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'Tamayazo 2.0': el PP incumple en Murcia el pacto antitransfuguismo, un papel mojado que no prevé sanciones

El presidente de la Comunidad de Murcia Fernando López Miras (d), la vicepresidenta Isabel Franco y la diputada de ciudadanos Valle Miguelez.

Fernando Varela

El Partido Popular, como el PSOE y otros partidos políticos, se comprometió en 1998 a “impedir la utilización de tránsfugas para constituir, mantener o cambiar las mayorías de Gobierno de las instituciones públicas” y a “desincentivar el transfuguismo político a través de la adopción de medidas disuasorias de carácter económico, reglamentario y protocolario”.

Exactamente lo contrario de lo que acaba de hacer en Murcia el partido de Pablo Casado y de Teodoro García Egea —natural precisamente de la región— para evitar que una moción de censura patrocinada por PSOE y Ciudadanos pusiese fin a 26 años de gobierno ininterrumpido del PPmoción de censura. Porque los tres diputados que el miércoles firmaron la moción acaban de romper la disciplina de su partido desdiciéndose del documento que ellos mismos firmaron y, por si quedaba alguna duda, ya han sido expulsados de la formación naranja. La reorganización del Gobierno regional que acaba de decretar el presidente regional, premiando a los tránsfugas con consejerías ejecutivas, está en las antípodas del compromiso suscrito por el partido de Pablo Casado de no incentivar el transfuguismo.

El pacto contra los tránsfugas, firmado el 7 de julio de 1998 y ampliado hace apenas unos meses para extenderlo de las corporaciones locales a los ámbitos estatal y autonómico, también con el visto bueno del PP, nació para poner freno a las prácticas corruptas que tratan de pasar por encima de la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas fichando representantes de partidos rivales para apuntalar mayorías o forzar cambios de gobierno.

No tiene rango de ley y de su incumplimiento no cabe otra consecuencia que un reproche moral para intentar frenar un fenómeno bien conocido en España cuyo ejemplo más conocido tuvo lugar en junio de 2003 cuando dos diputados electos del PSOE en la Asamblea de la Comunidad de Madrid traicionaron a su grupo para forzar la repetición de elecciones. Aquel suceso, conocido desde entonces como el tamayazo —uno de los parlamentarios se llamaba Eduardo Tamayo—, acabó facilitando una victoria electoral del PP de Esperanza Aguirre.

El pacto antitransfuguismo es una consecuencia directa de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que en su momento estableció que aunque los diputados y los concejales son elegidos en España en listas cerradas presentadas por los partidos políticos, no pueden ser removidos de sus escaños.

Las consecuencias de la “práctica reiterada” del transfuguismo, sostiene el acuerdo  firmado firmado en su día por el PP, “cuando sus efectos suponen la alteración de la representación política durante la misma legislatura, cambiando la orientación de la relación de fuerzas surgida de las urnas, no sólo son perjudiciales para la gobernabilidad, sino que deterioran los fundamentos del sistema político, propiciando disfunciones y comportamientos que pueden instalarse de forma endémica en nuestra vida pública”.

El acuerdo original lo impulsó en su momento Mariano Rajoy siendo ministro de Administraciones Públicas y lo firmaron los representantes del PP, PSOE, Izquierda Unida, Convergència, PNV. Coalición Canaria, BNG y ERC entre otras formaciones.

La renovación del documento en el año 2000 reconocía que, dos años después de su firma, se podía “constatar una significativa reducción del transfuguismo debida esencialmente, sin duda, a la constancia de los esfuerzos realizados por los partidos políticos para ser consecuentes con el compromiso asumido, y a la creciente condena y estigmatización social de tales conductas”. “El transfuguismo supone, desde una perspectiva política y ética, una deslealtad tanto hacia las fuerzas políticas que depositaron su confianza en personas que, posteriormente, acreditan no ser merecedoras de ella, como hacia los electores, que emiten su voto desde la constatación evidente de tal inclusión”.

La definición de tránsfuga

El pacto se amplió en dos ocasiones. La primera en 2006, estableciendo por primera vez una definición de tránsfuga en el ámbito local que la addenda de 2020 hizo extensible a las instituciones autonómicas y que encaja como un guante en el comportamiento de los tres diputados del grupo murciano de Cs que este viernes decidieron romper con el grupo por el que obtuvieron el acta. Una definición que hoy dice lo siguiente: “Se entiende por tránsfugas a los y las representantes locales, autonómicos y estatales que, traicionando al sujeto político (partidos políticos, coaliciones o agrupaciones de electores) que los y las presentó a las correspondientes elecciones, hayan abandonado el mismo, hayan sido expulsados o se aparten del criterio fijado por sus órganos competentes”.

“Se considerará tránsfuga asimismo la persona electa por una candidatura promovida por una coalición, si abandona, se separa de la disciplina o es expulsada del partido político coaligado que propuso su incorporación en la candidatura, aunque recale en otro partido o espacio de la coalición, sin el consentimiento o tolerancia del partido que originariamente lo propuso”.

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Si existen dudas, “será el sujeto político que los ha presentado y/o el partido que los y las propuso” para el puesto “quien aclarará por escrito quienes han abandonado la formación, han sido expulsados o se han apartado de su disciplina, a efectos de su calificación como tránsfugas”.

La segunda addenda del pacto, aprobada hace 14 años, establecía además que las medidas de castigo contra los tránsfugas deben extenderse “a aquellos que se beneficien de su conducta”, en este caso el PP de Fernando López Miras. Y fijaba una limitación muy relevante para el caso de Murcia: “Los partidos políticos se comprometen a no aceptar en sus equipos de Gobierno municipal [o autonómico, a partir de 2020] a miembros de la Corporación [o del Parlamento autonómico] que se hayan convertido en tránsfugas con respecto a sus grupos de procedencia, y rechazan la posibilidad de que por parte del Alcalde [o del presidente autonómico] se efectúe cualquier nombramiento político que implique atribuciones de gobierno o delegación genérica o especial de las mismas, con los consiguientes derechos políticos y económicos, en favor de los tránsfugas”.

La extensión del acuerdo de 2020, firmada hace apenas unos meses, incluyó el compromiso de todos los partidos de reforzar “el criterio de que la persona tránsfuga no reciba privilegios ni premios por quebrar la voluntad popular”.

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