El CGPJ, Transparencia Internacional y la ONU consideran corrupción el delito que pende sobre Albiol
El principal partido de la oposición rechaza, por el momento, adoptar medidas contra Xavier García Albiol tras su procesamiento en el denominado caso antenas. A pesar de lo que marcan sus estatutos, el PP se ha negado en las últimas horas a abrir un expediente disciplinario contra el candidato del PP en Badalona y miembro del comité de campaña de los conservadores para el 28M por su presunta prevaricación en el proceso de instalación de antenas de telefonía cuando era alcalde de la ciudad catalana. Para la formación que dirige Alberto Núñez Feijóo, los hechos que se encuentran bajo la lupa de la justicia y los delitos que se le imputan no pueden tener encaje dentro del concepto corrupción. Una interpretación que, sin embargo, choca frontalmente con la que hace el propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre esta lacra.
Los estatutos de la formación conservadora definen como infracción muy grave "incurrir en cualquier forma de corrupción en el ejercicio de cargos públicos". Y resaltan que "desde el momento en que se tenga conocimiento de la existencia de una imputación a un afiliado" por haber podido incurrir "en cualquier forma de corrupción" se le deberá abrir "un expediente informativo", el cual se transformará en "expediente disciplinario" cuando "se produzca el señalamiento del juicio oral del procedimiento judicial correspondiente". "La resolución de dicho expediente disciplinario tendrá lugar cuando se dicte sentencia o, en su caso, auto de sobreseimiento que ponga fin al procedimiento judicial", completa la normativa interna del partido conservador.
El PP siguió al pie de la letra sus estatutos en el caso del exdiputado Alberto Casero, contra quien el Supremo acordó proceder a comienzos de marzo por cinco contratos que firmó cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) sin sujetarse a los procedimientos administrativos legalmente establecidos. Al parlamentario, a quien se imputan los delitos de prevaricación administrativa y malversación, se le abrió un expediente informativo poco después de que el Alto Tribunal iniciase la causa en su contra. Un paso que la formación conservadora rechaza dar ahora con García Albiol. "No estamos ante un caso de corrupción", se encargó de señalar este jueves la secretaria general del PP, Cuca Gamarra, en declaraciones a Onda Cero.
La corrupción política no es, como tal, un delito concreto contemplado en el Código Penal español. Ahora bien, el propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de gobierno de los jueces, recoge una serie de tipos penales que considera relacionados con esta lacra. Entre ellos se encuentra la malversación, el cohecho, el tráfico de influencias o la infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Pero no solo eso. También incluye en su lista la prevaricación de funcionarios públicos –recogida en los artículos 404, 405 y 408 del Código Penal– o los delitos contra la ordenación del territorio, urbanismo y patrimonio histórico –en concreto, los comprendidos en los artículos 320 y 322 del Código Penal–.
Al candidato del PP al Ayuntamiento de Badalona se le imputan, justamente, algunos de estos tipos penales. En concreto, el auto de apertura de juicio oral le atribuye un delito continuado de prevaricación de funcionarios públicos del artículo 404 y otro de prevaricación urbanística del artículo 320. A estos, además, hay que añadir un tercer delito continuado de prevaricación ambiental, un tipo, este sí, que no se recoge en la lista con la que el Consejo General del Poder Judicial mantiene actualizada su base de datos sobre procesos relacionados con la corrupción en España. Por todo ello, la Fiscalía solicita para Xavier García Albiol una pena de dos años y diez meses de cárcel y el pago de una multa de 9.500 euros.
El abuso de funciones de la ONU
Transparencia Internacional también relaciona en sus trabajos este tipo penal con dicha lacra. Sólo hay que echar un vistazo al Informe sobre el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU por parte de España: 30 recomendaciones para luchar contra la corrupción. En este documento, elaborado durante la primavera de 2018, la organización recomendaba a las autoridades nacionales "revisar las penas de los delitos asociados a la corrupción" e incrementar sus plazos de prescripción. En concreto, los del cohecho, tráfico de influencias, malversación y... prevaricación.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, firmada por España en 2005 y ratificada un año después, pone el foco sobre una serie de conductas muy concretas. Así, recoge los sobornos a funcionarios, el blanqueo de capitales, la obstrucción a la justicia, el enriquecimiento ilícito, la malversación o el tráfico de influencias. Pero también incluye en el amplio abanico relativo a la corrupción lo que denomina como "abuso de funciones": "La realización u omisión de un acto, en violación de la ley, por parte de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener un beneficio indebido para sí mismo o para otra persona o entidad".
Esta última conducta no aparece tipificada como tal en el ordenamiento jurídico español. Ahora bien, puede encajar perfectamente en el primero de los delitos que ahora se atribuyen al miembro del comité de campaña de la formación conservadora para las elecciones municipales y autonómicas del próximo 28 de mayo. Así consta en un informe elaborado por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc) en el que se examinaba la aplicación por parte de España de la convención anticorrupción. "Esta conducta se recoge en varias partes del Código Penal: en primer lugar este comportamiento puede constituir el delito de prevaricación del artículo 404 CP", señalaba el documento.
Antenas sin licencia
Los hechos que acorralan a García Albiol se remontan a 2012. En aquel año, Vodafone y Movistar instalaron con el beneplácito del entonces consejero delegado de una empresa municipal estaciones de telefonía móvil en una finca en la que se ubicaban las dependencias de la Guardia Urbana. El problema es que, según la legislación de entonces, esa instalación precisaba de la preceptiva licencia urbanística y requería de la tramitación de un expediente patrimonial.
El PP no toma medidas contra Albiol después de que el juez le envíe a juicio por presunta prevaricación
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Sin embargo, según señala el juez instructor en su auto, durante el procedimiento "ha quedado acreditado" que "ninguno de estos trámites tuvo nunca lugar". Ni constan "solicitudes formales" ni tampoco que se incoase "expediente administrativo". "Ni de tipo urbanístico, ni de tipo medioambiental, ni de tipo tributario alguno", recoge la resolución de apertura de juicio oral.
Ambas instalaciones móviles funcionaron de forma ininterrumpida hasta 2018. Durante ese tiempo, se produjeron numerosas quejas de los agentes de la Guardia Urbana directamente afectados, las cuales se vehiculizaron fundamentalmente a través del sindicato policial SFP. Demandas que los representantes del mismo llegaron a elevar al propio García Albiol, entonces alcalde del municipio. Sin embargo, señala el juez instructor, "no consta" que el dirigente conservador "realizase gestión alguna, aun informal, en relación a las solicitudes de información y retirada de las antenas de telefonía.
Entonces, recoge el auto, García Albiol tenía la competencia para otorgar licencias de obras, ambientales, incoar expedientes de disciplina urbanística o abrir y resolver expedientes sancionadores por infracción de la normativa ambiental. "No consta que el referido alcalde, en relación a los hechos investigados, ejerciera formalmente cualquiera de las competencias antes señaladas, esto es, ex ante, con la concesión de licencia alguna, o ex post, con la incoación de expediente alguno de disciplina urbanística o medioambiental", completa la resolución. Tras conocerse la decisión del juez, el candidato del PP en Badalona ha defendido su inocencia y a deslizado que "no es casualidad" que el caso se haya activado a dos meses de los comicios.