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Corrupción

El 'caso ERE' sentencia una década del PSOE en Andalucía por un fraude a gran escala que llegaba a la cúpula de la Junta

La peor hipótesis para el PSOE andaluz, su expectativa más pesimista, se concretó este martes con la sentencia del caso ERE. No sólo por las 19 condenas, entre ellas las de los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán –en este caso con pena de prisión–, sino porque, tras un juicio oral con todas las garantías, queda descrito como verdad judicial un sistema corrupto y estable en el tiempo de reparto de ayudas sin control que llegó a la cúspide de la Junta de Andalucía. Según la sentencia, ante la que cabe recurso, el fraude no fue cosa de unos pocos espabilados que se aprovecharon de los agujeros de un sistema más o menos cuestionable, sino una compleja orquestación delictiva que implicó a 19 altos cargos durante una década. Es sabido que las sentencias no condenan sistemas ni organizaciones, sino personas. No se enjuician épocas, sino hechos y conductas. Pero esta histórica sentencia, por el alcance y gravedad de los hechos descritos, es un varapalo inequívoco al partido dominante en Andalucía durante el periodo democrático, el PSOE.

El tribunal de la Audiencia de Sevilla que ha juzgado el caso, integrado por los magistrados Juan Antonio Calle Peña (ponente), Pilar Lorente y Encarnación Roca, entregó a los 21 acusados un fallo de 1.821 páginas que da por probado un fraude de casi una década creado, conocido, mantenido, engordado y ocultado por la cúpula del poder socialista andaluz, con complicidades que abarcaban no sólo las consejerías de Empleo y Economía y Hacienda, sino al propio Consejo de Gobierno.

La sentencia es un torpedo en la gestión del PSOE en la comunidad que fue su mayor fortín de poder autonómico durante casi 37 años. El fallo supone, además, un aval a la instrucción iniciada por la jueza Mercedes Alaya y concluida por Álvaro Martín, que empezó a investigar el caso en 2011, así como a la Fiscalía Anticorrupción.

La sentencia, que será recurrida ante el Tribunal Supremo, establece 19 condenas: diez por prevaricación y malversación y nueve sólo por prevaricación. Son condenados dos expresidentes que suman 23 años en el Palacio de San Telmo, sede del Ejecutivo andaluz: Manuel Chaves, de 74 años, presidente de 1990 a 2009, es condenado a nueve años de inhabilitación por prevaricación; su sucesor, José Antonio Griñán, un año más joven, jefe del Ejecutivo de 2009 a 2013, que al igual que su predecesor fue ministro y presidente del PSOE, recibe una condena de seis años de prisión por prevaricación y malversación [ver aquí y aquí la sentencia y aquí todas las condenas].

Un sistema "ágil" para evitar trabas

El tribunal da por probado el grueso de los argumentos en los que se sustentó la instrucción de Alaya, que se resarce tras sus fracasos en la formación y Mercasevilla. La sentencia establece que hasta el año 2000, el reparto de ayudas sociolaborales por parte de la Junta, por ejemplo para sofocar crisis industriales con ayudas públicas, se hizo de forma "legal" a través de un programa presupuestario, el 22E. La vía legal requería de trámites burocráticos que ralentizaban la concesión y entrega de las ayudas, como es natural en el funcionamiento administrativo. La ralentización, que afectaba a la "paz social" de la comunidad –así lo dice la sentencia–, era aún mayor cuando la Intervención o el Gabinete Jurídico de la Junta presentaban reparos o informes desfavorables. Ante el "evidente retraso, si no impedimento", que ello implicaba, la Junta, con Chaves como presidente, estableció "un sistema ágil" para dar "una respuesta rápida a grandes conflictos sociolaborales", si bien "tal agilidad se consiguió eliminando los mecanismos de control legalmente establecidos".

El nuevo sistema, incorporado en 2000, es el que el tribunal considera ilegal. La partida que se empezó a utilizar para el pago de las ayudas empezó a ser la 440 del conocido como programa 31L, lo que más tarde se conocería como el "fondo de reptiles". El tribunal considera que las modificaciones generaron las condiciones idóneas para el reparto opaco de fondos, al evitar la fiscalización de su entrega.

El convenio y las transferencias

La sentencia se detiene en otro elemento clave: el convenio firmado en 2001 entre el entonces consejero de Empleo, José Antonio Viera, y el presidente del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA, luego Agencia IDEA), Antonio Fernández, más tarde su sustituto como consejero, para el pago de las ayudas. De ahí en adelante fue el IFA el que pagó las ayudas por orden del que era director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, a pesar de que no tenía "competencia legal". El sistema permitió además ocultar el flujo de dinero a la Intervención de la Consejería de Empleo.

"No fue fiscalizado ni uno sólo de los expedientes de concesión de ayudas sociolaborales y ayudas a empresas del programa 31L, durante el periodo enjuiciado, desde el año 2000 al 2010", señalan los magistrados, que establecen que la Junta hizo un uso ilegal de las transferencias de financiación. Según los magistrados, esta figura sólo sirve legalmente para cubrir pérdidas, en ningún caso para pagar subvenciones. En este caso, en cambio, se utilizó para "hacer figurar en IFA-IDEA gastos ficticios que originaran pérdidas, logrando así el necesario equilibrio presupuestario" y ocultando el sistema. A pesar de que la referencia a periodo sin fiscalización es de 2000 a 2010, la operativa contable irregular, según el fallo, duró un año menos, hasta 2009.

Falta de control deliberada

El resultado de todos estos elementos –partida presupuestaria nueva, convenio, transferencias de financiación– fue "una absoluta falta de control de la concesión de subvenciones sociolaborales y a empresas en crisis, al omitirse la fiscalización previa en la Consejería de Empleo, y no poderse fiscalizar [...] más que el pago, pues al no ser dicha entidad la concedente de la subvención, no obraba en poder de la misma dicho expediente".

Todo eso es lo que describen los magistrados: un sistema opaco en origen que permitía esconder el flujo del dinero. La sentencia atribuye a los condenados una intención de que ese sistema sirviera para la ocultación del reparto de dinero. Ahí hay una clave de la sentencia, según la cual hubo conductas deliberadamente orientadas a crear, mantener u ocultar el sistema. "La conclusión no puede ser otra –señalan los magistrados–: ese fue el efecto buscado con el uso de las transferencias de financiación". El fallo señala a la Consejería de Economía y Hacienda como responsable de la indebida presupuestación de las transferencias de financiación. Esto es importante: Griñán fue consejero de Economía y Hacienda de 2004 a 2009. Su condena es más grave que la Chaves no por su etapa como presidente, sino por su etapa como consejero.

Intrusos y "pagos cruzados"

Desde el año 2001, señala el fallo, el funcionamiento del reparto de ayudas está fuera del cauce legal. Una afirmación que se concreta con otra: había una "ausencia de control" sobre la pertenencia a la empresa de las personas "beneficiarias" incluidas en las pólizas de los ERE. ¿Qué supone esto? El tribunal da por bueno el carácter ilegal del sistema que permitió la entrada de intrusos en los ERE. La sentencia no afecta directamente, pero respalda las tesis de las acusaciones sobre los hechos investigados en la multitud de piezas abiertas actualmente, donde se investigan cada una de las ayudas. Los casos de los "intrusos" salen reforzados del fallo. El caso ERE aún tiene mucho recorrido –y muchos juicios– por delante.

La instrucción judicial se ve refrendada también en la descripción de los conocidos como "pagos cruzados". Dado que habitualmente el importe de las subvenciones concedidas por Empleo superaba el crédito de la partida que utilizaba para su otorgamiento, el departamento que dirigieron José Antonio Viera (2000-2004) y Antonio Fernández (2004-2010) comenzó a utilizar estos "pagos cruzados". ¿En qué consistían? Los fondos enviados a la aseguradora para el pago de una póliza anterior se utilizaban para la apertura o el pago de otra póliza distinta, de una empresa diferente. Dicho de otro modo: se pagan la prejubilación de un trabajador con los fondos de la prejubilación de otro.

Estas operaciones "no sólo quedaban al margen de cualquier procedimiento de concesión y pago de subvenciones", exponen los magistrados. "Ello provocó una carencia total de control en el pago de las ayudas, ya que los abonos así realizados no tenían reflejo contable ni en la contabilidad de IFA-IDEA, ni en la de la Consejería de Empleo", añaden.

680 millones

El tribunal cuantifica en 680 millones los fondos entregados mediante el procedimiento irregular. Año a año, estas fueron las partidas:

– 6,97 millones de euros en 2000.

– 86,02 millones 2001.

– 6653 millones 2002.

– 55,64 millones 2003.

– 42,47 millones 2004.

– 73,06 millones 2005.

– 86,59 millones 2006.

– 86,65 millones en 2007.

– 94,74 millones en 2008.

– 80,72 millones en 2009.

Esto no significa que 680 millones sea dinero malversado. Si así lo fuera, debería reclamársele a los más de 6.000 trabajadores beneficiados. Tal cosa no va a ocurrir, porque lo que se acabará considerando malversado es el dinero entregado a los conocidos como intrusos, y eso se verá en juicios que están por venir. También se considerará malversado, en futuros juicios, el dinero pagado en sobrecomisiones o en ayudas ilegales a empresas. Pero no el total. Lo que esta sentencia considera ilegal es el sistema de reparto. Un sistema, dicen los magistrados, que permitió que los fondos "fueran destinados a fines ajenos al interés público". Es decir, el sistema ilegal, lo cual no obsta para que a través de dicho procedimiento se le diera dinero a quien tenía derecho al mismo.

Así resumen los magistrados la mecánica: "La Consejería de Empleo disponía de los fondos públicos del programa 22E/31L, sin sujeción a procedimiento alguno, sin control de la Intervención, sin exigir la más mínima acreditación de una situación que legitime la percepción de la supuesta ayuda, sin necesidad de justificar el empleo o uso del dinero que se recibía. En definitiva, permitía el enriquecimiento de empresas, a través del ahorro de gastos, y de terceros, ajeno a cualquier interés social o público debidamente acreditado".

Esto duró una década, según la sentencia. Y el delito abarcaba hasta la cúspide del Gobierno andaluz.

Griñán: seis años de cárcel

El fallo es especialmente demoledor, además, por la forma en que se detiene en los dos expresidentes. Como consejero, Griñán intervino en la elaboración de los presupuestos de los ejercicios desde 2005 a 2009. Según la sentencia, sabía que las transferencias de financiación eran incluidas en el apartado de “otros gastos de explotación” del presupuesto de IFA-IEA "para equilibrar las cuentas". "Y ello, a sabiendas [...] de que el IFA-IDEA no tenía gasto alguno, ni realizaba actividad propia con esos ingresos, pues únicamente se limitaba a pagar", señalan los magistrados. "La presupuestación de estos gastos ficticios evidencia que la Consejería de Economía y Hacienda conocía que las subvenciones no eran concedidas por IFA-IDEA, sino por la Consejería de Empleo, pues de lo contrario, no hubiese sido necesario haber presupuestado los citados gastos ficticios", establecen los magistrados, que culpan a Griñán de haber facilitado incrementos presupuestarios de las partidas irregulares.

El fallo cita la aprobación, en diciembre de 2004, del incremento del programa "Servicio Andaluz de Empleo", por importe de 2.994.876 euros, "a pesar de que los fines del programa eran ajenos a la concesión de ayudas sociolaborales y ayudas a empresas". Los jueces señalan que Griñán, como destinatario de los informes de control financiero permanente de las empresas públicas, "tuvo conocimiento de las deficiencias detectadas", entre ellas: imputación presupuestaria inadecuada, falta de determinación de plazo y forma de justificación por parte del beneficiario de ayudas; omisión de la fiscalización previa, ausencia de delegación de competencias para la tramitación de subvenciones del director general de Empleo. Los magistrados señala sobre el que fue presidente de 2009 a 2013: "Era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó, asumiendo la eventualidad de que los fondos vinculados al programa 31L fueran objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados".

El tribunal condena a Griñán a seis años y dos días de prisión, a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a inhabilitación absoluta por tiempo de 15 años y dos días. Además, le impone el pago de 2/37 partes de las costas procesales causadas, excluidas las de las acusaciones populares.

Chaves: nueve años de inhabilitación

El fallo es más benévolo con Chaves, culpable en la medida en que fue parte –y cabeza principal– de gobiernos que aprobaron las ayudas. "Presidía el Consejo de Gobierno cuando se empezaron articular las primeras ayudas a trabajadores afectados por procesos de reestructuración empresarial a finales de los 90 y en el año 2000. La decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión del Gobierno en su conjunto", señalan los magistrados. "Resulta lógico que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, habida cuenta que afectaba a más de una consejería, tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía [...]", añaden. Es "impensable", añaden, que Viera tomara la decisión de cambiar el sistema de reparto "por sí solo, máxime cuando tenía que contar con el beneplácito de la Consejera de Economía y Hacienda [Griñán], para poder utilizar la aplicación presupuestaria de transferencias de financiación. El cambio de sistema realizado entre 2000 y 2001, señala el fallo, tiene tal "trascendencia" que es también "impensable que esta decisión fuera asumida exclusivamente por la Consejera de Economía y Hacienda". "Exigió de la decisión del superior jerárquico de ambos, el presidente de la Junta, Manuel Chaves", señalan los magistrados.

Los magistrados precisan el momento del inicio del delito de prevaricación que afecta a Chaves: la modificación presupuestaria de 18 de abril del año 2000, realizada por el Consejo de Gobierno, que supuso la sustitución, "indebida e ilícita", de partidas presupuestarias a fin de dotar el fondo ahora considerado irregular. Lo siguió haciendo, reseña el fallo, durante toda su etapa como presidente, hasta 2009. Y era, dicen los magistrados, "plenamente consciente de la patente ilegalidad de los actos en los que participó". Su condena es por prevaricación. A Chaves le tocan nueve años de inhabilitación especial y el pago de 1/37 partes de las costas procesales causadas.

Seis exconsejeros

La sentencia no se queda en Chaves y Griñán. Hay 19 condenados y sólo dos absueltos.

Entre los penados hay seis exconsejeros:

Gaspar Zarrías, exconsejero de Presidencia (1988-1990 y 1996-2009), fue el miembro de los Gobiernos de Chaves de mayor relieve político. Solía decirse que no se movía una hoja en Andalucía sin que él lo tuviera bajo control. Es condenado a nueve años de inhabilitación por prevaricación.

Magdalena Álvarez, exconsejera de Economía y Hacienda (1994-2004), que más tarde fue ministra de Fomento con José Luis Rodríguez Zapatero y vicepresidenta del Banco Europeo de Inversiones, es condenada a nueve años de inhabilitación por prevaricación.

José Antonio Viera, exconsejero de Empleo (2000-2004), secretario general del PSOE de Sevilla de 2004 a 2012, recibe una condena siete años de cárcel por malversación y 18 de inhabilitación por prevaricación.

Antonio Fernández, exconsejero de Empleo (2004-2010), el único miembro del Gobierno andaluz que ya pasó por prisión preventiva, es condenado a siete años y 11 meses de cárcel por malversación y a 19 años y medio de inhabilitación por prevaricación.

Francisco Vallejo, exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa (2004-2009), otro peso pesado de Chaves, recibe una pena de siete años de cárcel por malversación y 18 de inhabilitación por prevaricación.

Carmen Martínez Aguayo, exconsejera de Hacienda y Administraciones Públicas (2009-2013), que había sido la número 2 de Griñán en Economía, recoge una condena de seis años de cárcel por malversación y 15 años de inhabilitación por prevaricación.

A todos los consejeros citados, los magistrados los ven conscientes de las irregularidades en las que estaban implicados

Malversación

La sentencia condena también a Francisco Javier Guerrero, que fue director general de Trabajo de (1999 a 2008), investigado en decenas de piezas por las ayudas repartidas. Ya condenado a cinco años y nueve meses por el caso Umax –contratación irregular de trabajadores en la Junta–, ahora a Guerrero le caen siete años y 11 meses de cárcel por malversación y 19 años y medio de inhabilitación por prevaricación.

Guerrero es el que encaja la condena más dura de todos los acusados. Su horizonte penal es el más negro. No obstante, hay más condenados por prevaricación y malversación, con penas que van de más de seis años: Juan Márquez, otro exdirector de Trabajo; Jesús María Rodríguez, exviceconsejero de Innovación y exvicepresidente de IFA-IDEA; Agustín Barberá, exviceconsejero de Empleo; y Miguel Ángel Serrano, exdirector de la agencia IFA-IDEA.

Como se ve, el delito más grave, la malversación, no sólo alcanza a la Consejería de Empleo, es decir, a las inmediaciones de Guerrero, Viera y Fernández, sino que llega también a Hacienda e Innovación –incluido aquí el IFA, luego la Agencia IDEA–, llevándose por delante a consejeros, viceconsejeros y responsables de la empresa pública. En resumen, ni ha prosperado la tesis de las defensas de los políticos con más poder de que el supuesto fraude sería algo que ocurría lejos de su alcance, ni ha prosperado la posición de las defensas de los cargos con menos peso político de que se limitaban a seguir instrucciones. Ha habido condenas en todos los escalafones.

Prevaricación

Los demás condenados por prevaricación, con penas de inhabilitación, además de Chaves y los consejeros Zarrías y Álvarez, son: José Salgueiro, exviceconsejero de Hacienda; Jacinto Cañete, exdirector de la agencia IFA-IDEA; Juan Francisco Sánchez, ex secretario general técnico de Trabajo y exdirector de Administración y Finanzas de IFA-IDEA; Lourdes Medina, ex secretaria general técnica de Empleo; Antonio Lozano, ex director general de Presupuestos; y Javier Aguado, ex secretario general técnico de Empleo. A pesar de la condena, la sentencia supone un cierto alivio para Jacinto Cañete, Juan Francisco Sánchez, Javier Aguado y Lourdes Medina, que también eran acusados de malversación por la Fiscalía pero son absueltos de este delito.

El alivio completo sólo es para Francisco del Río, exjefe del Gabinete Jurídico de la Junta, que era acusado de prevaricación, y sobre todo para Manuel Gómez, exinterventor general de la Junta, que era acusado de malversación y prevaricación. Los dos son absueltos y salen limpios. Quedan a salvo los dos perfiles más nítidamente funcionariales y jurídicos. El tribunal asume que ellos sí hicieron su tarea. Gómez incluso alertaba de las irregularidades por escrito. No fueron ellos los responsables, según la sentencia. Fueron los políticos los que ignoraron las alertas, aunque afirmasen que no sabían nada, que todo era legal. Según la sentencia, no lo era y ellos lo sabían.

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