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La máquina de querellas de González Amador, el "ciudadano anónimo" que dispara contra Gobierno y prensa

El frente judicial contra Sánchez, la prueba de que las acusaciones populares están en manos de ultras

El instructor de la causa contra Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado.

El caso Begoña Gómez, en el que un puñado de asociaciones ultraderechistas encabezadas por Manos Limpias y Vox, ha conseguido mantener imputada a la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por tráfico de influencias y corrupción en los negocios en un proceso sin rumbo claro en el que el propio jefe del Ejecutivo ha tenido que declarar como testigo. Las querellas contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos apoyadas por el pseudosindicato ultra que dirige Miguel Bernad y la Fundación Foro Libertad y Alternativa, que preside el exdirigente de Vox Alejo Vidal-Quadras, por haber enviado a los medios un comunicado en el que desmentía varios bulos sobre los delitos fiscales confesados por la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso y sobre las que el Tribunal Supremo se pronunciará en los próximos días.

Son dos de los procesos de mayor trascendencia mediática y política que se dirimen en los tribunales españoles en este momento y que tienen un punto en común. Su impulso no cuenta con el apoyo del Ministerio Fiscal, que no aprecia ningún tipo de conducta ilícita en ellos, sino solo con el de asociaciones, partidos y grupos en muchos casos de extrema derecha, que no tienen un interés directo en el proceso y que ejercen la acción popular. Esta institución recogida en la Constitución y que busca —junto con el tribunal del jurado— la participación de los ciudadanos en la justicia, ha sido clave para causas históricas, como la del caso Gürtel, que provocó en 2018 la caída del Gobierno de Mariano Rajoy en una moción de censura; la del caso Nóos, que llevó al banquillo a la hermana del rey, Cristina de Borbón; o las tarjetas black de Caja Madrid.

Pero en los últimos meses, la acción o acusación popular, que permite la participación de cualquier persona en casi cualquier proceso judicial con el único requisito de pagar una fianza para hacerlo, ha suscitado más críticas que halagos ante su instrumentación por grupos extremistas, conspiracionistas y antivacunas, que recurren sistemáticamente a esta figura. Muchas de estas asociaciones e individuos que difunden esas ideas, no dudan en recurrir a las redes sociales para solicitar los fondos que necesitan para poder litigar contra políticos. Hasta el punto que se ha convertido en uno de los principales medios utilizados en la guerra por tierra, mar y aire declarada a Pedro Sánchez y el Gobierno del PSOE por la derecha y la extrema derecha. Todos los gobiernos, del PSOE o del PP, han tratado de limitar este derecho casi universal, generando una gran controversia con ello. Hasta el momento, ninguno de los anteproyectos redactados para reformarlo ha salido adelante.

"Es llamativo que España sea el único país del mundo que tiene esta figura y que nadie la haya copiado", explica el catedrático de Derecho Procesal Víctor Moreno Catena. Su autor, explica el profesor, fue el ministro de Justicia Manuel Alonso Martínez que, en 1882 elaboró la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aún hoy vigente. "La idea era crear un contrapeso al Ministerio Fiscal, dependiente del Gobierno, dando entrada al pueblo en los asuntos penales. También, fomentar la delación en un momento en que la implantación del Estado y de las instituciones no era tan sólida como la de ahora", prosigue. Pero en la actualidad, según Moreno Catena, genera efectos muy perniciosos como se ha demostrado en algunos procesos. "En los últimos años hemos visto cómo en muchos casos se ha utilizado con fines políticos o mediáticos o por pura venganza".

La utilización de la justicia para perseguir fines distintos de los del proceso penal -perseguir al delincuente y resarcir a las víctimas- es el peligro de la acción popular en su configuración actual, según dijo el fiscal general del Estado en su discurso de apertura del año judicial. La acusación popular, según García Ortiz, " permite el acceso directo a los órganos judiciales sin filtro alguno, aumenta el riesgo de investigaciones prospectivas y pervierte el esquema natural y lógico en el que solo deberían llegar a los tribunales (...) aquellas investigaciones en las que concurran poderoso indicios de responsabilidad criminal". Para el fiscal general, además, dar "acceso directo a 50 millones de ciudadanos" al proceso penal pone "en riesgo de colapso" a los tribunales, lo que contribuye a fomentar su uso "con fines espurios". "Se trata de una figura positiva, en principio", continuó García Ortiz, que organizaciones con un interés legítimo, como las de víctimas, tienen todo el derecho a utilizar. Pero en el caso de otros grupos, esos intereses pueden ser perturbadores, al responder a "utilidades privadas, políticas, religiosas, corporativas, económicas, mediáticas o meramente procesales".

Sin embargo, algunos casos importantes en los últimos tiempos, solo han sobrevivido hasta la sentencia gracias a la acusación popular. Andrés Herzog, que la ejercía en nombre de la Confederación Intersindical de Crédito en el caso de las tarjetas black, fue el único que recurrió el archivo del caso en el juzgado que las investigaba y la Audiencia Nacional le dio la razón. El caso terminó en 2018 con la condena de 63 consejeros de la entidad a penas de prisión, entre ellos el exvicepresidente del Gobierno de José María Aznar y del Fondo Monetario Internacional Rodrigo Rato.

"En un sistema penal perfecto, la acusación popular no debería existir", razona el abogado y exdirigente de UPyD seis años después de que terminara el caso. "Pero nuestro sistema tiene muchos problemas", añade. "Los juzgados y tribunales tienen una falta grave de medios materiales y personales que no les permite llegar a todo", sostiene Herzog. "Y la Fiscalía, a veces no tiene tiempo o ganas, bastante tiene con el trabajo diario; o no hay voluntad entre sus responsables de investigar", prosigue. El letrado explica que todos los días aparecen en los medios investigaciones sobre casos de corrupción que en algunos casos no se traducen en un proceso penal. "Existen muchos espacios de impunidad a los que ni la Fiscalía ni la policía pueden llegar y eso lo ha suplido en muchos casos la acción popular, que ha forzado a los jueces a hacer cosas".

Como Moreno Catena y García Ortiz, Herzog también es consciente de la instrumentalización que se hace de la figura. "Para evitarlo había que reducir al máximo la posibilidad de que los partidos ejerzan este tipo de acusación, porque la tentación de hacer política es muy fuerte". Otra forma de evitar estos efectos perniciosos sería "ser muy firme en la imposición de costas", los gastos procesales, cuando los casos en los que actúan se archivan. "También estaría bien establecer algún tipo de sanción para los grupos y asociaciones que hacen un mal uso de ella". Moreno Catena aboga por impedir que la ejerzan los partidos y los sindicatos, además de las administraciones. También en establecer un catálogo de delitos concreto en el que se pueda ejercer.

Esto fue lo que intentó el último anteproyecto que trató reformarla, redactado por el anterior Gobierno de Pedro Sánchez y que, como los elaborados por los ejecutivos de Mariano Rajoy y José Luis Rodríguez Zapatero, terminó en en un cajón. El del exministro de Justicia Juan Carlos Campo la vetaba para las instituciones y las empresas públicas, así como a partidos y sindicatos. También la limitaba a los delitos de corrupción. El objetivo era evitar que se utilice "para la consecución de intereses ajenos al proceso" debido al "uso distorsionado que se ha hecho" de ella. "Se considera que los partidos políticos y los sindicatos, por su peculiar inserción en el orden constitucional como organizaciones de relevancia pública y por el esencial riesgo de instrumentalización del proceso que dimana de su intervención activa en el debate político, deben estar excluidos del ejercicio de esta acción", decía su exposición de motivos.

El de Alberto Ruiz Gallardón, ministro con Rajoy, además de reducir los colectivos que podían ejercerla (eliminando también a partidos y sindicatos), la ceñía a los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, cohecho, delitos urbanísticos y medioambientales, electorales, de terrorismo y de odio. El anterior, presentado por el extitular de Justicia con Zapatero Francisco Caamaño, obligaba a quien quisiera ejercer la acción popular a justificar la existencia de un interés público en el proceso, interés que tendría que valorar el juez antes de admitirlos como parte en el proceso. También permitía al fiscal y a las defensas reclamar su exclusión cuando ese interés público hubiera desaparecido.

"El único medio para evitar los abusos es reducir las personas y grupos que pueden acceder a la acción popular", asegura el catedrático Moreno Catena. "Ni los partidos, ni los sindicatos, ni las fundaciones u organizaciones de sus ámbitos deberían poder recurrir a ella. "Tampoco las instituciones, porque no tiene ningún sentido que un alcalde se persone, por ejemplo, en un caso de asesinato de uno de sus vecinos", añade. La institución sí tiene sentido para delitos como los medioambientales o contra los bienes culturales, que nos afectan a todos. "Habría que analizar cada caso", sostiene el académico, que también ve con buenos ojos que cada colectivo tenga que justificar ante el juez su interés, como proponía el anteproyecto del exministro Caamaño.

Respecto al fracaso de todos los intentos de reforma, el profesor de Derecho Procesal explica que, cada vez que se ha intentado abordar el tema, "han surgido voces discrepantes con banderas de libertad". Herzog, por su parte, recuerda que la acción popular está recogida en la Constitución, lo que implicaría que cualquier cambio legal sobre fuera previsiblemente recurrido al Constitucional. "En mi percepción, su utilización, pese a los abusos, ha traído, hasta ahora, más beneficios que perjuicios", concluye.

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