LA LEY DEL 'SOLO SÍ ES SÍ'
Ningún partido vio la brecha de la 'ley del sí es sí' a su paso por el Congreso
La entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí ha propiciado la revisión a la baja de algunas sentencias contra delincuentes sexuales, hasta el punto de permitir excarcelaciones. Una sucesión de acontecimientos que ha hecho saltar las alarmas a todos los niveles y ha situado al ministerio de Igualdad, dirigido por Irene Montero, en el centro de la polémica. Su departamento y la plana mayor de Podemos defienden que la ley es impecable y que la reducción de las condenas está vinculada a una mala interpretación de la norma y a la falta de perspectiva de género entre los operadores jurídicos.
Sin embargo, tanto su socio de coalición como el resto de aliados parlamentarios del Ejecutivo se muestran más cautos y se inclinan por una revisión de las sentencias y hasta de la propia ley, que no entraría en vigor hasta el próximo año, según fuentes parlamentarias. En este contexto, algunas formaciones como el Partido Popular, Vox, Esquerra Republicana o el PdeCat aseguran que ellos ya advirtieron sobre los peligros jurídicos que implicaba fusionar los delitos de abuso y agresión sexual en comisión parlamentaria y a través de sus enmiendas, en consonancia con las advertencias que ya hizo el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Es cierto que el órgano de gobierno de los jueces alertó durante la etapa primigenia de la ley —conocida como el anteproyecto— de que las penas asignadas a determinadas agresiones sexuales, antes consideradas solo abusos, podían tener un efecto de desprotección de las víctimas. Pero el informe del CGPJ circunscribía esta eventual revisión de condenas a "los límites máximos de las penas” no a los mínimos, como finalmente ha ocurrido. Al ampliar la horquilla de penas un agresor que haya sido condenado a la pena mínima en base al Código Penal puede beneficiarse ahora de una rebaja, dado que la pena mínima –en su literalidad y sin tener en cuenta el contexto de los hechos– es inferior tras la entrada en vigor de la nueva ley.
No, el PP y Vox no lo advirtieron: se referían a las penas máximas, no a las mínimas
Pese a lo que se afirma ahora, esta rebaja no fue advertida por el CGPJ y tampoco por el Consejo Fiscal, el Consejo de Estado, las comisiones de Justicia del Congreso y del Senado o los plenos de ambas Cámaras. Algunos portavoces como Marta González, parlamentaria del Partido Popular, sí pusieron el foco en que esta reforma supondría "una rebaja de las penas" en los delitos más graves. También lo afirmó la portavoz ultraderechista Carla Toscano, pero ambas se referían, de nuevo, a evitar que delincuentes que han cometido delitos graves vieran rebajada la pena. Lo que realmente está sucediendo es que se están revisando los casos más leves, es decir, reos que fueron condenados a la pena mínima.
Esta revisión se está produciendo porque el texto no introdujo una disposición transitoria específica que sirviera para evitar efectos indeseados en la revisión de sentencias. El Código Penal mantiene entre su articulado la disposición transitoria quinta, incluida al calor de las reformas previas, que señala que en las penas privativas de libertad no es necesaria revisión alguna cuando la condena ya impuesta pueda ser replicada por la nueva legislación
El Gobierno consideró que los efectos de esta disposición y de la masa jurisprudencial que ha generado permanecían vigentes y evitarían estragos en las revisiones, por lo que no entendió necesario incluir una nueva. Así lo interpreta, por ejemplo, el TSJ de La Rioja, que no ha modificado ninguna de las sentencias revisadas, basándose en lo dictado por dicha disposición.
Ninguna de las enmiendas contempló la revisión de las penas mínimas
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En una de las enmiendas presentadas por el PP, alertaban de que la eliminación del delito de abusos suponía, en la práctica, "una rebaja de las penas de los delitos más violentos por la necesidad del legislador de reducir el castigo originalmente a los casos más graves, para dar respuesta a aquellos que son más violentos". Un argumento similar al que planteó el PdeCat: "La tipificación del nuevo artículo 178 del Código Penal podría incurrir, por un lado, en una prohibición de defecto de protección o, por otro lado, incurrir en una prohibición de exceso al castigarse con grave severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad".
Por lo que respecta a ERC, los republicanos señalaron que la unificación de los tipos de agresión y abuso sexual rebajaba las penas previstas para violaciones y agresiones sexuales e incrementaba las tipificadas como abusos: "La práctica de las mujeres juristas se conoce que las penas que se imponen con arreglo al vigente texto del Código Penal están en el rango inferior de las penas", razonaban en su enmienda número 75. Sin embargo, tampoco alertaron de la posibilidad de que los jueces revisaran, a la baja, estas penas.
Además, Ciudadanos también añadió una enmienda a este respecto en la tramitación del Senado. La formación que dirige Inés Arrimadas propuso elevar la pena mínima de 4 a 5 años en determinados supuestos, así como elevar el mínimo de 2 a 3 años y de 7 a 8 años en las respectivas horquillas. Pero no justificaron este aumento amparándose en la posibilidad de la revisión de penas.