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'caso Dina'

El juez se negó desde mayo y contra el criterio de la Fiscalía a citar a Bousselham, clave para decidir sobre la revelación de secretos

Dina Bousselham dice al juez que Iglesias le entregó su tarjeta de móvil dañada y meses después de recibirla de Interviú

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón desoyó un elemento fundamental para seguir adelante con la petición de imputación del vicepresidente Pablo Iglesias por el delito de revelación de secretos: la petición reiterada de la Fiscalía Anticorrupción y de la exasesora de Podemos Dina Bousselham para que ésta le exculpara.

El delito de descubrimiento y revelación de secretos que plantea el magistrado al Tribunal Supremo es el previsto en el artículo 197.2 del Código Penal, que establece penas de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses quien, “sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado”.

El Código Penal es claro cuando destaca que la persona a la que se imputa el delito no está autorizada a apoderarse de esos archivos. Esto es, que para ser investigado ha de ser denunciado por la víctima. En el caso de Iglesias, que se quedó con la tarjeta del teléfono móvil de Bousselham durante meses tal y como él mismo ha reconocido, el requisito para atribuirle descubrimiento y revelación de secretos puede tambalearse en el momento en que su exasesora no le ha denunciado.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 retiró la condición de perjudicado a Iglesias después de que Bousselham declarara el pasado mayo en la Audiencia Nacional y reconociera que no pudo acceder al contenido de su tarjeta cuando Iglesias se la devolvió, al menos seis meses después de que el presidente del Grupo Zeta Antonio Asensio se la diera al líder de Podemos. Ella dijo en esa comparecencia que no preguntó por qué había tardado tanto, pero que tampoco le dio más importancia.

Fue ahí cuando el conocido como caso Dina dio un giro y García Castellón decidió que ya no podía considerar a Iglesias perjudicado de los hechos del robo del teléfono porque empezó a sospechar que al quedarse con el soporte podría haber cometido dos delitos: revelación de secretos y daños informáticos.

Del primero, la propia Dina Bousselham ha dirigido varios escritos al magistrado a lo largo del verano en los que le ha pedido que devolviera la condición de perjudicado a Iglesias, recordándole que ella no le ha denunciado y quitándole responsabilidad en todo este asunto, al tiempo que recordaba que el líder de Podemos es “un amigo, más allá de la relación laboral o política que hayan podido mantener estos últimos años”.

Es más, llegó a decir a García Castellón que “entiende, sin haberle pedido explicación alguna al respecto, que Iglesias le guardara la tarjeta durante un tiempo, ya que la había obtenido de forma confidencial”, y que se la devolviera después de que fuera publicada parte del contenido en medios de comunicación.

Perdón expreso

El instructor no atendió la petición de Bousselham. Tampoco las que le han dirigido en los últimos meses los fiscales del caso, Ignacio Stampa y Miguel Serrano, que consideraban pertinente que la exasesora fuera citada una vez más para seguir indagando en el procedimiento y para ver si prestaba su “perdón expreso” a Iglesias.

En aquel momento, finales de mayo, el juez justificó su decisión descartando la idoneidad de la comparecencia en el momento procesal en que se encontraba la causa y por ser una petición “imprecisa e innecesaria”. En su opinión, la Fiscalía no concretaba “respecto de qué hechos o qué infracciones” se pretendía recabar “una manifestación expresa de Dina Bousselham sobre el ejercicio de la acción penal”.

El segundo intento de Anticorrupción se produjo tras la declaración que prestó a principios de septiembre José Manuel Calvente, abogado despedido de Podemos y que ha denunciado al partido por supuestos delitos de financiación ilegal, malversación y administración desleal. El juez no tuvo tiempo para atender dicha petición, ya que sólo unos días después la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional devolvió a Iglesias la condición de perjudicado y advertía de que éste no podía ser investigado por este órgano judicial al ser aforado.

Del delito de daños informáticos, por el que también pide al Supremo la imputación de Iglesias, el instructor reconoce en su exposición razonada que no tiene pruebas de que éste dañara el dispositivo, por lo que insta a la Sala de lo Penal del alto tribunal a seguir indagando en el asunto, ya que concluye que la tarjeta se dañó cuando estaba en poder del ahora vicepresidente segundo durante meses.

Sorpresa en el tercer delito

Estos dos posibles delitos son los que hasta el momento habían sido mencionados por el juez en sus escritos de la pieza Dina durante la instrucción del procedimiento. Pero en la exposición razonada, García Castellón ha sorprendido con uno más: denuncia falsa por ampliar la denuncia inicial que puso Bousselham por el robo de su teléfono y acusando al digital Okdiario y a su director Eduardo Inda de estar detrás de una campaña contra Podemos.

En este caso, el juez entiende que si Dina Bousselham hizo capturas de pantalla, que reenvió a terceros, de mensajes que luego aparecieron publicados, como ella misma ha admitido, la fuente de los medios que sacaron esas imágenes ya no tiene por qué ser el comisario José Manuel Villarejo. Así, en su exposición razonada, García Castellón descarta completamente la posibilidad de que el expolicía fuera el filtrador, a pesar de que le fueron encontradas copias del contenido de la tarjeta del móvil, y considera que Iglesias también lo sospechaba pero aun así siguió adelante con la ampliación de denuncia.

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Al magistrado no le cabe duda de que la “única finalidad” de Iglesias era “desprestigiar al medio Okdiario” y va más allá, al señalar a Bousselham o a personas a las que ella reenvió los pantallazos como la posible fuente: “A sabiendas del origen de las imágenes publicadas, el aforado insta a los servicios jurídicos del partido a ampliar la denuncia inicial formulada por Dina Bousselham tratando de simular, falsariamente, una conexión entre las imágenes publicadas en el digital y la desaparición del teléfono”.

García Castellón no lo especifica en un principio, si bien más adelante en su escrito destaca la declaración que prestó Calvente en calidad de testigo. Una comparecencia que el juez califica de “minuciosa” y que considera el “elemento indiciario primario” con la que sustenta lo que ha definido como el “ardid” ideado supuestamente por Iglesias.

La exposición razonada en la que García Castellón pide al Supremo investigar a Iglesias ya está en el Tribunal Supremo. La Sala encargada, en la que está al frente el magistrado Manuel Marchena, ya ha nombrado instructor, Andrés Palomo, y ha encargado a Fiscalía que se pronuncie sobre su competencia para indagar y sobre si procede o no abrir causa.

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