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Parlamentarios animalistas proponen extender el estatus jurídico de 'seres dotados de sensibilidad' a todos los animales

Parlamentarios animalistas proponen extender el estatus jurídico de 'seres dotados de sensibilidad' a todos los animales

InfoLibre

La Asociación Parlamentaria en Defensa de los Derechos de los Animales (APDDA) ha propuesto en el Congreso extender el estatus jurídico que reconoce a las mascotas como "seres vivos dotados de sensibilidad", tal y como se recoge en la proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales (en fase de tramitación en la Cámara Baja), a todos los animales.

Se trata de una de las más de treinta enmiendas que la APDDA ha trasladado a los grupos parlamentarios de cara al futuro debate de esta propuesta legislativa, en las que, además, ha participado la asociación INTERcids-Operadores Jurídicos por los Animales, que agrupa a jueces, fiscales, abogados, procuradores, médicos forenses y fuerzas de seguridad.

Como principales iniciativas para "mejorar" la proposición de Ley, la asociación plantea una nueva definición de "animal de compañía", con la intención de uniformizar un término que en la actualidad presenta una absoluta disparidad y discrepancia normativa y jurisprudencial.

Además, llaman a regular las cláusulas testamentarias relativas a los animales de compañía, para garantizar su destino en condiciones de protección y bienestar, y se hacen precisiones sobre el daño o sufrimiento moral por la pérdida o el daño causado a una mascota, así como sobre la recuperación por parte de quien haya abonado los gastos de curación o de otra índole de un animal, con independencia de su cuantía.

En otro ámbito distinto, se proponen enmiendas para evitar que la resolución de la venta de animales quede sujeta a la devolución o sustitución del animal.

Asimismo, la APDDA propone extender la intervención en la custodia y salvaguarda de animales --además de en los casos de pérdida o abandono ya previstos-- a los casos de desamparo en situaciones de emergencia, tales como accidentes de tráfico, catástrofes naturales, incendios en domicilios, violencia de género, desahucios, acumuladores (síndrome de Noé), muerte o enfermedad de personas que vivan solas o tengan que ingresar en un hospital, residencia geriátrica o prisión, o precinto de naves industriales.

Incluir a animales de producción y recreo

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Otra novedad es la inclusión de enmiendas al texto que reconocen las repercusiones en el ámbito civil del vínculo existente entre los malos tratos a animales y la violencia doméstica y de género y el maltrato infantil, para una mejor protección de las víctimas en estos casos.

El objetivo de estas enmiendas, según ha explicado la APDDA, es "que el nuevo régimen jurídico de los animales no quede reducido en la práctica a los animales de compañía". Por eso, incluye expresamente menciones a la protección de las leyes especiales que afectan a los animales de producción y de recreo, que también son seres vivos dotados de sensibilidad, como va a establecer el artículo 333, a partir de la presente reforma.

En esta misma línea, se enmiendan también la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, ofreciendo dos alternativas a los grupos parlamentarios: una opción es impedir tanto la hipoteca como la embargabilidad de todos los animales; y otra, garantizar, al menos, el bienestar de los animales de producción o recreo que sí podrían hipotecarse y negar, en todo caso, su subasta para liquidar sociedades de gananciales o disolver comunidades de bienes.

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