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Tribunales

Una sala presidida por un juez apartado de 'Gürtel' por su afinidad al PP archiva una denuncia contra Aznar por mentir en el Congreso

El expresidente del Gobierno José María Aznar, en la comisión de investigación sobre corrupción

El magistrado Juan Pablo González, presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, forma parte del tribunal que ha confirmado el archivo de una denuncia que presentó Podemos contra José María Aznar en la que le acusaba de mentir en su comparecencia de 2018 en el Congreso sobre varios asuntos, incluida la presunta financiación ilegal del PP. Todo ello pese al historial de González de afinidad al partido conservador: en 2001, con Aznar en La Moncloa, el PP le propuso como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), puesto para el que resultó elegido por el Senado y en el que permaneció hasta 2008; además, participó en varios cursos organizados por la Fundación para el Análisis y Estudios Sociales (FAES), que dirige el expresidente del Gobierno.

Todas estas conexiones con el PP llevaron hace tres años a la Audiencia Nacional, cuando formaba parte de este órgano judicial, a apartarle del tribunal que debe juzgar cuatro piezas del caso Gürtelcaso Gürtel, incluida la relativa a la presunta financiación ilegal del partido –sobre el pago de las obras de la sede de Génova con dinero negro– y cuya vista oral, en la que Aznar será citado como testigo, comienza precisamente la próxima semana. Unos meses después de la recusación, en noviembre de 2018, González fue designado por el CGPJ –con el voto favorable de 11 de los 21 vocales– para presidir la Audiencia Provincial de Madrid

Este puesto en el órgano judicial autonómico no le deja exento de participar en deliberaciones de recursos o en celebrar juicios. González forma parte de la Sección 29 de la Audiencia Provincial, en la que el pasado otoño recayó el recurso que había presentado Podemos ante el archivo de su denuncia contra Aznar en los juzgados de instrucción. En la deliberación han participado tres magistrados y González ha sido el presidente de la sala, aunque no el ponente de la resolución.

Juan Pablo González fue el tercer juez de la Audiencia Nacional en ser recusado de los juicios de Gürtel por sus vínculos con el PP. Antes que él fueron Concepción Espejel, actual presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional,y Enrique López, actual consejero de Interior y Justicia del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso así como responsable de Justicia y Administraciones Públicas del partido conservador. Entre sus funciones dentro del PP está la interlocución con el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, para la renovación del CGPJ, pendiente desde hace más de dos años.

Pese a la afinidad manifiesta con el PP, sobre todo en los tiempos de Aznar, González ha estudiado la denuncia que Podemos había presentado contra el expresidente después de que éste compareciera en la comisión de investigación del Congreso, precisamente la que versaba sobre la presunta financiación irregular del PP, una de las investigaciones desgajadas de la macrocausa de corrupción Gürtel y la revelación de los conocidos como papeles de Bárcenas, la contabilidad opaca que el extesorero fue apuntando a lo largo de veinte años.

La formación morada denunció a Aznar por un delito del artículo 502 del Código Penal, que castiga con una pena de prisión de seis meses a un año o con una multa de 12 a 24 meses al que "convocado ante una comisión parlamentaria de investigación faltare a la verdad en su testimonio". En concreto, le acusó de mentir por decir que la sentencia de la primera época de actividades de la trama Gürtel afecta sólo a dos municipios madrileños; negar que conociera al líder de la trama, Francisco Correa, a pesar de que fue uno de los invitados a la boda de su hija; poner en duda la existencia de una caja B en el PP; negar la participación de soldados españoles en la guerra de Irak; y negar asimismo que tuviera relación con el empresario José Ramón Blanco Balín, pese a que ambos colaboraron en una revista de estudios financieros en los años ochenta.

"Reservas, inexactitudes o reticencias"

El pasado 30 de octubre, el Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid archivó la denuncia por considerar que se limita a cuestionar las palabras de Aznar "cuando en realidad debería haber presentado prueba documental o testifical que afirme lo contrario". De este modo, Podemos recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial, que el pasado 10 de diciembre –el auto ha sido notificado ahora– confirma el archivo afirmando que el artítulo 502 del Código Penal debe interpretarse de forma restrictiva, de modo que no se incurra en dicho delito por meras "reservas, inexactitudes o reticencias". "Debe alterarse sustancialmente la verdad", en el sentido de que las declaraciones del compareciente sean "relevantes a los efectos de la investigación", explica el tribunal.

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Y los magistrados van más allá al recalcar que "si cualquier falta de rigor en una declaración prestada en un procedimiento judicial o en una comparecencia de una comisión de investigación parlamentaria fuera considerada relevante penalmente, prácticamente la totalidad de dicha clase de deposiciones darían lugar a la incoación de una causa penal".

Para el tribunal, las palabras de Aznar a las que alude Podemos en su denuncia "carecen de relevancia a los efectos de la comisión de investigación", pues "o bien son opiniones o son interpretaciones del compareciente sobre una resolución judicial o sobre un acontecimiento". Más concretamente, sobre lo que dijo de la sentencia de Gürtel, recuerda que "el derecho a la libertad de expresión avala la crítica a las resoluciones judiciales". 

"En resumen, el recurso no va a prosperar, pues los hechos relatados en la denuncia no presentan caracteres de delito", ha sostenido la Audiencia Provincial. Contra esta resolución ya no caben más recursos, de manera que deviene firme.

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