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PROTECCIÓN SOCIAL

El Gobierno recupera el descuento del 20% en las cuotas para empleados de hogar que suprimió sin avisar en julio

Los empleados de hogar no tienen derecho a prestación por desempleo.

El Gobierno ha recuperado la reducción del 20% en las cuotas a la Seguridad Social de los empleados de hogar, que el Ministerio de Empleo suprimió sin avisar al no incluirse una mención expresa a su prórroga en los Presupuestos Generales del Estado.

El Ejecutivo no ha explicado por qué se suprimió ese descuento en las cotizaciones ni tampoco por qué la ha recuperado tres meses después. “Dado que el objetivo sigue vigente, el Gobierno ha optado por reincorporar la reducción del 20% de la cuota de los trabajadores domésticos”, se ha limitado a indicar el Ministerio de Empleo en un comunicado.

La reducción volverá a tener efectos desde el pasado 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2018. Pero desde el pasado mes de julio hasta el 1 de septiembre, los empleadores han estado pagando a la Seguridad Social ese 20% de más.

Según Empleo, la reducción del 20% pretende incentivar “la formalización de las relaciones laborales y reducir el alto índice de empleo sumergido del ámbito del trabajo doméstico”.

El 90%, mujeres

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El ministerio cifra en 120 millones de euros la cuantía que la Seguridad Social dejaba de ingresar por aplicar esta reducción de las cuotas. En la actualidad 425.355 personas cotizan en el Sistema Especial del Hogar, integrado desde 2012 en el Régimen General de la Seguridad Social. Hasta esa fecha, el número de quienes estaban afiliados no sobrepasó los 296.000. Pero los sindicatos calculan que son más de 700.000 las personas que realizan esta actividad, el 90% de ellas mujeres y la mitad emigrantes.

Este año, la cotización por contingencias comunes de estos empleados de hogar es de un 26,5% –el 22,1% lo paga el empleador y el 4,4%, el trabajador–. En 2018, el tipo de cotización aumentará en 0,9 puntos porcentuales y, a partir de 2019, será el mismo que el establecido para el resto del Régimen General. Sobre esa cotización es sobre la que se aplica la reducción del 20%. Por contingencias profesionales el tipo es del 1,1% y la paga únicamente el empleador.

A cambio de esas cotizaciones, los empleados domésticos tienen derecho al subsidio por incapacidad temporal, pero no a cobrar la prestación por desempleo.

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