Justicia

La fiscal despachó el caso de las residencias de Leganés en tres folios que obvian el ‘protocolo de la vergüenza’

La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, en una comparecencia en el Congreso.

Los familiares de residentes fallecidos durante la primera ola de la pandemia llevan más de un año denunciando en diversos puntos de España la desidia de la Fiscalía a la hora de investigar lo ocurrido. Un memorial de agravios al que se acaba de sumar un nuevo caso. El Ministerio Público defendió cerrar la investigación iniciada tras la presentación de dos querellas por parte de los familiares de 29 personas fallecidas en cuatro residencias de Leganés (Madrid). Y lo hizo por medio de un escrito, al que ha tenido acceso infoLibre, de apenas tres folios de extensión y en el que se obvia por completo el elemento central que denuncian los familiares: que los mayores que caían enfermos no eran trasladados a los hospitales como consecuencia de un Protocolo aprobado por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que impedía su derivación.

La Audiencia Provincial de Madrid no atendió la solicitud de la Fiscalía y ordenó reabrir la causa, por medio de un auto que se conoció el pasado miércoles.

En el mismo procedimiento se instruyen dos querellas, que fueron acumuladas en su día en el Juzgado de Instrucción número 5 de Leganés. Una fue presentada por familiares de tres residentes en el centro Los Frailes –gestionado por Aralia–, cuatro de El Encinar-Amavir, uno de DomusVi y tres de Vitalia Home, todos ellos agrupados en Marea de Residencias. Y la otra la formularon familiares de 24 mayores de Vitalia Home. En total, se trataba de analizar lo ocurrido con 35 personas que vivían en esas cuatro residencias, de las que 29 fallecieron, mientras que las otros seis lograron sobrevivir.

La jueza encargada de la Instrucción, Mónica Boticario Martín, ni siquiera admitió a trámite la primera querella. En noviembre de 2020, la Audiencia Provincial de Madrid le obligó a abrir la instrucción. Ocho meses después, Boticario archivó el procedimiento. Los familiares presentaron sendos recursos y la Audiencia Provincial acaba de ordenar de nuevo que se continúe la investigación. El Ministerio Público pidió que se rechazaran los recursos de los familiares y se enterrase así definitivamente la causa.

Los argumentos de la Fiscalía

El escrito está firmado por la fiscal Raquel Fernández Alonso y lleva fecha de 14 de septiembre de 2021. Son tres folios y cinco líneas en los que apenas analiza los argumentos esgrimidos por las acusaciones. Todo lo contrario que el auto de la Audiencia Provincial, un detallado documento de 19 páginas en el que se abordan y sistematizan todas las razones alegadas por los querellantes (en varias ocasiones para no darles la razón y respaldar el trabajo de la jueza).

Los recursos de los familiares sostienen que las muertes de los residentes se produjeron por dos causas distintas y compatibles. La primera, que no se adoptaron medidas de protección frente al covid por parte de los responsables de las residencias. Y la segunda, que una vez que el virus entró en los centros, a muchos mayores no se les derivó al hospital o se hizo de forma tardía. Este último hecho, argumentan, fue consecuencia del Protocolo aprobado por el Gobierno Ayuso que impedía trasladar al hospital a los residentes con un mayor nivel de dependencia o de deterioro cognitivo (infoLibre desveló la existencia del Protocolo y sus diferentes versiones en esta información de junio de 2020).

Pues bien, en el escrito del Ministerio Público no se dedica ni una palabra a analizar el tema de la prohibición de derivaciones. La fiscal se limita a decir que las residencias informaron sobre “las gestiones para derivar a los enfermos a los hospitales” y que en todo momento actuaron “conforme a los protocolos e instrucciones dadas por la Administración Pública”.

Como resulta obvio, la clave no es saber si las residencias informaron o no sobres sus gestiones para derivar enfermos, sino cuál fue el resultado de esas gestiones. Pues bien, la respuesta está en el propio auto de archivo de la juez Boticario: al menos 16 de los 29 fallecidos no fueron trasladados al hospital. En tres casos se reconoce que hubo una prohibición expresa de derivación y en otros tres que ni siquiera cogieron el teléfono en el Severo Ochoa cuando llamaron para pedir el traslado. En los diez restantes no consta en el auto de archivo por qué no fueron derivados. Nada dice sobre esto la fiscal Raquel Fernández.

Un razonamiento similar es aplicable a la afirmación de que los directores actuaron conforme “a los protocolos y las instrucciones recibidas”. El análisis de si cumplieron o no órdenes sería relevante a la hora de determinar quién es responsable, pero hay un paso previo imprescindible en el ámbito penal: saber si esas instrucciones fueron la posible causa de algún fallecimiento. Eso es precisamente lo que se sostiene en el recurso presentado por los familiares agrupados en Marea de Residencias: que la relación entre el Protocolo del Gobierno Ayuso y la no derivación hospitalaria ”es evidente” en varios casos y que ello llevó a la muerte del paciente sin recibir la atención debida. Un argumento que el Ministerio Público tampoco combate en su escrito, ya que simplemente se limita a decir que los directores cumplieron instrucciones, sin analizar el contenido de las mismas y sus posibles efectos en el deterioro de la salud de los residentes.

En definitiva, la conclusión de la fiscal es que las muertes de los mayores fueron inevitables y que no hay culpables: “Los fallecimientos ocurridos fueron a consecuencia del agravamiento de las patologías presentadas por contagio del covid, sin que se pueda atribuir un ánimo de ocasionar la muerte ni siquiera culposo, se les prescribe un tratamiento, se les presta la asistencia debida, con lo que se conocía en dicho momento, y con los medios que se disponía (no solo en Leganés, y en las residencias, sino en toda España), sin embargo el desenlace en alguno de los casos, fue lamentablemente, el fallecimiento, pero ello, no puede considerarse que sea constitutivo de un ilícito penal”. [La puntuación es la del original]

La Audiencia ordena seguir investigando

Frente a la pobreza argumental del escrito del Ministerio Público, la Audiencia Provincial de Madrid elaboró un detallado auto en el que se estima parcialmente el recurso de apelación de los querellantes.

Los retratados por la Audiencia: jueza, fiscal, Ayuso y sus intoxicadores

El tribunal defiende la actuación de la jueza en varios aspectos, por ejemplo cuando niega que haya existido “olvido o desinterés respecto de la querella” presentada por los familiares de Vitalia Home, como alegaban en su recurso. Pero considera que es necesario seguir investigando determinados aspectos, en busca de “una decisión más fundamentada y para despejar toda duda sobre la actuación de los querellados”.

En concreto, ordena tres actuaciones instructoras. Primero, tomar declaración a los responsables de “implementar los protocolos” en cada una de las cuatro residencias. Segundo, interrogar en calidad de testigos a los responsables médicos de los centros, “en relación a la deficiente atención sanitaria a la que hacen referencia los querellantes [...] así como al seguimiento de los protocolos para la derivación hospitalaria”. Y tercero, llamar a declarar también como testigos a los responsables del servicio de geriatría del Hospital Severo Ochoa, para que entre otras cuestiones “ilustren acerca de la decisión de no derivación hospitalaria de algunos de los residentes, todo ello a los efectos de establecer la relación con el fatal desenlace”. La declaración de estos últimos es relevante porque el Protocolo del Gobierno Ayuso convirtió a los geriatras de los hospitales en las personas que decidían si un mayor podía ser trasladado, de acuerdo con los criterios de no derivación establecidos.

En otras palabras, la actuación instructora que solicita la Audiencia se centra en la cuestión de los protocolos y la falta de derivación hospitalaria, cuestión que ni menciona la fiscal en el escrito en el que defendía rechazar el recurso de los familiares.

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