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Empresarios

La patronal rechaza que los trabajadores tengan que volver a fichar para controlar las horas que trabajan

El presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, Antonio Garamendi

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La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) rechaza obligar a las empresas a establecer el registro de la jornada laboral de sus trabajadores, porque considera que "ya existen mecanismos de control horario" y supone "un cambio hacia lo antiguo", de acuerdo con las valoraciones de la patronal a varios de los temas que se están debatiendo en la mesa del diálogo social y a las que ha tenido acceso Europa Press.

Para los empresarios, el registro horario propuesto por el Ejecutivo aumenta la burocracia y los costes empresariales, tiene "problemas reales de aplicación", elimina las medidas de flexibilidad interna y de conciliación y es "de muy difícil aplicación" para las pequeñas y medianas empresas.

Por otro lado, sobre el despido colectivo, los empresarios quieren "eliminar la obligación de aportación al Tesoro Público de las empresas con beneficios en los despidos colectivos que afecten a trabajadores de más de 50 años", medida conocida también como enmienda Telefónica.

La llamada enmienda Telefónica tiene su origen en las prejubilaciones masivas que la compañía realizó en 2011 y que acabaron afectando a más de 6.500 personas.

En concreto, en la reforma de pensiones de 2011, el Gobierno del PSOE estableció que las empresas de más de 500 trabajadores que presentaran un despido colectivo que afectara a trabajadores de 50 años o más, habiendo tenido beneficios en los ejercicios anteriores, tendrían que hacerse cargo del pago por desempleo y de parte de las cotizaciones.

No obstante, en 2013, el Gobierno del PP cambió la enmienda TelefónicaTelefónica para que estos costes fueran asumidos por las empresas de más de 100 trabajadores que hicieran un despido colectivo y que hubieran obtenido beneficios tanto en los dos ejercicios anteriores al despido como en al menos dos ejercicios económicos consecutivos dentro del periodo comprendido entre el ejercicio económico anterior al despido colectivo y los cuatro ejercicios económicos posteriores a esa fecha.

Además, el Real Decreto aprobado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy establecía que las aportaciones deben realizarse exclusivamente cuando exista discriminación por razón de edad en los despidos, es decir, en la medida en que el porcentaje de trabajadores de más de 50 años incluidos en el despido colectivo sea superior al peso de ese colectivo en la plantilla de la empresa.

Tanto en los EREs de suspensión de contrato como en los de despido colectivo, la CEOE pide que la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, al igual que los jueces, no entren a valorar la existencia de las causas y la proporcionalidad de estos procedimientos ni las razones económicas o de otra índole de las empresas.

También quiere que "se elimine la obligación empresarial de asumir el 100% del coste de cotización a la Seguridad Social a pesar de no existir prestación de servicios por parte del empleado" y que se simplifique la documentación a aportar, así como el procedimiento.

En esta línea y en el caso de los despidos colectivos, la patronal también apuesta por que la simplificación de la documentación sea mayor para las empresas de menos de 50 trabajadores y que se presuma que cuando hay acuerdo "concurren las causas y se ha cumplido con las formalidades esenciales del procedimiento de consulta".

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Además, cree que se debería unificar la indemnización por despido con independencia de su causalidad, salvo en los supuestos de nulidad por violación de los derechos fundamentales y contemplar la no penalización de la salida del mercado laboral de quienes tienen ya cubierta su carrera de cotización, "estableciendo fórmulas flexibles de salida del mercado laboral vinculadas a la simultánea contratación de jóvenes".

Por otro lado, entre la valoración de la patronal al resto de medidas presentadas en las mesas del diálogo social, destaca que se mantenga la redacción actual de la reforma laboral para que los convenios de empresa sigan teniendo prevalencia frente a los sectoriales, una medida a la que el Gobierno y los sindicatos quieren dar la vuelta.

Respecto a la ultraactividad, la CEOE pide que se clarifique la aplicación del convenio de ámbito superior que fuera aplicable en caso de pérdida de vigencia del convenio y que también se deje clara cuál es la situación en caso de pérdida de vigencia de un convenio sin que exista convenio de ámbito superior que fuera de aplicación.

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