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AlRevésyAlDerecho es un blog sobre derechos humanos. Y son derechos humanos, al menos, todos los de la Declaración Universal. Es un blog colectivo, porque contiene distintas voces que desde distintas perspectivas plantean casos, denuncias, reivindicaciones y argumentos para la defensa de esos bienes, los más preciados que tenemos como sociedad. Colectivo también porque está activamente abierto a la participación y discusión de los lectores.

Coordinado y editado por Ana Valero y Fernando Flores.

alrevesyalderecho@gmail.com

Laicidad y pactos políticos

José Manuel Rodríguez UribesJosé Manuel Rodríguez Uribes

La laicidad presenta dos proyecciones diferenciadas y, al tiempo, interconectadas, una objetiva y otra subjetiva. La primera afecta a la estructura normativa-institucional, al tipo de Estado, y la segunda a los representantes políticos y a los ciudadanos, a sus relaciones y al modelo más idóneo de convivencia y de participación pública, aunque ambas se necesitan en la práctica.

En relación con la primera, la laicidad como principio objetivo, se concreta en la separación nítida entre Iglesia(s) y EstadoAl Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios–, entre pecado y delito y entre Religión y Política, limitando el poder eclesiástico, exclusivamente, a su espacio propio, circunscribiéndolo al ámbito particular de la confesión religiosa y de sus fieles y reclamando, por consiguiente, la autonomía de la política democrática. Es el principio de neutralidad institucional. La Iglesia no tiene en este ámbito poder político alguno, en ningún caso formal y su participación en la conformación de la opinión pública y en la voluntad general es en pie de igualdad con el resto de organizaciones y el conjunto de los ciudadanos.

La segunda proyección se traduce en la libertad absoluta de los ciudadanos para elegir la confesión religiosa que estimen oportuna o para no elegir ninguna, para creer o no creer, lo que exige esa neutralidad del Estado en materia religiosa, la ausencia de una religión oficial u obligatoria (también del ateísmo como doctrina estatal) y la desaparición de la asignatura de religión de la escuelas entendida como adoctrinamiento y con carácter evaluable. También significa la laicidad en este sentido subjetivo la desvinculación de las nociones de ciudadanía, nacionalidad o identidad nacional, de toda pertenencia religiosa o confesional.

Las denominadas con Bobbio virtudes del laico, definitorias de un modelo ideal de ciudadanía y de representación política que pretende recuperar la idea de servicio público y prevenir y combatir la corrupción, aparecerán aquí como condiciones subjetivas para favorecer el éxito práctico de la laicidad en su sentido objetivo. A su vez, ésta, desde la óptica de estos mismos ciudadanos, supone el pleno reconocimiento de las libertades de conciencia y de cultos y la optimización de esas virtudes a través de la educación cívica en las escuelas, institutos y universidades como garantía de convivencia en paz y con respeto mutuo. Incluye la formación curricular en valores y en deberes constitucionales, en el respeto a las reglas del juego limpio, la prioridad siempre de los derechos humanos y una concepción de la ciudadanía expansiva e incluyente y no excluyente como está sucediendo ahora con los refugiados en lo que es un renacido síndrome de Atenas denunciado con toda razón por Javier de Lucas en su Mediterráneo: el naufragio de Europa. Esta formación básica debe recoger también el respeto al imperio de la ley, es decir, la obediencia debida a las leyes democráticas por parte de todos, gobernantes y gobernados, salvo en aquellos casos, tasados por definición, en los que se vea afectada la conciencia individual. Estos contenidos fundamentales contribuirán a fomentar esas virtudes del laico tan necesarias para el éxito de la laicidad, a saber: templanza y humildad, amistad cívica (el adversario político no es nunca un enemigo), compromiso con la palabra dada, confianza en el ser humano y en sus posibilidades, amor por el estudio, por la cultura y por el rigor crítico y, al tiempo, propensión hacia la duda, interés altruista por la cosa pública, capacidad de compasión y de empatía hacia los más vulnerables, no prevaricar, tener sentido del humor y renunciar al miedo y a la violencia.

Si pensamos en España y en su historia, la laicidad no ha triunfado casi nunca. Nuestro país ha estado situado la mayor parte del tiempo en planteamientos anti-modernos, negando las dos proyecciones referidas: 1.- Se ha confundido tradicionalmente el Poder Político y el Poder religioso –“el Imperio y Roma”–, unas veces con primacía del poder eclesial sobre el poder político (vg. durante la primera mitad del siglo XIX, especialmente con Fernando VII) y otras del poder político sobre el poder religioso (por ejemplo, durante el Régimen de Franco), pero en ambas situaciones con una presencia improcedente de la Iglesia católica en el Estado, ejerciendo poder o influencia directa, contaminándolo. 2.- El catolicismo como religión oficial ha marcado incluso la condición de español (ser católico y ser español como sinónimos) y, antes, la ciencia. Era el dogma como verdad científica. En Donoso Cortés, por ejemplo.

Así, desde Isabel y Fernando (1492), por no remontarnos a Recaredo o a Don Pelayo, hasta el final del nacional-catolicismo franquista (1976), con la excepción del periodo de la II República pero no de la Constitución de Cádiz que en su artículo 12 establecía:

la laicidad

, condición sine qua non para una vida autónoma y emancipada, es decir, digna, ha brillado por su ausencia en España. Los liberales de principios del siglo XIX sólo se atrevieron a discutirle a la Iglesia Católica el excesivo número de frailes y, eso sí, con mayor importancia, la institución de la Inquisición (una suerte de policía de la conciencia, pero también de policía en sentido estricto), pero no la presencia misma de aquélla en lo público-institucional, su participación en el poder político y su capacidad para determinar o dirigir el destino de las personas. No será hasta el proyecto constitucional de 1855, como recuerda Álvarez JuncoÁlvarez Junco, cuando los liberales propongan por primera vez en nuestro país la tolerancia religiosa.

La historia política de la laicidad, paradójicamente de larga tradición intelectual en España, ha tenido, en efecto, escaso éxito práctico o en términos de poder. Si pensamos incluso en nuestro tiempo, en las coyunturas actuales con un cierto agotamiento del proyecto constitucional de 1978 y 4 años eternos de gobierno del PP, tendría sin duda mucha utilidad recordar esa historia completa. Sería un trabajo de valor historiográfico indudable, pero también de reconocimiento y de tributo hacia quienes soñaron con una España laica, es decir, abierta, no uniforme, libre de prejuicios, de supersticiones y de censuras previas, de ortodoxias y de dogmas, o lo que es lo mismo, de simplificaciones, adulta y respetuosa con la libertad de todos, liberal en el buen sentido que le da Juan Marichal, o civil en el recogido por Peces-Barba inspirado en la Italia civile de Bobbio, en Mater dolorosa del mismo Álvarez Junco o en Los viejos maestros de Elías Díaz; una España, al final, pacífica e ilustrada que respeta la autonomía individual y, para el espacio público, los procesos participativos y deliberativos legales y democráticos. Podemos definir a estos autores como “los heterodoxos españoles” sin el sentido negativo que concede a esta expresión Marcelino Menéndez Pelayo, en él, sinónimo de “antiespañoles”.

De Luis Vives a Fernando de los Ríos, pasando por los afrancesados, por Giner, por Unamuno o por Machado. Forman parte del mejor secreto de España por volver a Juan Marichal, una tradición (oculta o sometida durante demasiado tiempo) de hombres y mujeres libres que creyeron en el valor emancipador de la razón, que respetaron el carácter inescrutable, impenetrable, de la conciencia individual y que confiaron en la investigación y en el conocimiento como los únicos caminos para el progreso social y político. Se situaron frente a la confesionalidad del Estado, frente a la visión mágica, irracional o espiritual de la vida pública, con la mirada proyectada hacia un futuro sin utopías fuertes o delirantes y, al tiempo, sin nostalgias reaccionarias con el pasado. Fueron sentidos patriotas, españoles que ubicaron, en la mejor tradición de la ilustración liberal, la nación por delante de la religión; la soberanía nacional y popular por encima del poder de la Iglesia, de las tradiciones históricas o de las culturas particulares y los territorios; los derechos y libertades de los ciudadanos antes que “los sagrados derechos de los príncipes” (sic); la ciencia, la innovación y el saber objetivo, por encima de la fe o de la enseñanza dogmática de la religión en las escuelas. Ofrecieron de este modo razones contra la identificación mecánica entre catolicismo y españolidad, esa confesionalidad del Estado y de la sociedad como un todo uniforme incompatible con la ciudadanía, con la libertad y con la democracia abierta y pluralista y que sólo trajo en la práctica destierro, imposición, retraso y violencia. La guerra civil de 1936 fue su corolario trágico; también los 40 años de franquismo posterior.

La Constitución de 1978 recupera la laicidad aunque sin nombrarla entre los valores superiores del ordenamiento jurídico, tanto en su definición institucional como en clave de derechos, porque ni establece la religión católica como religión oficial, ni permite a la Iglesia decidir o codecidir al margen de los poderes públicos democráticos sobre asuntos de interés general. Los únicos dos restos importantes de aquella vieja confesionalidad son: 1.- Los que derivan del Concordato, singularmente la enseñanza de la religión católica en las escuelas y algunas excepciones fiscales injustificadas y 2.-, el más sociológico sobre las relaciones especiales con la Iglesia del artículo 16 de la C.E que ha dado pie a otros privilegios inaceptables, a abusos y a excesos. Por eso, nuestro Estado es aconfesional y no laico. O es un Estado laico in fieri e incompleto.

El Estado laico se definirá por tanto en sus aspectos más básicos como un Estado liberal y democrático, por supuesto de Derecho, en el que ninguna confesión religiosa o doctrina política tendrá carácter oficial. En él se garantizará, precisamente por esa neutralidad institucional, la libertad ideológica, religiosa y de cultos de todas las personas (también el secreto de su conciencia). Supondrá asimismo la desaparición en los lugares públicos institucionales (del Estado) de todo signo o vestigio religioso o confesional. Sin embargo, el Estado laico es compatible a mi juicio con la participación de sus representantes institucionales en actos o fiestas populares de origen religioso por su valor histórico y social, como signo de respeto o de promoción cultural. A la vez, el Estado sólo debería celebrar solemnemente las fiestas laicas, en España en especial el 6 de diciembre, como patrimonio común de todos; como lugar de unión sin atribuciones particulares y como lazo para vertebrar a la sociedad democrática en torno a sus valores compartidos y a las reglas del juego. El himno y la enseña nacional, la liturgia en general, deben depurarse de cualquier atisbo religioso. También los funerales de Estado o la toma de posesión de los cargos públicos, que deben ser laicos, neutrales, institucionales, respetuosos con todos.

En estos últimos 40 años en España ha habido muestras importantes (también con algunos retrocesos coincidiendo con gobiernos del PP) de ese camino hacia el Estado laico en su definición, no sólo como neutralidad institucional, sino también como racionalidad de la vida pública, como secularización de la sociedad y del Derecho que va más allá de la cuestión religiosa: el reconocimiento del matrimonio civil y del divorcio, desde el presidente Zapatero incluso “sin culpables” (basta, digamos, con el desamor de los cónyuges), la despenalización, primero, de algunos supuestos de aborto y hoy su reconocimiento como derecho durante un plazo de tiempo, el testamento vital (todavía no la eutanasia o el reconocimiento legal a la muerte digna), la educación para la ciudadanía como instrumento formativo (sin adoctrinamiento) suprimida por el gobierno de Rajoy, la tipificación de los delitos de odio, como el racismo o la xenofobia, o el combate contra la violencia de género y el machismo irredento (todavía con muchas insuficiencias, pero que pretende corregir sus fundamentos ideológicos y culturales patriarcales incompatibles con una sociedad laica, igualitaria y civilizada, en la que la mujer goce de autonomía respecto al hombre, padre, marido o jefe) y, por supuesto, la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo. También las leyes que protegen a las víctimas de otras violencias fanáticas como la terrorista (Ley de Reconocimiento y Protección Integral de 2011), así como la ley de Memoria Histórica en lo que tiene de apoyo y reparación a las víctimas del franquismo, es decir, del nacional-catolicismo, que debe ser, como recoge ya el pacto entre PSOE y Ciudadanos, recuperada e impulsada.

Son iniciativas y medidas a favor de quienes padecen o padecieron dominación en contextos de ausencia de laicidad, de neutralidad, de respeto por la conciencia o la autonomía individual. Son ejemplos positivos de ampliación de espacios de libertad que no causan daño a terceros, expresiones precisamente de “laicidad” en el sentido profundo del término, de Modernidad, en suma, de Civilización. Favorecieron la libertad de todos en condiciones de igualdad para que cada uno pueda elegir libremente su ética privada sin imposiciones heterónomas en el marco de un proceso de secularización del espacio público-institucional que debe continuar. Estamos ante la Modernidad pendiente, pero éste es el único camino. Un acuerdo entre PSOE, Ciudadanos y Podemos podría hacerlo posible en los próximos años en nuestro país o, al menos, sentar sus bases. Sólo por esto, el pacto merecería la pena.

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11 de abril de 2016 - 08:39 h
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