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La Fiscalía defiende a su jefe ante el Supremo: su nota solo desmentía infundios ya publicados

Álvaro García Ortiz entrega memoria anual de la fiscalía al rey.

La nota de prensa difundida por la Fiscalía de Madrid que aclaraba que fue la defensa del novio de Ayuso, Alberto González Amador, quien ofreció un pacto al Ministerio Público para reconocer sus delitos fiscales y así evitar la cárcel y no al revés -que fue esa fiscalía la que lo propuso- no reveló ninguna información secreta. La cronología de correos intercambiada entre ambos y reflejada en el comunicado de prensa demuestra que la información que el fiscal general del Estado ordenó esclarecer ya era pública y había aparecido días antes en medios como El País, eldiario.es, Vozpópuli o El Mundo, cuando se envió a los medios. Así se recoge en el escrito enviado por la Fiscalía del Supremo a la Sala de lo Penal del alto tribunal, que debe decidir si, en los próximos días, admite a trámite la denuncia contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos.

"Ningún extremo de los contenidos en la nota informativa de la Fiscalía era desconocido cuando se hizo pública, es decir, todos los datos que se dicen revelados por esa nota informativa eran, en realidad, datos de público conocimiento", relata el informe firmado por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde. "Debe insistirse en que tanto la existencia de la investigación por delitos contra la Hacienda Pública y falsedad documental como la formulación de denuncia por el Ministerio Fiscal y el contenido de los correos electrónicos habidos entre fiscal y letrado [de González Amador] ya habían sido publicados en diversos medios de comunicación".

El escrito recuerda que la fiscalía decidió emitir la nota de prensa debido a "la falsedad de algunas publicaciones periodísticas" así como a las "manifestaciones realizadas desde el entorno de la presidencia de la Comunidad de Madrid", que encuadró el caso en un conflicto político-ideológico y llegó a afirmar que la investigación contra la pareja de Isabel Díaz Ayuso tenía "un fin espurio". "Todo ello dotó de una relevancia extraordinaria a la información, pues a ello se añadía la índole de la infracción penal imputada que suele acarrear un demérito en la opinión pública", explica el informe enviado al Supremo. "La transcendencia de la información se constata con la profusión de noticias y publicaciones que se siguieron, de un modo casi frenético, en los días y horas anteriores a la publicación de la nota informativa del Ministerio Fiscal", añade.

La nota de prensa que puede costar a García Ortiz una imputación por revelación de secretos, se elaboró, además, siguiendo los criterios establecidos en la Instrucción de Fiscalía, aprobada en 2005, "sobre las relaciones del Ministerio Fiscal con los medios de comunicación". Esa instrucción recoge la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, en 1990, estableció que "no puede considerarse infringido el deber de reserva cuando el objeto de la revelación ya es conocido por todos, pues no es secreto lo que ya es de dominio público". "Habrá de ser el portavoz de la Fiscalía quien, valorando las circunstancias del caso y los diversos intereses involucrados, entre los que hay que contar también el interés social de la noticia, determine la extensión de la información a suministrar”, establece esa instrucción. La nota también tuvo en cuenta las recomendaciones del Delegado de Protección de Datos del Ministerio Fiscal en materia de comunicación, según el escrito.

"Ante el interés general suscitado por la opinión pública en relación con las informaciones publicadas, la nota de prensa emitida por la Fiscalía se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, los infundios publicados por los diarios El Mundo, Vozpopuli y Libertad Digital, así como por el Jefe del Gabinete de la Presidenta de la Comunidad de Madrid", Miguel Ángel Rodríguez, describe el escrito. La nota de prensa "se limitaba a comunicar a la opinión pública una información veraz", en cumplimiento de la obligación que impone a los fiscales el artículo 4.5 de su Estatuto Orgánico, que establece que el Ministerio Fiscal, para el ejercicio de sus funciones, "podrá informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan, siempre en el ámbito de su competencia y con respeto al secreto del sumario y, en general, a los deberes de reserva y sigilo inherentes al cargo y a los derechos de los afectados".

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