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Crisis del coronavirus

El Govern ignora la decisión del TSJC y vuelve a decretar desde el domingo el cierre de los bares a medianoche

Un camarero sirve en la terraza de un bar

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La Generalitat ha vuelto a decretar el cierre de bares y restaurantes a partir de la medianoche en las ciudades catalanas afectadas por brotes de coronavirus pese a la suspensión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de dicha norma, según recoge Europa Press.

El Ejecutivo catalán ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc) la nueva resolución, que ha consultado Europa Press este viernes y que entrará en vigor el domingo a las 9 horas.

La suspensión del tribunal afectaba a la parte del texto que limitaba el horario de bares, restaurantes, chiringuitos y bares musicales de Barcelona y municipios de su área metropolitana, además de Figueres y Vilafant (Girona) y más de 40 municipios de la provincia de Lleida.

Prorroga de las medidas en municipios del Segrià y la Noguera (Lleida)

El Juzgado de Instrucción 4 de Lleida, en funciones de guardia, ha ratificado este viernes íntegramente la modificación y prórroga de 15 días a partir del 2 de agosto de las restricciones sanitarias para municipios de la Noguera y del Segrià, establecidas en una resolución del Govern, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Las medidas afectan a Els Alamús, Albatàrrec, Alcanó, Alcoletge, Alfarràs, Alfés, Alguaire, Almacelles, Almatret, Almenar, Alpicat, Aspa, Corbins, Llardecans, Maials, Montoliu de Lleida, la Portella, Puigverd de Lleida, Rosselló, Sudanell, Sunyer, Torrebesses, Torrefarrera, Torreserona, Vilanova del Segrià, Vilanova de la Barca, Àger, Albesa y Algerri, según el auto, recogido por Europa Press. También incide sobre Les Avellanes i Santa Linya, Balaguer, Bellcaire d'Urgell, Bellmunt d'Urgell, Camarasa, Castelló de Farfanya, Cubells, Ivars de Noguera, Menàrguens, Montgai, Os de Balaguer Penelles, Térmens, Torrelameu, la Sentiu de Sió, Vallfogona de Balaguer, y a las entidades descentralizadas de Sucs y Raimat.

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Están prohibidos los encuentros y reuniones de más de diez personas tanto en el ámbito privado como en el ámbito público y los actos religiosos como bodas, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres limitarán la asistencia al 33% de su aforo.

En las actividades de hostelería y restauración se limita el aforo en el interior de los establecimientos al 50% del autorizado y el consumo se debe realizar siempre en mesa. Por lo que respecta a los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se limita al 50% del aforo autorizado.

 

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