DERECHOS REPRODUCTIVOS
Las expertas rechazan la objeción 'a la carta' en el aborto: "Limita los derechos de las mujeres"
Las comunidades ya no tienen excusa: desde este lunes, todas ellas cuentan con un protocolo común para elaborar, en base al texto de mínimos, sus propios registros de objetores al aborto. Aunque las voces expertas celebran la puesta en marcha del protocolo, los términos del acuerdo no terminan de satisfacerles.
El protocolo ha sido este lunes rubricado por las comunidades, en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), un año y diez meses después de que la reforma de la Ley del aborto entrara en vigor y así lo mandatara. La objeción de conciencia quedó regulada entonces en distintos artículos de la reforma, en dos sentidos. Por un lado, demandaba la creación en cada comunidad autónoma y en el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) de un registro de personas profesionales sanitarias que decidan objetar por motivos de conciencia. Por otro, la norma establecía la necesidad de trazar un protocolo específico que incluyera las condiciones mínimas para garantizar el cumplimiento de los objetivos perseguidos con la creación de este registro.
Aunque algunas comunidades ya habían comenzado a sacar adelante sus propios registros, otras se aferraban a la ausencia de un protocolo común para justificar su inacción. Ahora, pueden ya ponerse manos a la obra. "Les decimos a las comunidades autónomas que, en cumplimiento de la ley, ya tienen ese registro, con lo cual ya no hay excusas para incumplir la ley. Se han designado los criterios mínimos y ha salido con total consenso", ha señalado en rueda de prensa la ministra de Sanidad, Mónica García.
"Un paraguas para guiar"
El registro, según dicta el protocolo recién aprobado, sólo incluirá "al personal que interviene directamente" en la interrupción, es decir "médicos especialistas en ginecología y obstetricia, anestesiología y reanimación, medicina familiar y comunitaria, enfermeros y matronas", pero ningún caso el personal encargado de la gestión y organización de recursos humanos.
El documento contempla la posibilidad de objeción total o parcial, por lo que el profesional podrá decidir si se opone a participar en cualquier tipo de interrupción voluntaria del embarazo, independientemente de las circunstancias, o si se opone sólo en determinados supuestos. Son los siguientes: la interrupción a petición de la mujer dentro de las primeras catorce semanas de gestación; la interrupción por causas médicas hasta las veintidós semanas de gestación, en caso de grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada; el aborto por riesgo de graves anomalías en el feto hasta la vigésimo segunda semana y el aborto en caso de anomalías incompatobles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable del feto.
El registro deberá incluir la modalidad en la que se objeta y, en caso de objeción parcial, los supuestos específicos a los que se opone el profesional. Será el personal sanitario el que deba solicitar incorporarse al registro y además podrá modificar o revocar su declaración en cualquier momento. En ningún caso tendrá que especificar los motivos por los que quiere figurar como objetor de conciencia.
Además, la objeción deberá realizarse "con la suficiente antelación a la fecha previstade la intervención", según reza el documento, con el fin de "garantizar la prestación en los términos y plazos previstos" en la ley. Cada comunidad será libre de establecer los plazos que considere oportunos.
El documento, expresan desde el departamento de Mónica García, es "un paraguas para guiar", pero son las comunidades las encargadas de elaborar "sus registros" y para ello "tienen autonomía". La mayoría, destacan, han querido esperar a que existiera un protocolo común, así que ahora "se tienen que atener a él". Lo cierto es que territorios como Galicia llevan meses insistiendo en la imposibilidad de avanzar en el registro sin la existencia de un texto base. Otros, como La Rioja, Murcia, Cantabria, Cataluña y Canarias ya contaban con sus propios listados de objetores. Cabe destacar que el año pasado el 81,45% de los abortos se realizó en centros privados.
"Objeción a la carta"
Es en lo que respecta a la objeción parcial donde las expertas expresan sus recelos. Francisca García, presidenta de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), cree que la objeción parcial "permite a los profesionales limitar los derechos de las mujeres que la ley no limita. En la medida que se acepten más motivos de objeción, más se limitan los derechos de las mujeres", clama.
El Gobierno no tiene protocolo para el registro de objetores un año después de la reforma del aborto
Ver más
A su juicio, abrir la puerta a una "objeción a la carta" supone un "retroceso" para las mujeres no sólo a la hora de ejercer plenamente sus derechos, sino también en lo que respecta a la información. "Habrá objetores que darán información parcial", augura la experta. García pone la lupa también en el "estigma" que cree puede generar esta clasificación de objeciones: "Se están distinguiendo los abortos buenos y los abortos malos", lamenta, porque previsiblemente "habrá profesionales que sólo acepten las patologías, no la voluntad". El protocolo, a fin de cuentas, "está poniendo en el centro a los profesionales, no a las mujeres. Es el único derecho que permite objeciones parciales".
Coincide con ella Raquel Hurtado, vicepresidenta de la Federación de Planificación Familiar-SEDRA, quien señala a infoLibre que "la objeción de conciencia parcial puede vulnerar los derechos de las mujeres y su libre elección respecto a los plazos". Su organización lleva tiempo alertando de ello. En un artículo publicado en septiembre, la entidad ya señalaba que la objeción parcial estaba funcionando en distintas comunidades y "puede vulnerar los derechos de las mujeres" a la hora de elegir libremente "los plazos" en los que ejercer su derecho.
Fuentes del Ministerio de Sanidad explican que la decisión de incorporar la objeción parcial responde a la voluntad de confeccionar "un documento real y efectivo", para que las "comunidades tengan que atenerse a él y a la vez puedan aplicarlo y usarlo como herramienta de gestión". Lo que "sí pone en riesgo las libertades de las mujeres", añaden las mismas voces, "es la tipología actual de objeción de conciencia, que es una barra libre sin regulación. Con este documento se pone orden y se busca acuerdo con las comunidades para que podamos garantizar el derecho de la forma más efectiva posible".