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FILTRACIÓN DE DOCUMENTOS

Compromís y ERC proponen crear una Autoridad Independiente para proteger a los denunciantes de corrupción

Rui Pinto, el informático portugués que filtró los documentos de 'Football Leaks'.

El pasado día 5 la Mesa del Congreso admitió a trámite una proposición de ley que puede convertir a España en el primer país que traslade a su legislación la directiva europea que protege a los alertadores, ciudadanos que revelan información sobre posibles irregularidades o delitos cometidos en sus empresas o en las administraciones  que perjudiquen el interés general. Son los Hervé Falciani (evasores fiscales del HSBC), Rui Pinto (Football Leaks), Antoine Deltour (LuxLeaks), Edward Snowden (espionaje de la NSA) o Ana Garrido (caso Gürtel), el teniente Luis Gonzalo Segura (corrupción en el Ejército) o Azahara Peralta (caso Acuamed) en España.

El texto, presentado por el diputado de Compromís Joan Baldoví y 14 diputados de ERC poco más de una semana después de constituirse las Cortes, ha sido redactado por la plataforma ciudadana Xnet y no sólo traspone la directiva aprobada por el Parlamento Europeo el pasado mes de abril, sino que también recoge el modelo y experiencia de las oficinas antifraude abiertas en Cataluña y la Comunidad Valenciana.

Así, la proposición de ley pretende proteger a todos los alertadores –whistleblowers en su denominación inglesa– y también a los “facilitadores”, los medios de comunicación, ONG y plataformas ciudadanas que difunden las irregularidades desveladas por los filtradores. Y quiere cubrir todos los ámbitos: los funcionarios de las administraciones públicas –Estado, comunidades autónomas, ayuntamientos, Seguridad Social– los empleados de las empresas públicas, las universidades, e incluso de las más altas instituciones del Estado, como la Casa Real, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado, el Banco de España, quedarán protegidos si denuncian malas prácticas o hechos ilícitos. Pero también lo estarán los trabajadores de los partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales, así como de las empresas privadas que reciban más de 100.000 euros en subvenciones públicas –o en las que el 50% de sus ingresos anuales procedan de ayudas estatales por importe superior a los 50.000 euros– y de cualquier entidad privada con un volumen de negocio superior a dos millones de euros.

Si una persona tiene conocimiento de una irregularidad o delito cuyas consecuencias “sean susceptibles de perjudicar el interés general, podrán comunicarlo bien en un canal interno –dentro de la empresa o de la administración de la que forme parte– o en uno externo, a su elección. Pero ambos deberán garantizarle “la seguridad, el anonimato y la confidencialidad de su identidad” para protegerle de cualquier represalia o persecución. Es más, el texto recién presentado en el Congreso establece que se le preste asistencia jurídica gratuita. El objeto de la futura ley es únicamente, subraya Simona Levi, fundadora de Xnet y corredactora de la proposición de ley, proteger a los alertadores, “no investigar la información que ellos suministran”. El filtrador, insiste, no es un denunciante, cuya identidad debe ser conocida por el denunciado según establece la legislación española.

En cumplimiento de lo recogido en la directiva europea, todas las empresas y organizaciones de más de 50 trabajadores o con un volumen de negocio de más de 10 millones de euros, así como las administraciones –incluidos ayuntamientos de más de 10.000 habitantes– tienen la obligación de contar con uno de estos canales de internos de recepción de alertas “anónimos y seguros”. Si facturan entre dos y 10 millones de euros, el canal interno debe garantizar al menos la confidencialidad. Los canales externos corren a cargo de las administraciones, tanto de las estatales como de las comunidades autónomas. Ambos cauces constituyen una “primera criba” de la información desvelada por los alertadores. De la investigación se seguirán encargando la policía, los jueces y los fiscales, a quienes no sustituyen en ningún caso, deja calro Simona Levi.

Autoridad Independiente con un director elegido por consulta popular

Tampoco será ése el cometido de la Autoridad Independiente de Protección de los Alertadores y Facilitadores que pretende crear la proposición de ley. Su misión será velar por que los filtradores y facilitadores no sufran “aislamiento, persecución o empeoramiento de sus condiciones laborales o profesionales”. También los representará legalmente en los procedimientos administrativos o judiciales que deban afrontar como consecuencia de sus revelaciones. El director de esta agencia permanecerá en su puesto durante siete años y será elegido por el Congreso de entre una lista elaborada tras celebrarse una consulta a la ciudadanía, explica el texto. Es el método utilizado para nombrar al director de la Oficina Antifraude valenciana: Joan Linares, que había denunciado el caso Palau.

“Nosotros habríamos preferido un juzgado especializado, como los de violencia de género, en lugar de la Autoridad Independiente, porque este tipo de organismos pueden terminar convertidos en chiringuitos si no están bien estructurados”, precisa Simona Levi. Coincide con ella José María Mollinedo, secretario general de Gestha, el sindicato de técnicos de Hacienda: “Sería más adecuado que se encargarán de la tarea la autoridad judicial o fiscal”. No sólo no termina de ver su “eficacia”, matiza, sino que duda del sistema de elección de su director y echa en falta en el texto una mención a su presupuesto y plantilla.

Finalmente, la proposición de ley también propone sanciones si las administraciones y empresas infringen el régimen de protección de los alertadores; por ejemplo, obstaculizando las alertas, represaliando a los filtradores o vulnerando la confidencialidad o el anonimato del denunciante. Las infracciones se castigan con multas de 10.000 a 300.000 euros, además de con inhabilitación de hasta tres años.

Tres años de suspensión por una alerta

Para Mollinedo, la “ambiciosa” proposición de Compromís y ERC es un paso “decisivo”, aunque no el último. El responsable de Gestha elogia que sirva como “principio de un debate” necesario para determinar el justo equilibrio entre la seguridad jurídica del denunciante y del denunciado. Pero también para que se produzca un “cambio de mentalidad” a su juicio imprescindible: “Que el denunciante deje de ser el chivato”.

José María Mollinedo recuerda que en 2008 uno de sus técnicos fue suspendido de empleo y sueldo durante tres años tras ser considerado responsable de haber alertado sobre unas partidas de aceite de girasol contaminado procedentes de Ucrania que no habían pasado los preceptivos análisis químicos. “Fue un cabeza de turco”, resalta, “porque a la información tenían acceso una decena de personas”. Además, sólo se había revelado información estadística, “por qué puertos había entrado el aceite de girasol contaminado”, asegura el responsable de Gestha. El caso lo perdió el alertador en los tribunales, pero la revelación de aquella irregularidad forzó posteriormente la firma de un convenio entre el Instituto de Consumo y la Agencia Tributaria para subsanar el mal funcionamiento de las administraciones. Un caso de manual de cuál ha sido hasta ahora la historia de quienes se atreven a desvelar malas prácticas y de las consecuencias de sus alertas: perjuicio para el denunciante, corrección de las disfunciones denunciadas.

Pese a lo exhaustivo del texto presentado, el dirigente de Gestha no cree que sirviera para evitar que, por ejemplo, un nuevo Hervé Falciani –el desvelador de las cuentas de miles de evasores fiscales de toda Europa en el banco suizo HSBC– pudiera mantener su puesto de trabajo. Critica que se permita la “vía de escape” del despido –con indemnización o readmisión– o la excedencia con sueldo del alertador “como mal menor”. Porque para entonces ya habrá sido identificado.

Las dificultades: confidencialidad y leyes orgánicas

Tanto Xnet como Compromís y ERC han comenzado a negociar con el resto de los grupos para sacar adelante su texto. Levi explica a infoLibre que ya se han reunido con Ciudadanos y con el PSOE. Ambos partidos incluyeron la protección de los filtradores en sus respectivos programas electorales. La formación de Albert Rivera presentará su propia proposición de leyelaboró un texto en la pasada legislatura que no prosperó–, pero la responsable de Xnet confía en que se pueda alcanzar un punto de encuentro para hacer una ponencia conjunta, como ya se hizo en Cataluña. También en el País Vasco está pendiente de debate una proposición de ley con el mismo objeto. Ni Unidas Podemos ni el PP han contestado aún a las solicitudes de reunión de Xnet y los grupos autores de la iniciativa en trámite.

En cualquier caso, Levi teme que los elementos que más reticencias suscitarán en algunos sectores serán los relativos a las cláusulas de confidencialidad de los contratos. La proposición de ley establece que revelar una alerta no podrá considerarse un incumplimiento de esas cláusulas así como de las relativas a secretos empresariales, propiedad intelectual e industrial, y protección de datos personales incluidas en cualquier contrato, ya sea administrativo, laboral, civil o mercantil. El alertador, por tanto, “no podrá ser considerado responsable de su incumplimiento” y procesado por ello.

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También teme que cuente con rechazo la exigencia del anonimato para el filtrador. Pero espera que no lo sea la obligación de establecer canales de alerta en las empresas. “Las normas sobre compliance complianceya les obligan, no pedimos medidas más costosas”. Levi se refiere a la modificación del Código Penal que desde 2015 establece que sólo la existencia de un plan de prevención de riesgos penales y de cumplimiento normativo eficaz exime a una persona jurídica de la responsabilidad derivada de los delitos cometidos por sus trabajadores en su nombre.

Mollinedo, en cualquier caso, duda de la eficacia de estos canales internos, que ya han probado sus fallos en casos recientes de corrupción como el de la constructora OHL, recuerda. Por su parte, la propia coautora de la proposición anuncia también que enmendará el texto para añadir mayor protección específica a los abogados: “Nos están llegando casos en los que se está imputando también a los letrados de los alertadores”.

El secretario de Gestha adivina una larga tramitación de la ley, puesto que implicará cambios en un buen número de leyes: desde las normas de enjuiciamiento civil y criminal y el Estatuto de los Trabajadores hasta el Estatuto Básico del Empleado Público o la Ley de Seguridad Social. También afecta a las competencias de las comunidades autónomas. Y, como toca el derecho al honor o a la intimidad de los denunciados, hace necesario el recurso a la Ley Orgánica, que requiere mayoría absoluta para su aprobación. “Sería más fácil si la iniciativa se acometiera en varias fases”, sugiere, sobre todo teniendo en cuenta los difíciles equilibrios parlamentarios a que obliga la fragmentación política.

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