La ultraderecha y la libertad de expresión

La jueza que se negó a retirar el cartel de Vox contra los menas archiva las soflamas antisemitas en un acto neonazi

La decisión de la Fiscalía de recurrir el archivo del caso del homenaje a la División Azul donde se lanzaron soflamas contra los judíos ha hecho aflorar un dato que no se conocía: que quien ha dictado el archivo es la jueza Carmen Rodríguez Medel. Su nombre ya saltó a los titulares hace un mes cuando, en vísperas de las elecciones autonómicas de Madrid, denegó a la Fiscalía la medida cautelar solicitada en otro caso por supuesto delito de odio: que se retirase de inmediato el cartel de Vox donde se presentaba a los menores inmigrantes que están solos en España (menas) como quienes reciben 4.700 euros mientras los jubilados solo obtienen 426.

Ahora, como recuerda el ministerio público en su recurso ante la Audiencia de Madrid, la jueza ha dado cerrojazo al caso de la División Azul "sin haber practicado diligencia de investigación alguna". Y lo ha hecho en menos de 24 horas: recibió la denuncia el 27 de abril y dictó el auto de archivo ese mismo día. Así consta en su resolución judicial, a la que ha tenido acceso infoLibre.

Un año antes, Rodríguez Medel ya se había situado en el primer plano mediático cuando, en pleno fragor de la pandemia y con el aparato judicial casi paralizado por el confinamiento, dinamizó la denuncia de un particular por la manifestación del 8 de marzo al abrir diligencias el día 25 de ese mes, recabar informes de la Guardia Civil, solicitar datos a la Comunidad de Madrid y tomar declaración como imputado al entonces delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco. El caso terminó archivado tres meses más tarde.

La negativa de Rodríguez Medel como jueza de guardia a quitar de circulación en la campaña electoral aquel afiche de Vox contra los menas que evocaba la propaganda nazi provocó una airada y extendida reacción en las redes sociales. El enorme cartel mostraba a un joven embozado que miraba retador a una anciana cabizbaja siguió así intacto porque la jueza no veía en su difusión ningún riesgo para los menas ni una incitación a odiarlos. Y así permaneció en la estación de cercanías de la Puerta del Sol. El 30 de abril otra jueza dio a la investigación un cerrojazo que Vox recibió con euforia. Las cifras utilizadas para el enorme póster electoral no eran ni son ciertas. Pero el argumento judicial fue que el partido de extrema derecha tenía derecho a ejercer su libertad de expresión. 

Ni "incitación" ni "peligro" para los judíos

El hecho de que la jueza Rodríguez Medel permitiese a Vox mantener intacto su cartel en tanto no hubiese resolución sobre el fondo del asunto se había conocido el 23 de abril. Tan solo cuatro días más tarde la titular del juzgado de instrucción 51 de Madrid recibía la nueva denuncia de la Fiscalía: esto es, la formulada también por el supuesto delito de odio detectado en un acto neonazi que  el 12 de febrero había tenido lugar en el cementerio de la Almudena.

Fue en ese acto en La Almudena donde públicamente una joven con camisa falangista, Isabel Peralta, a gritos definió a los judíos como el "enemigo" contra el que "luchó" la División Azul, la unidad militar española que a las órdenes el Ejército de Hitler participó en la Segunda Guerra Mundial. Lo que dijo Peralta fue esto: "Es nuestra suprema obligación luchar por España y luchar por una Europa ahora débil y liquidada por el enemigo. El enemigo que siempre va a ser el mismo, aunque con distintas máscaras: el judío. Porque no hay nada más certero que esta afirmación. El judío es el culpable, el judío es el culpable y la División Azul luchó por ello. Quiso librar al mundo del comunismo, de una invención judía destinada a enfrentar a los obreros y terminar con el ideal de las naciones".

La jueza invoca la jurisprudencia española sobre la libertad de expresión, que permite la exaltación del nazismo. Y entiende que de las expresiones "que se le atribuyen" a Isabel Peralta –las del párrafo anterior, que se las atribuyen exactamente los vídeos del acto– no se constata nada de lo que sigue: "que haya una incitación que suponga un peligro para los judíos en los términos exigidos jurisprudencialmente". 

Rodríguez Medel dice algo más en apoyo de sus tesis: que no hay "ningún grupo que se adhiera a la publicación del discurso anunciado que vaya a llevar a cabo acto de hostilidad alguno o que refleje que se ha incrementado su odio o menosprecio a los judíos".

La parrafada que tres párrafos más arriba aparece entre comillas como lo esencial del discurso de la ultraderechista Isabel Peralta se situó en el centro de la denuncia de la Fiscalía. Pero, como ya se ha explicado, el mismo día en que la recibió, el 27 de abril, la jueza Rodríguez Medel firmó el auto con el que daba por archivadas las diligencias. Del meteórico archivo no tuvo sin embargo conocimiento la Fiscalía hasta el 5 de mayo. Es decir, hasta el día siguiente a las elecciones madrileñas. Así lo ha confirmado también este periódico.

Lo sorprendente para la Fiscalía no es solo que la jueza diera carpetazo a la denuncia sin una sola diligencia. Su extrañeza viene también ligada a que, en el auto, Rodríguez Medel afirma taxativa que los hechos no son "constitutivos de delito". Y sin embargo, se limita a dictar un sobreseimiento provisional: esto es, el que puede revocarse si aparecen nuevas pruebas. La Fiscalía expone su incomprensión del paso dado de un modo que cabe resumir así: si los mensajes antisemitas del homenaje a la División Azul no constituyen un delito de odio, lo que debería haber hecho la magistrada es decretar el cierre definitivo. O lo que es lo mismo, libre. 

Miembro de la conservadora y mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y antigua asesora del Ministerio de Justicia en la etapa del popular Rafael Catalá, Rodríguez Medel ganó fama en 2018 con el llamado caso máster. Pero ahí, donde estaba en cuestión si la Universidad Rey Juan Carlos había repartido títulos de un determinado máster sin exigir prácticamente nada a ciertos alumnos, la clave fue la actuación del Tribunal Supremo para exonerar al actual líder del PP, Pablo Casado. El Supremo rechazó investigarle porque no veía delitos pese a los "indicios de que se ha dispensado un trato de favor al aforado". Aquello llevó a Rodríguez Medel a levantar la imputación que pesaba sobre el resto de los imputados excepto la que afectaba a Cristina Cifuentes –finalmente absuelta– y otros tres protagonistas del caso.

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