Banca
Economía aprueba despolitizar las cajas de ahorros cuando ya sólo quedan dos entidades
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la Ley de Cajas y Fundaciones bancarias, que pretende devolver al sector a sus orígenes y en el que se establece que las cajas que actualmente desarrollan sus actuaciones en régimen de ejercicio indirecto, así como las cajas que tengan un volumen superior a los límites previstos en la norma, se transformen en fundaciones.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha confirmado que "no hay fecha" para que las antiguas cajas de ahorros reduzcan sus posiciones de control en los bancos a los que dieron lugar. Esta condición afectará fundamentalmente a La Caixa, Kutxabank y Unicaja.
Isidro Fainé (Caixabank), Braulio Medel (Unicaja) y Mario Fernández (Kutxabank) deberán eleigir entre pilotar sus cajas, transformadas en fundaciones o dirigir los bancos filiales creados, enfocados a la operativa financiera.
En la actualidad, cajas de ahorros sólo hay dos (en 2007 había 45). Sobreviven Caixa de Ontinyent (Valencia) y Caixa Pollença (Mallorca). Fundadas en 1880, operan y seguirán operando como siempre. Sobreviven también cuatro cooperativas de crédito y las Cajas Rurales. El resto están en el proceso de transformación y/o fusión.
Con la norma aprobada ayer por el Consejo de Ministros, las fundaciones bancarias podrán reducir progresivamente su participación, lo que permitirá culminar el proceso de reestructuración del sector financiero en un periodo de tiempo razonable. El ministro ha asegurado que la nueva norma no obligará a las antiguas cajas a deshacerse de sus carteras industriales.
En concreto, deberán transformarse en fundaciones aquellas que mantengan una participación en una entidad de crédito que alcance de forma directa o indirecta al menos un 10% del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración.
Las fundaciones bancarias no podrán participar en procesos de ampliación de capital de la entidad de crédito participada y deberán aprobar sus dividendos por quorum y mayoría reforzados, es decir, con la presencia del 50% del capital en la primera convocatoria y 25% en segunda convocatoria, más la aprobación de tres cuartos del capital presente en la Junta.
El Gobierno ha anunciado un régimen fiscal para preservar el tratamiento "favorable" a la obra social, aunque no ha detallado cómo se articulará. De Guindos ha anunciado que si la obra social se extiende de una comunidad autónoma, el protectorado será del Ministerio de Economía, mientras que si permanece dentro de una región, será el Gobierno regional en cuestión el que lo ostente.
También ha precisado que con este anteproyecto de ley se completa la "última pieza" en el proceso de reestructuración del sector, y que supone "volver al modelo tradicional" de las cajas. A partir de ahora, se prevé que sólo Ontiyent y Pollença continúen operando como cajas.
"Las cajas nunca tendrían que haber abandonado su labor inicial y originaria", ha enfatizado De Guindos. El ministro ha anticipado que la nueva norma se remitirá al Congreso de los Diputados a finales de este mes y se ha congratulado del "amplio consenso" logrado con la troika (BCE, CE y FMI).
Por su parte, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha considerado que el anteproyecto representa un "eje clave" para finalizar con la reforma del sector financiero. Y ha completado el argumento del ministro de que se busca que las cajas vuelvan a su modelo originario: "Se busca volver al sistema de los años 80 ó 90".
En este sentido, ha recordado que las cajas tenían una labor muy localizada y centrada en pymes e impositores, sin dedicarse a un negocio de grandes operaciones. "Las cajas nunca debieron desviarse de su naturaleza tradicional", ha enfatizado De Guindos.
Vuelta a los orígenes
En cuanto a cajas, la norma establece que no podrán dedicarse a otras actividades financieras complejas y han de centrarse en clientes minoristas y pequeñas y medianas empresas.
También fija que su ámbito de actuación no podrá exceder el de una Comunidad Autónoma o diez provincias limítrofes y que no podrán tener un activo superior a los 10.000 millones de euros o una cuota de depósitos por encima del 35% de la Comunidad Autónoma en la que operen.
Además, mantiene la comisión de control, elimina la figura del director general y establece un sistema electoral en virtud del cual se pretende evitar el control político de las cajas y atribuir dicho control a los impositores o depositantes. También se incrementa la profesionalización de los órganos de gobierno de las cajas.
Fundaciones bancarias
El anteproyecto determina que las fundaciones bancarias deberán tener una participación superior al 10% en una entidad de crédito y distingue entre las obligaciones de aquellas que poseen al menos un 10%, las que tienen un 30% y las que controlan el 50% del banco al que dieron lugar.
Todas las fundaciones bancarias, sin excepción, están sometidas a rigurosos requisitos de gobierno corporativo, entre los que se incluye la prohibición de que los miembros del patronato de las fundaciones bancarias sean a su vez integrantes del consejo de administración de la entidad de crédito.
Además, estarán sujetas a un régimen de control que será llevado a cabo por el Banco de España en el marco de sus funciones de supervisión financiera y por el protectorado en materia de gobierno corporativo. El protectorado corresponderá al Ministerio de Economía y Competitividad cuando la fundación bancaria tenga un ámbito de actuación principal superior al de la Comunidad Autónoma.
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Por su parte, las fundaciones bancarias con una participación superior al 30% en una entidad de crédito deben presentar al Banco de España para su aprobación un protocolo de gestión de su participación en el banco.
Adicionalmente, las fundaciones bancarias con una participación superior al 50% o que ostenten posiciones de control en una entidad de crédito estarán obligadas a presentar en su Plan Financiero una estrategia de diversificación de inversiones y gestión de riesgos que evite la concentración en activos emitidos por una misma contraparte. Además, tendrá que contar con un Fondo de Reserva para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada.
Finalmente, determina que en el caso de las fundaciones bancarias, así como en el de las ordinarias, la dependencia estatal o autonómica dependerá de si su actividad principal se desarrolla en una sola comunidad --en cuyo caso el protectorado se ejercerá por la CC.AA.--, o si se desarrolla en más de una comunidad, en cuyo caso el protectorado se ejercerá por el Estado, a través del Ministerio de Economía y Competitividad.