LA PORTADA DE MAÑANA
Ver
Begoña Gómez cambia de estrategia en un caso con mil frentes abiertos que se van desinflando

Violencia género

Los datos de la Fiscalía desmienten el gran bulo de Vox sobre la violencia machista: en 2019 no hubo ninguna condena por denuncia falsa

La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, interviene durante la inauguración del año judicial, este lunes en el Salón de Plenos del Tribunal Supremo.

En aquel multitudinario acto en Vistalegre, allá por finales de 2018, el partido de ultraderecha Vox ya lo advertía: "Lucharemos por la persecución efectiva de las denuncias falsas", porque este fenómeno está "creando una discordia social innecesaria y unas injusticias dolorosas". El mensaje se repetiría una y otra vez en el discurso de la formación, conforme los de Santiago Abascal iban ganando terreno en las instituciones. Desde enero hasta diciembre, la extrema derecha se agarró a una realidad que no era tal. Así lo confirman los datos de la Fiscalía General del Estado, que ha presentado este lunes su memoria anual: el pasado año se cerró con un total de cero condenas por denuncia falsa.

La cuestión de las denuncias falsas sigue siendo probablemente el mito más evidente en materia de violencia machista, aun cuando los datos no dejan espacio para interpretaciones. Según la memoria que presenta anualmente el Ministerio Público, el periodo entre 2009 y 2019 se saldó con 1.557.190 denuncias por agresiones machistas, de las cuales sólo 121 recibieron condena por denuncia falsa: el 0,0069%. El gran problema del que advierte la ultraderecha no es más que una cuestión residual en los juzgados.

Vox no se rinde ante la evidencia, pero los datos son sostenidos en el tiempo y están avalados por múltiples organismos internacionales. La Fiscalía recuerda que en el año 2019 se incoaron siete causas por denuncia falsa, todas actualmente en trámite, sin que se haya formulado escrito de acusación. Estas siete se suman a otras diecisiete de años anteriores, todas ellas pendientes de incoación tras la deducción del testimonio en juicio por violencia de género. En la actualidad, por tanto, están en seguimiento 24 asuntos. Si esas dos docenas de causas en tramitación se suman al total de condenas, "en la hipótesis poco probable de que en todas ellas se dictara una sentencia condenatoria", el porcentaje final de denuncias falsas quedaría en un nimio 0,010%.

Una de cada dos mujeres en España de 16 años o más ha sufrido violencia física, sexual o acoso en su vida

Una de cada dos mujeres en España de 16 años o más ha sufrido violencia física, sexual o acoso en su vida

En añadido, del total de sentencias condenatorias, un 48,76% fueron por conformidad de la acusada. "Nuevamente se aprecian en este actuar las características peculiaridades y aristas que plantea este tipo específico de violencia y que ya fueron objeto de comentario en memorias anteriores", señala el Ministerio Público.

Esas peculiaridades –vinculadas a cuestiones como la dependencia emocional, afectiva y económica de la víctima– se materializan además en la dispensa de declarar, ampliamente cuestionada por las organizaciones feministas y también por el aparato judicial. Ya en julio, la Fiscalía reclamó modificaciones legales para fijar el cambio de doctrina sobre la declaración de víctimas contra sus maltratadores. De acuerdo al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una persona puede negarse a declarar contra alguien si les une una relación de parentesco o si es su cónyuge. Un extremo del todo problemático en lo que respecta a la violencia machista. Así lo señala la Fiscalía: la dispensa supone un "grave espacio de impunidad" y se ha demostrado como "uno de los motivos más habituales de sobreseimiento y absolución". Precisamente el sobreseimiento y la absolución es otro de los argumentos empleados por la extrema derecha cuando habla de denuncias falsas, estableciendo una equivalencia tramposa entre un fenómeno y el otro sin atender a la realidad de los datos y a la complejidad del contexto.

La Fiscalía recalca la necesidad de acometer una reforma del artículo. "La dispensa no solo es un elemento perturbador del carácter público de los delitos relativos a la violencia de género, impidiendo que el proceso penal alcance sus efectos tanto punitivos como tuitivos, sino que constituye un elemento de presión sobre víctimas que se encuentran en una situación de gran vulnerabilidad".

Más sobre este tema
stats