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El futuro de Cataluña

Candidatos en prisión: qué pueden hacer y qué no los políticos catalanes encarcelados de cara al 21D

El vicepresidente cesado de la Generalitat de Cataluña, Oriol Junqueras, a su llegada a la sede de la Audiencia Nacional.

El vicepresident de la Generalitat destituido, Oriol Junqueras, y los consellers cesados Dolors BassaCarles Mundó y Raül Romeva pidieron este lunes a la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela que los deje en libertad provisional con el argumento de que su permanencia en prisión "lesiona irremediablemente su derecho a la participación política", así como el derecho de los ciudadanos a elegirles como representantes. En su recurso de reforma contra su ingreso en prisión preventiva, su defensa señala que el encarcelamiento es "desproporcionado" y puede provocarles "daño reputacional" en vísperas del 21D. 

Los citados dirigentes y otros cuatro consellers cesados más –Borràs, Forn, Rull y Turull– permanecen internados en dos prisiones madrileñas desde el pasado jueves 2 de noviembre. La jueza Lamela, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, les imputa los delitos de rebelión, sedición y malversación por, supuestamente, urdir una estrategia de todo el movimiento independentista encaminada a la celebración del referéndum del 1-O y a la declaración de independencia y por alentar "actos de insurrección pública, de desobediencia y de resistencia colectiva a la autoridad legítima del Estado", entre otras cuestiones.

La ley electoral no establece en ninguno de sus artículos que personas encarceladas provisionalmente no puedan ser candidatas. Por tanto, los políticos catalanes encarcelados podrán concurrir el 21D aunque permanecieran en la prisión en esa fecha, pues no tienen limitado el derecho de sufragio pasivo, es decir, el de ser elegible. Eso sí, tendrían que solicitar algún permiso para tomar posesión de sus escaños y ser considerados parlamentarios a todos los efectos. Además, haber recogido el acta de diputado también es condición imprescindible para postularse a la presidencia de la Generalitat. 

La normativa electoral establece únicamente que son inelegibles "los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal" (artículo 6.2.B).

Campaña electoral 

Lo que sí está claro es que su permanencia en prisión afectará de manera muy evidente a su forma de hacer campaña. Lo más claro es que su privación de libertad les impedirá hacer actos públicos, reunirse con sus equipos... pero no es lo único que no podrán hacer. Por ejemplo, en la cárcel los teléfonos móviles están prohibidos. Los reclusos tienen derecho a hacer diez llamadas a la semana desde un terminal fijo de la prisión con una duración máxima de cinco minutos cada una. Estas comunicaciones son autorizadas por la dirección, que también señala la hora en que se celebran. 

Los receptores sólo pueden ser familiares o amigos de los presos cuyos números han sido autorizados por la dirección previo aporte de una factura en la que figure el titular de la línea. Todas las comunicaciones son anotadas en un libro registro donde se hace constar día, hora, identidad de los comunicantes y relación con el interno. Aunque las llamadas se producen en presencia de un funcionario, la ley penitenciaria establece que se celebrarán de manera que se respete al máximo la intimidad de los reclusos. Este es el procedimiento si las comunicaciones no están intervenidas.

Según el reglamento penitenciario las restricciones e intervenciones de las comunicaciones –lo que conlleva un control y vigilancia de las mismas de forma visual, auditiva o con grabaciones– pueden ser decretadas por razones de seguridad, de interés de tratamiento y del buen orden del establecimiento. Esta es una competencia de la dirección de la prisión, que tendrá que informar al juez de vigilancia penitenciaria en el caso de penados o a la autoridad judicial competente de quien dependa en caso de presos preventivos.

Los reclusos tampoco tienen acceso a las redes sociales. Sí pueden consultar ordenadores en bibliotecas o aulas de informática, si bien se trata de terminales intervenidos donde está prohibida la conexión a redes de comunicación. Sí pueden reclamar un ordenador personal, aunque tendrán que acreditar "razones de carácter educativo o cultural" que lo hagan necesario y siempre con la salvedad de que no pueden conectarse a internet. Para consultar la prensa, los reclusos tienen a su disposición al menos tres diarios: uno deportivo y dos generalistas.  

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Al no contar con terminales móviles o informáticos tampoco podrán participar en vídeos electorales, que suponen unos de los recursos más utilizados por los partidos políticos en las campañas para posicionar sus mensajes. Por motivos de seguridad, en las prisiones no está permitido hacer grabaciones. Tampoco en los momentos de comunicación con los abogados. De hacerlo, explican fuentes penitenciarias, los reclusos pueden exponerse a una suspensión de las comunicaciones. 

Si no tienen las comunicaciones intervenidas, los reclusos sí pueden enviar tantas cartas como estimen oportuno y su contenido no es supervisado. Deben entregarlas en un sobre cerrado con los datos del remitente y se registran en un sistema informático los datos del emisor, del receptor y la fecha de envío. Sólo si el contenido del sobre por su peso o volumen induce a sospecha, la carta será devuelta al interno para que la abra delante del funcionario y la introduzca en otro sobre facilitado por el centro. Los presos con comunicaciones intervenidas sólo pueden enviar dos comunicaciones escritas a la semana. 

Este mismo lunesOriol Junqueras publicó un artículo en los diarios Público y Naciódigital y todos los encarcelados están difundiendo mensajes en los últimos días a través de las redes sociales. La vía legal de hacerlo, explican fuentes penitenciarias, sería comunicando esos mensajes a familiares o amigos a través de cartas o llamadas de teléfono. No obstante, en las cárceles también existe un mercado negro ilegal en el que los teléfonos móviles, cuyo precio puede rondar los mil euros, son objetos muy cotizados.  

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