La condena a Rocío Monasterio por una obra ilegal desempolva un accidentado historial de litigios
La sentencia de la Audiencia de Madrid contra una empresa de la dirigente de Vox Rocío Monasterio por reformar un loft sin licencia y “consciente de su ilegalidad” tuvo este jueves un doble efecto. Por un lado, Vox salió en defensa de su candidata a la Presidencia de Madrid con un comunicado de tres párrafos: la formación ultraderechista se aferra a que la sentencia –que confirma otra previa– "solo condena al pago de unas simples tasas administrativas" que "también ha sido recurrido, por lo que "no es firme". Pero al mismo tiempo, la difusión de la noticia –adelantada por la cadena Ser– desempolva el accidentado historial empresarial de Monasterio y del portavoz de Vox: Iván Espinosa de los Monteros, su marido y empresario del sector inmobiliario. El código ético de Vox no dice nada sobre qué hacer con un cargo del partido en caso de sentencia condenatoria. Ni el equipo de Monasterio ni el de comunicación estatal respondieron a las preguntas de infoLibre sobre ese punto.
Artífice de un lema que ha convertido en estribillo político –“sin ley no hay democracia”–, Monasterio ha visto cómo el calvario sufrido por el presentador Arturo Valls tras encargarle en 2005 la reforma de un local comercial para convertirlo en un loft habitable le ha terminado pasando factura. Civil, no penal. Y barata: el tribunal condena a su sociedad Rocío Monasterio y Asociados SL a pagar, junto a la constructora, 8.043 euros en concepto de resarcimiento de daños. Y a abonar otros 3.838 como sanción administrativa, además de otros 4.205 euros por los costes de demolición de la obra ilegal.
El caso de Arturo Valls sí originó una querella de la Fiscalía por presunto delito de falsedad documental al valerse Monasterio de un visado de obras del Colegio de Aparejadores que –supuestamente– nunca existió. Pero el Tribunal Superior (TSJ) madrileño inadmitió la denuncia. Recién estrenada la legislatura madrileña en que Monasterio revalidaba su liderazgo en Vox, en un auto fechado el 25 de junio de 2021 y con el presidente del TSJ a la cabeza, el tribunal sostuvo que no había delito. Porque “la falsedad ejecutada sobre el documento ha de tener aptitud para pasar inadvertida, esto es, ser capaz de engañar a tercero, pues la falsedad burda o grosera, precisamente por ello, priva al soporte material de toda posibilidad de producir un efecto jurídico”.
"Esto no es la Stasi"
La suerte no solo ha acompañado a Monasterio en los tropiezos que su carrera empresarial le ha ido deparando. La pareja logró legalizar el chalé de lujo donde reside la familia al norte de Madrid y en la que se realizaron obras ilegales. En diciembre de 2021, y tal como informó eldiario.es, el Supremo confirmó la condena a Espinosa de los Monteros por no pagar las obras del chalé: 63.183 euros
El proceso de legalización se hizo de forma correcta, aseguró el Ayuntamiento, cuyo concejal de Urbanismo, Mariano Fuentes (Ciudadanos) había aducido que no cabía una investigación general sobre las obras efectuadas por las empresas del matrimonio porque la Corporación madrileño no es “la Stasi”. Es decir, la Policía política de la comunista Alemania del Este. En octubre de 2019, había trascendido que Espinosa de los Monteros y Monasterio habían construido y vendido un bloque de lofts en el centro de Madrid sin licencia. Según El País, en junio de 2020 la pareja acumulaba 18 casos de obras con irregularidades en Madrid capital.
Tampoco el Colegio de Arquitectos de Madrid accedió a investigar nada en relación a Monasterio tras conocerse lo sucedido con Arturo Valls.
Años antes, distintos informes policiales y al menos un auto del juez Pablo Ruz habían destapado que una sociedad donde Espinosa de los Monteros había ocupado el cargo de administrador mancomunado, Gestión Inmobiliaria Habitabile SL, participó en una promoción inmobiliaria junto con una de las empresas investigadas en el caso Gürtel, Proyecto Twain Jones SL. Espinosa de los Monteros jamás declaró como testigo en relación a la ruta seguida por el accionariado de Habitabile. El gran accionista de Twain Jones, Jacobo Gordon, amigo de Alejandro Agag, se salvó de la cárcel –fue condenado a cinco meses– tras adoptar el papel de arrepentido y colaborar con la justicia.
En un caso por completo ajeno a Gürtel, el portavoz de Vox en el Congreso y marido de Rocío Monasterio sí se sentó en el banquillo acusado de estafa inmobiliaria en un caso vinculado a un edificio del distrito de San Blas e investigado desde 2009. Resultó absuelto. La Fiscalía no encontró razones para acusar. Solo lo hicieron los compradores.
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De regreso a la jurisdicción civil, Espinosa de los Monteros cosechó alguna sentencia contraria a sus intereses. En 2013, la Audiencia de Madrid condenó a otra de sus empresas, Metaphore Project Management SL, por impago de lo que debía a un subcontratista a quien cinco años –junio de 2008– antes había encargado trabajos en una obra donde Rocío Monasterio intervino “en todas las fases constructivas como dirección facultativa”. El entrecomillado procede de los argumentos que Metaphore Project esgrimió en la causa. Y así consta en la sentencia. Según publicó el rotativo de Prisa, Monasterio no presentó su trabajo de fin de carrera hasta octubre de 2009. Y no se colegió hasta el 21 de diciembre de ese año.
De forma conjunta, el diputado al Congreso y la diputada en la Asamblea de Madrid invocaron en los tribunales el derecho de rectificación tras publicar el diario El País en 2019 varias noticias sobre trabajos que habían sido objeto de reclamaciones por falta de permisos o de pagos. En febrero de 2022, la Audiencia de Madrid confirmó una sentencia previa que ordenaba al rotativo publicar varias rectificaciones. Una de ellas decía lo siguiente: “D. Iván Espinosa de los Monteros y Dª Rocío Monasterio, en su actividad pasada en el sector inmobiliario, no trabajaban sistemáticamente sin licencia y de forma ilegal”.
Otra de las afirmaciones que el periódico debía publicar era esta: “Dª Rocío Monasterio, antes de ser arquitecto colegiado no ha firmado nunca proyecto alguno que exigiese tal condición”. La sentencia lleva la firma de tres magistradas de la Audiencia de Madrid, una de ellas Margarita Mariscal de Gante, ministra de Justicia en el primer Gobierno de Aznar.