LA PORTADA DE MAÑANA
Ver
El fiasco de Bruselas y el desafío permanente de Mazón desnudan el liderazgo de Feijóo en el PP

El Senado da luz verde a la reforma de la sedición, que recoge una interpretación de la ley del 'solo sí es sí'

La ministra de Igualdad, Irene Montero

El Pleno del Senado ha aprobado este jueves de manera definitiva la proposición de ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos por la que se deroga el delito de sedición y se modifica el de malversación, en la que además PSOE y Podemos han intorducido una interpretación para la Ley de la garantía integral de la libertad sexual, conocida como la Ley del solo sí es sí, según informa Europa Press.

Durante la tramitación en el Congreso del texto, introdujeron en la exposición de motivos de la norma -de cara a evitar otra polémica como la generada por las rebajas de penas a condenados por delitos de violencia sexual- que servirá como guía para los jueces para interpretar la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí, pero no les sujetará a la hora de aplicar la nueva norma como consideren oportuno.

La reforma del Código Penal ha salido adelante en la Cámara Alta con la mayoría que suman PSOE, ERC, Bildu, PNV y Més per Mallorca frente al rechazo de PP, Vox, Ciudadanos, UPN, Junts, PRC, Coalición Canaria, Teruel Existe, PAR y los dos parlamentarios independientes. Por su parte, los senadores de Más Madrid, Geroa Bai y Compromís han decidido abstenerse.

La Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del sólo sí es sí asciende al menos a 106, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma.

La proposición de ley para derogar el delito de sedición y modificar la malversación ya incluía tres disposiciones transitorias que dejaban claro cómo debe aplicarse la nueva normativa a los encausados por delitos cometidos con anterioridad, todo ello teniendo en cuenta el principio que recoge el Código Penal en su artículo 2.2; es decir, que se aplicará la ley que más favorable al reo.

Pero, aprovechando una enmienda del PDeCAT pidiendo analizar las consecuencias de la entrada en vigor de la ley de sólo sí es sí, el PSOE y Unidas Podemos introdujeron un nuevo párrafo en la exposición de motivos para remarcar esa transición.

En concreto, ambas formaciones recuerdan que para la aplicación de las reformas penales contenidas en esta ley a los delitos cometidos antes de su entrada en vigor debe administrarse, entre otras, la disposición transitoria quinta del Código Penal de 1995, que impide una rebaja automática de las penas.

Desde el PSOE aseguraron que con estos párrafos "los grupos parlamentarios que sustentan al Gobierno facilitan la interpretación del derecho transitorio de acuerdo con la jurisprudencia consolidada, para una aplicación correcta de las modificaciones del Código Penal, entre ellas algunas recientemente aprobadas como la Ley de Libertad Sexual".

Fuentes de Unidas Podemos subrayaron que el Ministerio de Igualdad ha estado implicado en las conversaciones y que la nueva redacción "busca aclarar a los jueces que la voluntad del legislador, a modo de recomendación, es que, en caso de revisión de condenas, se mantengan las penas impuestas".

Por su parte, la ministra de Igualdad, Irene Montero, defendió que la enmienda "facilitará" una "correcta" interpretación de la norma cuando los tribunales aborden revisiones de penas.

Más sobre este tema
stats