Justicia
El Foro de Abogados de Izquierda pide abrir un expediente disciplinario contra la exfiscal general con el PP por su furibunda crítica al Gobierno
El Foro de Abogados de Izquierda-Red de abogados Demócratas ha presentado ante la Fiscalía General una petición para abrir un expediente disciplinario contra la exfiscal general con el PP Consuelo Madrigal, por su furibunda crítica al Gobierno de Pedro Sánchez. En un artículo publicado esta semana en el diario El Mundo afirmaba que el Ejecutivo ha acudido a la "imposición encubierta" de "un verdadero estado de excepción", que lleva a cabo una "apropiación ilegítima de poder" que "debe frenarse" y que financia de manera "oportunista" a "medios de comunicación vasallos".
El furibundo ataque al Gobierno de la exfiscal general con el PP pone en solfa la propia ley de la Fiscalía
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Según el escrito presentado ante la Fiscalía General, el Foro de Abogados de Izquierda-Red de abogados Demócratas considera que este artículo podría suponer una "incitación similar a lo que ella interpretaba como delito de rebelión o sedición hace poco desde los estrados del Tribunal Supremo. ¿Cómo entiende esta fiscal que debe frenarse a un gobierno democrático?". Asimismo, el documento asegura que Madrigal firma el artículo con su nombre e "invocando su condición de fiscal del Tribunal Supremo", en un medio "de máxima difusión" y "un día antes de una comparecencia en el Congreso de los Diputados en un momento de máxima tensión política sobre la prórroga del estado de alarma".
Por esta razón, solicitan la apertura de un expediente disciplinario de acuerdo con lo dispuesto en dos artículos del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. "Es importante no olvidar, que esta fiscal ha sido fiscal General del Estado, por lo que es imposible que no conozca las prohibiciones que contiene el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal", asegura el texto.
Según el artículo 59, los miembros de Ministerio Fiscal no pueden pertener a "partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos, dirigir a los poderes y funcionarios públicos o a corporaciones oficiales, felicitaciones o censuras por sus actos, ni concurrir con carácter o atributos oficiales a cualesquiera actos o reuniones públicas en que ello no proceda en el ejercicio de sus funciones". Y en el artículo 63.12, se considera falta grave "dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de fiscal, o sirviéndose de esa condición".