Fiscalía se inclina por no pedir medidas contra Puigdemont en coherencia con su visión de la amnistía

El instructor de la causa del 'procés', Pablo Llarena, en un acto el pasado diciembre.

Nada más pisar España, Carles Puigdemont será detenido con toda probabilidad. El instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, tendrá entonces 72 horas para tomarle declaración y decidir si lo envía a prisión provisional, lo pone en libertad o le impone algún tipo de medida cautelar, como una fianza, comparecencias periódicas o la prohibición de salir de España. En la comparecencia del expresident ante el juez, será clave lo que plantee la Fiscalía y el resto de acusaciones -la Abogacía del Estado y Vox-. Fuentes cercanas a la causa aseguran, con las debidas cautelas sobre cómo tendrá lugar la llegada a Cataluña y el arresto, que la posición del Ministerio Público será coherente con la que mantuvo hace unas semanas, cuando defendió que la ley de amnistía debía aplicarse al líder independentista y al resto de encausados. En ese contexto, su posición más probable es que no pida ninguna medida cautelar contra él y reclame su puesta en libertad.

En esa comparecencia prevista por el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para las horas inmediatamente posteriores a la detención, Llarena estará sujeto a la petición de las acusaciones. Es decir, que el juez instructor solo podrá moverse en la horquilla que las partes que iniciaron el proceso contra Puigdemont y el resto de encausados le planteen. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado han defendido ya la aplicación para todos ellos de la ley de amnistía, lo que supondría el archivo de la causa para los que todavía no han sido juzgados y su imposibilidad de reabrirla (sobreseimiento libre), lo que es coherente con no reclamar medidas cautelares o plantear algunas menos gravosas que la prisión incondicional. Si Llarena opta finalmente por encarcelarlo tendrá que hacerlo apoyándose únicamente en la posición de Vox.

La posición de la Fiscalía ante el caso de Puigdemont fue ordenada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, con el apoyo de la Junta de Fiscales de Sala, después de que los fiscales que actuaron en la causa se rebelaran contra la aplicación de la amnistía. En el informe enviado al instructor del caso, Pablo Llarena, el pasado 19 de junio, mantuvo que los dos delitos imputados a Puigdemont, malversación agravada y desobediencia, encajan en los supuestos de la ley de amnistía.

El del malversación -que implica una pena de entre seis y 10 años de cárcel- porque según el Ministerio Público, los dirigentes del procés no tuvieron "propósito de enriquecimiento" ni de lograr un "beneficio personal de carácter patrimonial". Tampoco lesionaron los intereses financieros de la Unión Europea de los que, según el escrito firmado por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y el fiscal de Sala jefe de lo Penal, Joaquín Sánchez-Covisa, no consta "ninguna alusión o referencia a que se hubiese producido una afectación directa o indirecta". El enriquecimiento ilícito y la afectación a los fondos europeos son las dos únicas excepciones que impiden la aplicación de la norma de olvido judicial.

Respecto al delito de desobediencia, que no implica el ingreso en prisión, sino únicamente una multa, el Ministerio Público recordaba que el artículo 1.1 de la ley de amnistía lo declara amnistiable expresamente. En coherencia con esos argumentos, fuentes del Ministerio Público consideran ahora que si los delitos achacados a Puigdemont entran dentro del paraguas de la amnistía, no es posible enviarlo a prisión provisional. El artículo 4 de la ley que la regula obliga a dejar sin efectos las órdenes de detención y las medidas cautelares que se hayan impuesto a los procesados, así que, según la interpretación de la Fiscalía, no es posible reclamar la prisión ni ninguna otra cautela (fianza, comparecencias...) cuando se detenga al expresident.

Es la misma línea que ha mantenido la Abogacía del Estado que, el pasado 21 de junio, reclamó el archivo de la orden de detención de Puigdemont y el resto de líderes huídos. El servicio jurídico dependiente del Gobierno tampoco ve ni enriquecimiento personal ni afectación a los intereses europeos en el delito de malversación y considera que la amnistía también es aplicable a la desobediencia. "La ley de amnistía sí resulta aplicable a los hechos" atribuidos a los encausados porque "cumplen con las finalidades expresas que justifican esa norma", mantuvo en su escrito. Por lo tanto, es más que previsible que, en caso de que el líder independentista sea detenido en las próximas horas, tampoco pida ninguna medida cautelar contra él.

Si Llarena decide finalmente encarcelar a Puigdemont, solo se podrá apoyar en Vox para hacerlo. El partido ultra ya ha anunciado que en la comparecencia para decidir sobre las medidas cautelares en caso de que el expresident sea detenido, pedirá su ingreso inmediato en prisión. Entre los motivos que aducirán, según asegurado desde la formación, se encontrará el "riesgo de fuga" y la posibilidad de "reiteración delictiva". El partido de Santiago Abascal, además, fue la única acusación que reclamó que no se le aplicara la ley de amnistía -ni a Puigdemont ni a ninguno de los procesados y condenados-.

Tanto Llarena, el instructor del caso, como la Sala de lo Penal, presidida por el magistrado Manuel Marchena, ya han dado la razón en dos ocasiones a Vox y han rechazado tanto los argumentos de la Fiscalía como los de la Abogacía del Estado respecto a los delitos del expresident y los demás. Los magistrados consideran que la amnistía no es aplicable a la malversación porque en la actuación de Puigdemont y el resto, existió "ánimo de lucro" al apropiarse de fondos públicos para organizar el procés, lo que, al contrario de lo que mantuvieron las dos acusaciones públicas, supondría un "beneficio personal de carácter patrimonial", una de las excepciones que impiden conceder el olvido penal que establece la ley. Respecto a la desobediencia, la Sala ha decidido presentar una cuestión ante el Tribunal Constitucional.

Así pues, la discrecionalidad de Llarena respecto a las medidas cautelares que pueda tomar contra el líder independentista si finalmente es detenido, será total gracias a Vox. Desde la prisión incondicional hasta la libertad provisional, pasando por las fianzas, las comparecencias periódicas, la retirada del pasaporte o la prohibición de salir de España. Jueces y penalistas consultados por infoLibre señalan que la Ley de Enjuiciamiento Criminal le obliga, en cualquier caso, a adoptar la menos gravosa para el detenido con el fin de asegurar su presencia en el proceso. Y recuerdan que es Puigdemont el que vuelve voluntariamente a España, donde tiene arraigo personal, familiar y laboral.

Sin embargo, la decisión de no borrar la malversación (el delito con penas más graves) y el hecho de que la orden de detención emitida contra él sea de "busca y captura e ingreso en prisión", vaticinan que Llarena adoptará, previsiblemente, medidas cautelares especialmente duras. En ese caso, no será ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado las que se impongan en el Supremo, sino el partido ultra Vox. Y por tercera vez desde que se aprobó la ley de amnistía.

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