Parlament y otro recurso del Govern contra los controles que el Gobierno central ha impuesto a Cataluña para acceder al Fondo de Liquidez Autonómica. Finalmente, el TC decidió hace semanas no actuar ante la presentación del texto de la ley del referéndum.

Los presupuestos. Los presupuestos de la Generalitat para este 2017 se aprobaron el 22 de marzo. En virtud de una enmienda de la CUP apoyada por Junts pel Sí, esas cuentas incluyeron tres partidas, de 5 millones de euros, 800.000 euros y 407.450 euros respectivamente, para convocar una consulta "sobre el futuro político de Cataluña". El Gobierno central las recurrió el 4 de abril ante el Tribunal Constitucional y, automáticamente, quedaron suspendidas de forma provisional. En fechas posteriores presentaron también recursos ante el tribunal de garantías el grupo parlamentario socialista, el popular y el de Ciudadanos.

En su escrito de alegaciones, el Parlament de Cataluña –con mayoría de Junts pel Sí y la CUP– alegó que esas cantidades pretendían dar cobertura económica a un referéndum "acordado" con el Estado. Es decir, que las partidas tenían mero carácter de "previsión" de un hipotético gasto, y que no implicaban ni la "obligación" de convocar la consulta ni un "mandato imperativo" al Gobierno catalán. El TC, sin embargo, rechazó estos argumentos: el pasado 5 de julio decidió por unanimidad anular esas partidas si finalmente se usan para un referéndum de independencia, aunque admitió que no merecerían "tacha alguna de inconstitucionalidad" si se destinaran a "procesos electorales, consultas no referendarias y de participación ciudadana". El Constitucional ordenó además que el fallo se notificase personalmente a todos los miembros del Ejecutivo catalán.

Las urnas. Una de las dificultades a las que se enfrentan los grupos promotores del referéndum es conseguir las urnas. El pasado 9 de mayo, el Govern publicó la licitación, por 200.000 euros, del suministro de urnas. El plazo para presentar ofertas era de 15 días. El portavoz del Gobierno central, Íñigo Méndez de Vigo, anunció ya entonces que si se oficializaba la compra "sin duda alguna" intervendría la Fiscalía, mientras que la entonces portavoz y consellera de Presidencia de la Generalitat, Neus Munté –del PDeCAT, y cesada por Puigdemont hace dos semanas–, defendió que "no hay ninguna normativa que impida la compra de urnas".

Aunque el concurso público para comprar las urnas quedó desierto, la Fiscalía presentó una querella por licitar la compra contra la consellera de Gobernacion catalana, Meritxell Borràs, y contra su ex número dos, Francesc Esteve, y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña decidió admitirla a trámite el 20 de junio. La defensa de Borràs remitió una semana después el acta que declaró desierto el concurso para pedir el archivo de la causa, pero la Fiscalía lo rechazó al entender que la consellera "consumó" el delito de prevaricación al poner en marcha el proceso de contratación, con independencia de que este no llegara a buen puerto. El pasado 11 de julio el TSJC se inclinó por el criterio del Ministerio Público y decidió seguir adelante con la investigación. El día 18, el tribunal reclamó a la Generalitat el expediente completo del concurso. Aún no hay fecha para el posible juicio.

La ley del referéndum. El pasado 4 de julio, representantes de Junts pel Sí y la CUP presentaron en un acto en el Teatre Nacional de Catalunya (TNC) y en otro en el Parlament el texto de la conocida como ley del referéndum. Ese documento establece que el 1-O será vinculante sin importar el nivel de participación y que la independencia se proclamaría un máximo de 48 horas después de conocerse los resultados definitivos. Sin embargo, aún no se ha registrado en la Cámara autonómica para que comience su tramitación parlamentaria, sino que simplemente se presentó el futuro texto.

Esa diferencia es clave: al tratarse del mero anuncio de un posible futuro texto, la Fiscalía decidió no actuar. El argumento que trasladaron fuentes del Ministerio Público es que la presentación era una mera declaración política y no un acto con efectos jurídicos. Lo que sí investiga el juzgado de instrucción número 13 de Barcelona es el acto organizado por Junts pel Sí y el Govern catalán en el TNC: la Guardia Civil, de hecho, acudió el pasado 13 de julio al teatro a requerir información sobre ese evento. El grupo parlamentario de Junts pel Sí aseguró que fue quien pagó los 17.609 euros que costó el alquiler del local y la organización del evento.

La reforma del reglamento. Los grupos independentistas quieren que la ley del referéndum y la ley de transitoriedad –que debería regular el paso de la legalidad española a la legalidad catalana si se proclama la independencia– se tramiten con la máxima rapidez, con el mínimo debate parlamentario. Por eso impulsaron una reforma del reglamento del Parlament, que salió adelante este miércoles, para que las normas puedan aprobarse por un procedimiento de urgencia y en lectura única. Esta modificación tampoco quedará sin respuesta judicial: el PP catalán tiene intención de recurrirla en amparo ante el Constitucional y Mariano Rajoy ya ha pedido un informe al Consejo de Estado, paso previo para acudir al tribunal de garantías. Si el Gobierno lo hace, podrá pedir la suspensión cautelar de la reforma, que sería automática.

El FLA. Aquí se invierten las tornas: no son los contrarios al 1-O quienes acuden a los tribunales, sino el Govern catalán quien pide auxilio a los jueces. Estos son los hechos: el pasado viernes, el Gobierno central anunció que exigirá semana a semana que la Generalitat certifique que no financia el referéndum con dinero público. Si eso ocurriera, advirtió, le cerraría el grifo del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA). Según el Ejecutivo, esa decisión se tomó tras detectar un desvío de 6.150 euros en una de las certificaciones que hasta ahora enviaba el gobierno catalán con periodicidad mensual, un gasto sobre el que el Ministerio de Hacienda exigió más explicaciones y que la interventora general de la Generalitat desvinculó este martes del 1-O. Un día después, este miércoles, la Generalitat recurrirá ese nuevo control semanal tanto ante el Supremo como ante el Constitucional.

Además de estas cinco claves judiciales, hay otros asuntos vinculados al referéndum y la independencia que también están siendo investigados. Un juez de Barcelona, por ejemplo, investiga la campaña institucional del Govern para incentivar la creación de un censo de catalanes en el extranjero de cara a la consulta. La conformación del censo, de hecho, es una de las dificultades a las que se enfrentan los independentistas, pues la Generalitat no tiene en su poder el censo electoral oficial. El Tribunal Constitucional, por su parte, decidió el pasado 21 de junio prohibir a la Generalitat que su consellería de representación exterior se denomine de Asuntos Exteriores: ese detalle tampoco ha pasado inadvertido a la acción de la justicia.

Las consecuencias del 9N

El precedente más claro del referéndum que los grupos independentistas impulsan para el próximo 1 de octubre es la consulta del 9 de noviembre de 2014, cuando la Generalitat llamó a los catalanes a pronunciarse sobre dos preguntas: "¿Quiere usted que Cataluña sea un Estado?" y "¿en caso afirmativo, quiere que sea un Estado independente?". Según datos de los organizadores, participaron un 37% de los ciudadanos con derecho a voto y el apoyo a la independencia –es decir, la doble respuesta afirmativa– fue de casi el 81%. Aquel proceso participativo, sin embargo, no estuvo exento de consecuencias judiciales: la primera fue la inhabilitación de Artur Mas y otros cargos, la segunda fue la inhabilitación de Francesc Homs, exconseller de Presidencia y, la tercera, es el proceso para que Mas pague la consulta.

Mas, Ortega y Rigau, fuera de la política. El pasado 13 de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña condenó al expresidente de la Generalitat, Artur Mas, a una pena de dos años de inhabilitacion para desempeñar cargos públicos por organizar la consulta del 9N pese a que esta había sido suspendida cautelarmente por el Constitucional cinco días antes, el 4 de noviembre. El tribunal de garantías declararía definitivamente la inconstitucionalidad de la consulta meses después, el 11 de junio de 2015. También resultaron condenadas quienes fuerza vicepresidenta, Joana Ortega, y consellera de Enseñanza, Irene Rigau, a penas de un año y nueve meses y un año y seis meses de inhabilitación respectivamente. Los tres fueron absueltos del delito de prevaricación.

Homs, también inhabilitado. Apenas nueve días después, el 22 de marzo, el Tribunal Supremo condenó a Francesc Homs a un año y un mes de inhabilitación también por la consulta del 9N. Homs fue juzgado por el Supremo porque es diputado del PDeCAT en el Congreso, y por tanto está aforado. Un día después, recurrió el fallo ante el Constitucional. Hasta que el tribunal de garantías no se pronuncie, el fallo del Supremo no será firme, de modo que podrá mantener el acta de diputado, que perdería si el TC confirma la sentencia. Ese fallo del Supremo, no obstante, es importante porque Mas, Rigau y Ortega han recurrido la sentencia del TSJC ante el alto tribunal. Y, en principio, el fallo en el caso de Homs fija la doctrina del TS y permite anticipar cuál será la decisión en esos tres recursos. La Fiscalía, de hecho, se ha opuestos incluso a que se admitan a trámite.

¿Quién paga la consulta? Hay un último fleco del 9N que aún está pendiente. Y no es menor, sino todo lo contrario: es de 5.129.833 euros, que es el coste del 9N según las estimaciones de Sociedad Civil Catalana, Associació Civica y Cultural y Abogados Catalanes por la Constitución. Esas tres organizaciones impulsaron una acción para que se investigue a Mas, Ortega, Rigau y Homs por ese gasto, y la Fiscalía del Tribunal de Cuentas apoyó esa petición. El 19 de julio, el tribunal nombró a un instructor para seguir adelante con el juicio contable, que podría suponer para los investigados la obligación de pagar de su propio bolsillo los fondos públicos empleados en el 9N, pues la ley del Tribunal de Cuentas establece que quien por acción u omisión origine "menoscabo de caudales o efectos públicos, quedará obligado a la indemnización de los daños y perjuicios causados".

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Otras decisiones y resoluciones

Tanto el 1-O como el 9N han estado precedidos de multitud de declaraciones y mociones del Parlament de Cataluña, y sobre varias de ellas también se ha pronunciado la Justicia. La primera iniciativa data del 23 de enero de 2013, cuando el Parlament aprobó una declaración en la que reconocía el derecho a decidir del pueblo catalán. El Constitucional la suspendió cautelarmente el 8 de mayo y la anuló definitivamente el 25 de marzo de 2014. Algo más de un año después, y tras las elecciones autonómicas de septiembre de 2015, el Parlament aprobó el 9 de noviembre de 2015 una resolución donde declaraba "solemnemente" el "inicio del proceso de creación del Estado catalán independiente" con los votos de Junts pel Sí y la CUP. El TC se dio más prisa en este caso: en 48 horas suspendió provisionalmente la resolución.

El texto, sin embargo, también advertía de que el Parlament no se supeditaría "a las decisiones del Tribunal Constitucional" por lo que, el 7 de abril de 2016, los grupos independentistas aprobaron otra moción en la Cámara para ratificar el contenido de la declaración del 9N. El TC siguió actuando: el 7 de julio de 2016 declaró inconstitucional la Agencia Tributaria catalana, el 1 de agosto dejó sin efecto las conclusiones de la comisión parlamentaria sobre el proceso constituyente y el 14 de febrero ya de este año suspendió la resolución parlamentaria que pedía la convocar el referéndum de independencia a lo largo de 2017.

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