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Infancia

El Congreso aprueba con año y medio de retraso medidas contra la pornografía infantil

El ministro de Sanidad, Alfonso Alonso, en el Congreso de los Diputados.

El Congreso de los Diputados dio luz verde este jueves a la nueva Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia que, entre otras cuestiones, permitirá la creación de un registro de agresores sexuales de menores que impedirá que los condenados por estos delitos realicen actividades u oficios en las que estén en contacto con menores. Esta norma también reconoce como víctimas directas a los hijos de las mujeres que sufren violencia machista. Y evitará también que el asesino pueda cobrar la pensión de viudedad de su víctima.

La aprobación de esta ley supone la aplicación a la legislación española de dos artículos de una directiva europea aprobada en 2011 y que incluía una batería de sanciones mínimas sobre una veintena de delitos que implican menores y sexualidad. El problema es que España la ha adaptado a su legislación con un año y medio de retraso, pues debería haberlo hecho antes del 18 de diciembre de 2013. Países como Francia o Reino Unido ya estaban aplicando estas medidas.

Precisamente este jueves la Comisión Europea, a través de un dictamen motivado, instó por segunda vez al Ejecutivo a ajustar su legislación en esta materia. Según informó la institución comunitaria en un comunicado, España había pasado ya a la segunda fase de un procedimiento de infracción que podría haber acabado ante el Tribunal de Justicia de la UE.

Antes de las generales 

De hecho, el registro de agresores sexuales de menores era una de las medidas que contenía esta directiva. Fuentes del Ministerio de Justicia aseguraron a Europa Press que esperan que este registro pueda estar aprobado y en funcionamiento antes de que se convoquen las elecciones generales, a finales de año. La regulación de este registro fijará además el régimen de inscripción y cancelación de sus asientos y el acceso a la información contenida, asegurando su confidencialidad.

El objetivo es que antes de emplear a una persona en una labor relacionada con niños, la institución, entidad, el particular o la administración contratante compruebe si el candidato tiene antecedentes penales por delitos contra la libertad e identidad sexual, la trata de seres humanos o la explotación de menores. Para ello, le exigirá un certificado negativo del mencionado Registro de Delincuentes Sexuales, que estará vinculado al Registro Central de Penados, tendrá carácter confidencial y contendrá información sobre la identidad y el perfil genético de todas las personas condenadas por estos delitos en España.

La previsión afectará, tal y como explican desde la Dirección General de Infancia y Familia del Ministerio de Sanidad, tanto al personal de los centros educativos como a los pediatras, los voluntarios de organizaciones no gubernamentales, los catequistas, los monitores de tiempo libre o los profesores particulares, aunque tendrá que ser el Ministerio de Justicia quien en un reglamento detalle el modo de proceder en función de cada caso.

En este sentido, habrá de definir si la medida obliga a quienes ya trabajan con menores a conseguir la certificación o la forma en que los autónomos que gestionen un negocio para niños deberán acreditar la ausencia de antecedentes. La ley establece que el Ministerio de Justicia tendrá que hacer este desarrollo normativo en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y la Agencia Española de Protección de Datos y le da seis meses de margen a partir de la entrada en vigor.

Otro de los aspectos importantes de la nueva norma, que modifica 20 leyes distintas, es la definición de los supuestos de desamparo que permiten a la administración separar a un menor de su familia cuando exista maltrato por parte de los progenitores o tutores y entre los que se incluirá el maltrato o el abandono pero no la pobreza. 

Con el objetivo de reducir al mínimo la cifra de 13.400 menores que están en residencias o centros de acogida, la ley prima también el acogimiento familiar frente al residencial y ya no requiere contar con el visto bueno de la familia de origen a la hora de elegir a la de acogida, sino que será la propia Administración la que decida, lo que permitirá ahorrar tiempo. Además, se reconoce a los menores extranjeros el derecho a todas las prestaciones sociales en igualdad de condiciones que los españoles y se refuerza su derecho a la hora de realizar las pruebas para determinar su edad.

"Un hito", según el ministro Alonso 

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El ministro de Sanidad, Alfonso Alonso, dijo que esta ley sitúa a España "a la vanguardia" en este terreno y que constituye "un hito" y "una magnífica noticia" para los niños y adolescentes españoles.

El portavoz del PSOE, Luis Carlos Sahuquillo aseguró que su grupo comparte las líneas generales de la ley, pero criticó que no vaya acompañada de dotación económica. "Bienvenida sea esta ley, compartimos el diagnóstico pero las formas no nos parecen las más adecuadas", dijo Sahuquillo, si bien dijo echar en falta "una mayor apuesta por lo público", más y mejores medidas de apoyo a las familias acogedoras y un mayor esfuerzo en el tema de los menores extranjeros no acompañados y menores tutelados.

En contra se manifestó la Izquierda Plural, cuyo diputado Josep Pérez Moya lamentó que se haya perdido la oportunidad de afrontar la protección de niños y adolescentes desde una visión integral y ha considerado que la creación de un registro de delincuentes sexuales "es un error garrafal". La portavoz de UPyD, Rosa Díez, dijo, por su parte, que se trata de una "ley necesaria". 

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