Hurtado señala al fiscal general como "criminal" de "pervertida conciencia" pero sigue sin tener pruebas

49
El magistrado Ángel Hurtado, instructor de la causa contra el fiscal general del Estado.

Cuando el instructor del Supremo Ángel Hurtado presidió la declaración como imputado del fiscal general del Estado, este se negó a responder a sus preguntas con, entre otros, este argumento: "Creo que el instructor parte de una certeza que le impide descubrir la verdad y esa situación me perjudica". Esa "certeza", la de que Hurtado parece considerar culpable a Álvaro García Ortiz, se deduce del auto que el magistrado del Tribunal Supremo ha emitido este martes. Se trata, en realidad, de un nuevo paso atrás del instructor para evitar una nueva filtración de datos personales como la que provocó con los informes de la UCO sobre sus llamadas y que el jefe de la Fiscalía ha denunciado ante el Consejo General del Poder Judicial. Pero quien tiene la máxima responsabilidad de garantizar el derecho de defensa de García Ortiz, quien instruye la causa contra él y tiene el cometido de velar por todas sus garantías, no duda en buscar una fórmula para calificarlo de "criminal" de "pervertida conciencia". También se coloca como víctima del fiscal general contra el que, hasta el momento, no ha logrado reunir una sola prueba consistente.

Lo que el auto decide en su parte dispositiva es dar traslado a las partes del último informe de la UCO. Pero para que no vuelva a ocurrir como en ocasiones anteriores –se han desvelado datos personales de personas que se comunicaron con él, incluso de un miembro del CGPJ, durante 10 meses– obliga a las partes a acudir a la Secretaría del Tribunal Supremo para consultar los anexos a ese informe, en los que se contendrían todos esos datos sensibles. Sin embargo, para tomar esa medida, el magistrado del Supremo no duda en despacharse con duros calificativos contra el fiscal general, al que, pese a conceder que "carece de relevancia penal", acusa de "hacer desaparecer pruebas que le puedan incriminar", una conducta que, avisa, "tampoco se debe ignorar que no tenga incidencia en el desarrollo de la acción penal". El problema es que, a día de hoy y tras cuatro meses de proceso, Hurtado desconoce si lo que había en el teléfono eran "pruebas" como sostiene, aunque haya puesto en marcha todos los medios para tratar de saberlo.

El instructor hace esas manifestaciones acompañadas de un extracto de la exposición de motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (de 1882) para explicar lo que piensa de la actuación del fiscal general –que asegura que borró los datos de su móvil para evitar que fueran aireados, como en parte ha ocurrido sin ninguna trascendencia para la causa–. Ese pasaje habla del "criminal" que, "desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos, desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerle (sic), estudia cauteloso el conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la justicia". Con esa acción, "el criminal" coloca "al poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida", dice la exposición de motivos que extracta el juez. En resumen, que Hurtado, en su trabajo como instructor, se considera víctima del "criminal" que oculta pruebas. Ese "criminal", según su razonamiento, no puede ser otro que Álvaro García Ortiz. "Presunto" o "supuesto", son palabras que no aparecen.

Durante su declaración ante Hurtado, García Ortiz explicó que, el día del registro en su despacho, el pasado 30 de octubre, había comunicado a los agentes de la UCO que lo realizaron que había borrado mensajes y que el teléfono que estaba usando en ese momento no era el que tenía en los días de marzo de 2024 en los que se produjo la filtración. El acta de ese registro, firmada por la letrada de la administración de justicia (la antigua secretaria judicial), recogía expresamente que, durante todas las horas que duró el registro, se había contado "con total colaboración tanto del Sr. fiscal general del Estado, don Álvaro García Ortiz, como de todo el equipo personal de la Fiscalía General". Ese acta expresaba también que el abogado del Estado (defensor del fiscal general) agradeció a la UCO "el trato dispensado en la práctica de la diligencia".

El juez investigaba en un principio la teórica filtración de un correo por el fiscal general, la fiscal jefa de Madrid, Pilar Rodríguez, y el teniente fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, Diego Villafañe. Pero, a lo largo de la instrucción, Hurtado se ha dado cuenta de que sus pesquisas han causado otras múltiples filtraciones que no tienen como única víctima a los investigados, sino también a terceros que nada tienen que ver con la causa, algunos de los cuales han visto comprometidos datos personales como sus números de teléfono e incluso la dirección de sus domicilios. El festival de filtraciones para indagar por lo penal únicamente una –la que afecta al novio de Ayuso– en que se ha convertido la causa ha obligado al magistrado a frenar y recortar unilateralmente la intensidad de sus diligencias para evitar o mitigar los daños colaterales que puedan ponerlas en riesgo.

La primera medida que tomó en este sentido fue la de limitar el ámbito temporal de los registros que ordenó en el despacho del fiscal general y de la fiscal jefa de Madrid que, inicialmente, se acordaron para un período que iba desde el 8 de marzo de 2024 al día en que estos se ejecutaron, es decir el 30 de octubre. Todo ello pese a que la supuesta filtración del correo –en el que el abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso reconocía la comisión de dos delitos fiscales para evitar la cárcel– se produjo, según la investigación, la tarde-noche del 13 de marzo de 2024. Una semana después de los allanamientos, con el daño ya hecho y todo el material informático y de dispositivos móviles clonado, redujo el período a investigar de ocho meses a ocho días, los transcurridos entre el 8 y el 14 de marzo. Aparte de corregir la desproporción de lo incautado, la diligencia habría podido desvelar la estrategia de defensa de los imputados, lo que habría podido provocar la nulidad de las actuaciones.

En cuanto las partes –no solo los fiscales imputados– comenzaron a quejarse de las continuas filtraciones en la causa, Hurtado trató también de ponerles coto rechazando distribuir entre ellas los vídeos de las declaraciones. Desde entonces solo les traslada su transcripción (que también se filtra sistemáticamente) y obliga a todos los personados a consultar las imágenes de cada comparecencia en la secretaría de la sala. Tras la denuncia del fiscal general ante el CGPJ de que el juez había difundido sus datos (nombre, NIF, domicilio) y los de varios de sus interlocutores durante más de 10 meses -entre diciembre de 2023 y octubre de 2024- Hurtado decide ahora que las partes solo recibirán los informes policiales que se elaboren, pero para consultar los anexos, como con las imágenes de las declaraciones, deberán acudir en persona al Supremo.

Al admitir a trámite el caso, la Sala de Admisión del Supremo descartó la criminalidad de la nota de prensa en la que la Fiscalía, tras el bulo difundido por Ayuso, desmintió las informaciones que lo habían recogido y aclaró que había sido la defensa del novio de la presidenta madrileña y no el Ministerio Público quien había ofrecido un pacto para que aquel evitara la prisión. Sus magistrados centraron el objeto del caso en la supuesta filtración, la víspera de emitir el comunicado, del correo en el que se reconocían los delitos. Hurtado, sin embargo, lo ha ampliado de nuevo al comunicado oficial, de cuya autoría, esta vez sí, hay pruebas. Porque el propio fiscal general mantiene desde el primer momento que la orden de redactarlo fue suya y así lo han confirmado todos sus colaboradores que han declarado. Si la nota de autor conocido basta para probar el delito, ¿para qué los registros, el clonado y la intromisión en la intimidad de los imputados y otras personas ajenas al caso?

Cuando el instructor del Supremo Ángel Hurtado presidió la declaración como imputado del fiscal general del Estado, este se negó a responder a sus preguntas con, entre otros, este argumento: "Creo que el instructor parte de una certeza que le impide descubrir la verdad y esa situación me perjudica". Esa "certeza", la de que Hurtado parece considerar culpable a Álvaro García Ortiz, se deduce del auto que el magistrado del Tribunal Supremo ha emitido este martes. Se trata, en realidad, de un nuevo paso atrás del instructor para evitar una nueva filtración de datos personales como la que provocó con los informes de la UCO sobre sus llamadas y que el jefe de la Fiscalía ha denunciado ante el Consejo General del Poder Judicial. Pero quien tiene la máxima responsabilidad de garantizar el derecho de defensa de García Ortiz, quien instruye la causa contra él y tiene el cometido de velar por todas sus garantías, no duda en buscar una fórmula para calificarlo de "criminal" de "pervertida conciencia". También se coloca como víctima del fiscal general contra el que, hasta el momento, no ha logrado reunir una sola prueba consistente.

Más sobre este tema