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Intromisión honor

Hermann Tertsch, condenado a pagar 12.000 euros por injuriar al abuelo de Pablo Iglesias

El periodista Hermann Tertsch.

Raquel Maluenda

Un juzgado de Zamora ha condenado al periodista Hermann Tertsch a indemnizar con 12.000 euros al padre de Pablo Iglesias por "intromisión ilegítima en el honor" de la familia del líder de Podemos en un artículo del diario Abc en el que acusaba al abuelo del líder de Podemos de participar en la "caza de civiles inocentes" durante la Guerra Civil.

La sentencia condena además a Tertsch a "publicar a su costa el fallo" en el diario Abc y en su cuenta de Twitter, así como a retirar el artículo de la web y del caché. El fallo reconoce, así,  el "daño moral" que habría ocasionado en los familiares de Manuel Iglesias por lo que, además de al pago de la indemnización, condena al periodista a hacerse cargo de las costas del proceso.

El juzgado da la razón al padre de Iglesias, Francisco Javier Iglesias, si bien este demandaba que el fallo se publicara también “en otros diarios de semejante difusión como El País, El Mundo y La Vanguardia" y una indemnización mayor, que ascendía a los 50.000 euros.

El líder de la formación morada manifestó este jueves su satisfacción con la sentencia a través de su cuenta de Twitter y expresó su "orgullo" hacia su abuelo y "todos los antifascistas que lucharon por las libertades frente a tipos como Tertsch".

 

Por su parte, Tertsch anunció que recurrirá la resolución e hizo un llamamiento a los españoles a "no dejarse intimidar por esos enemigos de la libertad y de la verdad". Minutos más tarde, el periodista publicó otro tuit en el que expresó que no desfallecerá "en la lucha para que la verdad no quede ni prohibida ni abolida en España".

 

No efectuó una "comprobación razonable"

La sentencia no cuestiona que la información respondiera al "interés general" y fuera de "indudable relevancia pública", pero cuestiona que Tertsch obrara con la diligencia profesional "debida": "El autor de la publicación no ha demostrado que efectuara una comprobación razonable de la noticia transmitida o que se basara en hechos ciertos".

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En concreto, critica que el periodista basara sus informaciones en publicaciones anteriores de otros diarios como La Gaceta, Navarra Digital y El Semanal Digital y no realizara "ninguna otra indagación" para comprobar la veracidad de la misma, como contrastar otras fuentes o las causas sumariales, como, recuerda, "hubiese sido lo propio" dada la gravedad y la transcendencia de las afirmaciones.

De este modo, concluye que el artículo contiene "afirmaciones falsas", "tergiversando la realidad de los hechos con claro ánimo de difamar y desacreditar", especialmente, la imagen de Pablo Iglesias, como se desprendería de su título El abuelo de Pablo

En concreto, el tribunal remarca que no sería cierta la afirmación de que el abuelo de Iglesias fuera condenado a muerte por delitos de asesinato, sino por rebelión militar. La condena se produjo en junio de 1939, tras la victoria de los golpistas de Franco en la Guerra Civil, y posteriormente le fue conmutada por prisión.

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