Operación Púnica

El juez interrogará a Marjaliza el 12 de marzo por beneficiarse del 'chivatazo' de la 'Púnica'

El juez de la "caja B" del PP interroga al empresario David Marjaliza en la Audiencia Nacional.

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El titular del Juzgado de Instrucción número 33 de Madrid, Tomás Martín Gil, interrogará el próximo 12 de marzo en calidad de investigado al constructor David Marjaliza, quien fuera socio del ex secretario general del PP en Madrid Francisco Granados e investigado en la trama de corrupción Púnica, por beneficiarse del 'chivatazo' de un guardia civil que les alertó de que estaban siendo investigados y quemar documentos que podían perjudicarle en este procedimiento.

La citación supone la reapertura de una causa que el juez Martín Gil archivó y que ahora debe reactivar por orden de la Audiencia Provincial de Madrid, que el pasado 12 de febrero acogió un recurso de Granados y del guardia civil en excendencia José Luis Caro Vinagre –condenados ambos en firme por el mencionado 'chivatazo– contra el archivo de la denuncia que ambos habían interpuesto contra Marjaliza, su secretaria y una tercera persona considerada testaferro del empresario.

Los interrogatorios de los denunciados David Marjaliza, Ana María Ramírez Fernández y Eduardo de la Peña se han señalado para el próximo 12 de marzo a las 10:45, 11:45 y 12:45 horas de la mañana, respectivamente, según el auto del juez instructor al que ha tenido acceso Europa Press.

La denuncia contra su exsocio y sus colaboradores fue presentada por Granados el pasado mes de abril y se basa en la sentencia dictada por la Audiencia Nacional y confirmada después en el Tribunal Supremo que condenó a Granados y Caro por ese chivatazo, la única pieza del caso Púnica que se ha juzgado por el momento. Fueron condenados a dos años y un año y medio de prisión, respectivamente.

Quemar papeles en un "día de niebla"

Para la defensa de los denunciantes, es inexplicable que habiendo quedado probado en ambas instancias que Granados avisó a Marjaliza de que le habían puesto vigilancia en la puerta de su oficina y constando asimismo que éste se lo comunicó a su secretaria y a De la Peña para que le ayudasen a destruir documentación –"tres carros" de papeles que ardieron "un día de niebla"– ninguno de ellos fuese imputado ni juzgado por el mismo delito de revelación de secretos.

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Según el auto del juez Martín Gil, que tiene fecha del pasado martes 18 de febrero, la decisión inicial de archivar las actuaciones sin siquiera tomar declaración a Marjaliza -al considerar que el asunto no tenía trascendencia penal alguna- debe decaer "tras imponerse el de la superioridad que reconoce que los denunciantes han aportado indicios al sostener que los denunciados se han beneficiado de la información secreta obtenida irregularmente y que les determinó a cambiar de hábitos en sus comunicaciones y contactos, así como a destruir fuentes de prueba, con la finalidad de eludir una investigación judicial en curso".

El juez debe acoger también el criterio de la Audiencia de que deben atenderse también otros indicios de delito como la transcripción de las conversaciones telefónicas intervenidas, testimonios de las actas de las sesiones del juicio oral, la sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional y también la del Tribunal Supremo que confirmó las condenas para el exdirigente popular y dos miembros del instituto armado que partiparon en los hechos.

"Es por ello que, teniendo en cuenta que lo acordado y mandado por la superioridad sobre el pronunciamiento de la actividad probatoria solicitada por los denunciantes en su escrito inicial (...9 resulta necesario acordar la práctica de la totalidad probatoria allí pedida con la sola exclusión, por ahora, de la ya practicada declaración de los denunciantes", concluye el auto del instructor.

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