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Futuro de la monarquía

Pedraz considera que el rey es inviolable hasta que las Cortes aprueben su abdicación

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz considera que el rey Juan Carlos sigue siendo inviolable hasta que las Cortes Generales aprueben la ley orgánica que regule su abdicación de la Corona y, por ello, su situación "institucional y procesal" sigue manteniéndose igual.

Así lo expone el magistrado en una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que rechaza la ampliación de la querella que interpuso el partido Soberanía contra el monarca, el expresidente del Gobierno Felipe González, el exdiputado socialista Enrique Múgica y del antiguo político del PCE Ramón Tamames en la denominada 'trama civil' del 23-F. 

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 reproduce los argumentos que esgrimió para rechazar en un primer momento esta acción judicial, entre los que citaba la inexistencia de indicios delictivosy la prescripción del delito de rebelión que se atribuía. "En lo que se refiere a la inviolabilidad de la figura del Rey, hasta que las Cortes Generales no aprueben la Ley Orgánica que regule la abdicación del Rey Juan Carlos I, su situación institucional y procesal no se ha modificado", añade.

El abogado querellante José Luis Mazón ha recurrido esta decisión ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y ha adjuntado el facsímil en el que el rey Juan Carlos comunicaba su decisión de abdicar de la Corona. Añade que la inmunidad de los actos del Rey no alcanza a la "presunta colaboración" en esta trama y se sustenta en el libro de la escritora Pilar Urbano La gran desmemoria.

Rechazo de la querella

Un abogado se querella contra el rey al considerar que ya no le ampara la “inviolabilidad”

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El magistrado Santiago Pedraz rechazó a principios de mayo esta querella al negar que los hechos recogidos en el libro fueran constitutivos de un delito de rebelión y recordó que la figura del Rey es "inviolable y no está sujeta a responsabilidad". Apuntó que la Constitución "prohíbe inexcusablemente que pueda ser llamado por un juez, ni para declarar ni para ser juzgado".

En relación con el exjefe del Ejecutivo, su auto señaló que "no se aprecia ningún elemento objetivo ni subjetivo en los hechos juzgados que permitan inferir su participación" en la trama golpista, a lo que añadió "la prescripción del delito a una presunta responsabilidad en el conocimiento de los hechos que se le pretende atribuir".

La Fiscalía pidió el rechazo "de plano" de la querella destacando su "inconsistencia y falta de entidad jurídica" así como el hecho de que el 23-F fue juzgado y que los supuestos delitos que se pretenden ahora investigar estarían prescritos al haber transcurrido "más de 20 años desde que acaecieron". La querella sostenía, a partir de lo publicado por Pilar Urbano, que el juicio del 23-F fue "cerrado en falso" y constituyó "una gran estafa al conjunto del pueblo español", ya que existió una trama civil "desapercibida" e "impune" que estaba formada por "personajes muy importantes del régimen bipartidista".

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