Santiago Calatrava
La Fiscalía rechaza la demanda de Calatrava contra calatravatelaclava.com
La Fiscalía ha solicitado al juez que rechace la demanda interpuesta por el arquitecto valenciano Santiago Calatrava contra EUPV por la web calatravatelaclava.com al entender que en este caso debe primar el derecho a la información y libertad de expresión frente al derecho al honor.
Así se ha pronunciado el representante del Ministerio Público en una audiencia previa en el juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia por la demanda interpuesta por Calatrava contra EUPV por presunta vulneración al derecho al honor por la que le pide una indemnización de 600.000 euros y el cierre de la web.
En la audiencia, que ha quedado vista para sentencia, el fiscal ha expuesto que en este asunto prevalece el derecho a la información porque el contenido recogido en la web tiene "gran relevancia pública" y justifica el interés. También que sustenta su solicitud en la relevancia pública del arquitecto valenciano.
Previamente, el abogado de EUPV también se ha ratificado en su escrito de defensa y ha pedido la desestimación de la demanda al mantener que lo recogido en la web de la formación son básicamente noticias publicadas en distintos medios de comunicación y contratos de Calatrava con la Generalitat, publicados para que los valencianos tuvieran acceso a esta información.
Frente a ello, el abogado de Calatrava ha reclamado que se estime su demanda al entender que la web "produce menosprecio" y que el contenido de sus informaciones es "falso" y está "lleno de graves acusaciones".
Durante la vista, el juez ha indicado que dictará sentencia en base a la documental remitida por las partes y ha rechazado las testificales propuestas, así como la petición del abogado de Calatrava de incorporar la definición que hace la RAE sobre el término clavarclavar. El magistrado ha rechazado esta solicitud por ser "notorio y conocido" su significado.