El futuro de Cataluña
El juez Llarena vincula el “ideario soberanista” de los presos del 'procés' con la intención de cometer delitos
“Defender una tesis u opción política según la cual debe establecerse la independencia de una parte del territorio nacional, es legítimo”. La Constitución permite “defender la pertinencia, la conveniencia o el deseo de lograr la independencia de una parte de España, sin cometer delito alguno”. Por eso “la valoración del riesgo de reiteración [de delito por parte de los presos del procés] no puede referirse al hecho de que continúen defendiendo la pertinencia, la conveniencia o el deseo, de la independencia de Cataluña”.
Este párrafo forma parte de los fundamentos jurídicos del auto que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó el 5 de enero para rechazar la libertad provisional a Oriol Junqueras, presidente de Esquerra y uno de los protagonistas de la estrategia desarrollada por los independentistas durante los últimos años. Y aunque deja claro que las convicciones soberanistas no pueden ser utilizadas para valorar el riesgo de reiteración delictiva no ha impedido al juez Pablo Llanera, instructor de la causa abierta contra el procés en el mismo tribunal, apoyarse en ellas para fundamentar su enésima negativa a dejar en libertad provisional al propio Junqueras, al también diputado Jordi Sànchez, al exconseller de Interior Joaquim Forn y al presidente de la organización civil Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.
En el auto que Llarena dictó el pasado viernes para negar la libertad a Forn, el juez ya evaluaba si “el ideario soberanista” “que [el exconseller] mantiene” posibilitaba “una reiteración del delito”. Y concluía que sí, a la vista del “contexto político” y de su “determinación criminal”, por encima de su renuncia a “cualquier actuación ilegal”.
Ahora, en la resolución hecha pública este martes para negar también la libertad provisional a Jordi Sànchez, expresidente de la Assamblea Nacional Catalana (ANC) y diputado de JunsxCat en el Parlament, Llarena va un poco más allá. El “ideario soberanista” del investigado “imposibilita el convencimiento de imposible reiteración delictiva (sic)”. O, lo que es lo mismo, su “ideario soberanista” hace imposible creerle cuando afirma que no va a incumplir la ley.
Como ya hizo con Forn, el instructor pone en contra de Sànchez el actual “contexto político, en el que concurren todavía sectores que defienden explícitamente que debe conseguirse la independencia de Cataluña de manera inmediata y que debe lograrse perseverando en el mecanismo de secesión contrario a las normas penales”. Sectores que no identifica en ningún momento pero que, según el juez, “siguen ajustados al plan de secesión que recoge el documento Enfocats, Enfocatsen el que se contemplaba abordar una legislatura constituyente con posterioridad a la desconexión del Estado español, y en el que se expresaba la necesidad de perseverar en la estrategia y en los objetivos aún en el supuesto de que el Estado interviniera las instituciones de la Comunidad Autónoma”.
Forzar al Estado
En contra de Sànchez, Llarena también suma “nuevos elementos”, como el papel que atribuye a la ANC “en un reparto funcional que podría haber contemplado la movilización ciudadana para forzar al Estado a aceptar la independencia”, a sabiendas de “la altísima probabilidad de que esta movilización desembocara en actos violentos en defensa de la declaración unilateral de independencia”. O la agenda intervenida a Josep María Jové, número dos de Junqueras en la Generalitat, que según el juez “evidencia” la intención de convertir la movilización ciudadana en “un elemento estratégico para la consecución de la independencia”.
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El auto insiste en justificar la prisión preventiva en la existencia de indicios de la participación de Sànchez en los delitos que se investigan, como las “múltiples convocatorias que se hicieron desde la asociación que preside para que los ciudadanos se congregaran en movilizaciones orientadas a dificultar la prohibición del referéndum o, incluso, dando pautas de cómo habrían de ocuparse los centros de votación en la madrugada del 1 de octubre para imposibilitar con ello que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado pudieran llevar a término las decisiones judiciales de impedir su celebración”.
De nada ha servido al número dos de JuntsxCat por Barcelona haber “aceptado el vigente marco constitucional, sin otra aspiración que modificarlo por vías legales, pacíficas y democráticas”. O su defensa de “la vía pacífica y democrática para lograr la independencia de Cataluña”. Ni su argumento de que “es público y notorio que nos encontramos en una situación de plena paz social, como lo demuestra el hecho de que el Ministerio del Interior haya retirado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desplegados en Cataluña”.
Llarena, que hace pocos días decidió ignorar la renuncia a su escaño de Joaquim Forn como prueba de su compromiso en contra de cualquier iniciativa contraria al ordenamiento constitucional, argumenta ahora, en referencia a Sànchez, que “no sólo no ha renunciado a una actividad pública que ha servido de instrumento para la ejecución de los hechos, sino que ha revalidado su compromiso integrándose en una candidatura que proclama el objetivo de restablecer la dinámica política que condujo a las actuaciones de las que nacen las responsabilidades que este proceso penal contempla y que desembocó en la aplicación del artículo 155 de la Constitución”. Y si en las actuaciones de Forn en el pasado veía “determinación criminal”, en las de Sànchez advierte “marcada determinación” a la hora de favorecer “un estallido social” o asumir “el riesgo de que se expandiera una irreparable reacción violenta contra la convivencia y contra la organización territorial del Estado”.