Tribunales

La jueza sienta en el banquillo a tres mandos de la Ertzaintza por la muerte del aficionado del Athletic Iñigo Cabacas

El padre de Iñigo Cabacas en un homenaje al hincha del Athletic.

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El caso de la muerte de la muerte de Iñigo Cabacas, aficionado del Athletic de Bilbao fallecido a causa de una pelota de goma lanzada por la Ertzaintza en abril de 2012, irá finalmente a juicio y se sentarán en el banquillo de los acusados tres mandos de la Ertzaintza, a quienes se les atribuye un delito de homicidio por imprudencia grave.

En un auto, con fecha del 31 de marzo y hecho público este lunes, la jueza instructora, Ana Torres, ha decretado la apertura de la fase de juicio oral y ha imputado a tres mandos de la Ertzaintza, los responsables de las furgonetas antidistubios durante el operativo policial que se desarrolló el 5 de abril en un callejón de las inmediaciones del Estadio de San Mamés con motivo del partido entre Athletic y el Schalke 04. El joven falleció cuatrodías después

de recibir el fuerte impacto en la cabeza de una pelota de goma.

En su resolución judicial, la magistrada ha sobreseído las actuaciones contra otros tres agentes, que habían sido imputados durante la instrucción, que habían efectuado disparos. Torres considera que es "absolutamente imposible" determinar "quien fue el autor material del disparo" que acabó con la vida del joven.

La decisión, contra la que cabe la interposición de recurso, llega pocos días después de que la abogada Jone Goirizelaia, que ejerce la acusación particular en representación de la familia Cabacas, solicitara al Juzgado de Instrucción número 10 de Bilbao la apertura del juicio oral contra seis ertzainas, imputados por un presunto delito de homicidio imprudente.

En el auto, la juez imputa a tres mandos que "ordenaron directamente disparar o bien, siendo el mando superior, permitieron que los agentes bajo su mando efectuasen disparos con pelotas de caucho en condiciones que infringían los más elementales principios profesionales básicos de actuación".

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Asimismo, sostiene que se infringieron las "normas elementales de prudencia profesional", ya que la distancia, desde el punto de disparo de los agentes y las personas, era "inadecuada, siendo la suficiente para causar letales resultados". También cree que la actuación, "efectuando disparos con pelotas de goma, ponía necesariamente en riesgo la seguridad de las personas congregadas en el lugar".

Del mismo, sostiene que, en el momento en que se produjo la carga de disparos con pelota, "no ocurrían circunstancias de grave riesgo que hicieran necesario el uso de pelotas". Junto a la imputación a los tres mandos de la Ertzaintza, la magistrada determina que será "responsable civil subsidiario la Administración General vasca".

Por último, ha sobreseído las actuaciones contra otros tres agentes cuya base de la imputación era exclusivamente la de haber efectuado disparos por ser "absolutamente imposible determinar quién fue el autor material del disparo" que acabó con la vida del aficionado del Athletic.

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