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El TC estudia la fórmula para frenar una rebelión de tribunales ordinarios que deslegitime su autoridad

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante la atención a los medios de comunicación. A 18 de marzo de 2025, en Cádiz (Andalucía, España).

Primero fue la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo avisando a los magistrados del Tribunal Constitucional de que no tenían "carta blanca" y que sus sentencias y autos podían ser revisados en caso de que se presentaran querellas contra ellos por prevaricación judicial. Cuando el alto tribunal abandonó esa vía admitiendo que está expresamente vedada por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), la rebelión saltó a la sección primera de la Audiencia de Sevilla. A sus magistrados, autores de la sentencia de los ERE contra los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán (PSOE), no les gustó que el órgano de garantías, en ejercicio de sus competencias y como máximo intérprete de la Constitución, les obligara a rebajar sus condenas contra esos y otros ex altos cargos socialistas andaluces y han decidido presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En el Constitucional creen que esa vía puede vaciar de autoridad la institución que, en los próximos meses, tendrá la última palabra sobre la ley de amnistía. Su presidente, Cándido Conde-Pumpido, ha propuesto a sus miembros buscar una fórmula para frenar la maniobra.

Las sentencias del tribunal de garantías no siempre han sido pacíficas y muchas de las que desestiman el amparo a los ciudadanos en la protección de sus derechos fundamentales son recurridas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dependiente del Consejo de Europa. Pero en sus 45 años de historia, su autoridad en materia de garantías constitucionales ha sido plenamente aceptada por los juzgados y tribunales ordinarios, que han acatado sus sentencias y aplicado su doctrina a los casos que cada día les toca resolver. Sin embargo, en el espacio de pocos meses, varios de sus miembros han advertido de maniobras desde la justicia ordinaria para socavar esa autoridad. La última, la de la Audiencia de Sevilla que, a petición del PP —que actúa como acusación popular en el caso de los ERE— ha planteado a las partes su intención de presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE y solicitar al tribunal del Luxemburgo que le permita saltarse las sentencias del Constitucional. Varios de sus miembros ven en esa decisión una puerta abierta a que cualquier juez o tribunal, hasta los de menor rango, se nieguen a acatar sus sentencias y provoquen su inaplicación durante años, hasta que Luxemburgo se pronuncie.

El presidente del órgano de garantías, el progresista Cándido Conde-Pumpido, lo planteó este martes en el Pleno. Conde-Pumpido, junto con otros magistrados de la misma sensibilidad, expresaron la necesidad de abrir un período de reflexión en el tribunal que permita buscar una fórmula para evitar un cuestionamiento generalizado de sus sentencias desde los juzgados y tribunales ordinarios. El artículo 4.1 de la LOTC le permite anular cualquier decisión que cuestione su autoridad. "En ningún caso se podrá promover cuestión de jurisdicción o competencia al Tribunal Constitucional", dice el precepto, que añade: "El Tribunal Constitucional delimitará el ámbito de su jurisdicción y adoptará cuantas medidas sean necesarias para preservarla, incluyendo la declaración de nulidad de aquellos actos o resoluciones que la menoscaben".

El Constitucional también puede declarar nula cualquier resolución, disposición o acto que obstaculice o impida la ejecución de sus sentencias. "El Tribunal Constitucional velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones. Podrá disponer en la sentencia, o en la resolución, o en actos posteriores, quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución", recoge el artículo 92.1 de la LOTC. "Podrá también declarar la nulidad de cualesquiera resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de éstas", añade. Uno de los efectos de la decisión de la Audiencia de Sevilla es paralizar durante varios años la ejecución de la sentencia del TC que le obligó a rebajar las penas a varios cargos políticos en el caso de los ERE.

En sus últimos discursos institucionales, el presidente del Constitucional ha venido recalcando la posibilidad de recurrir a este último precepto que recientemente ha sido avalado por el TEDH. En el que pronunció durante la celebración del Día de la Mujer, Conde-Pumpido recordó una sentencia del tribunal de Estrasburgo de 27 de febrero que "ratifica, por unanimidad, la sujeción de todos los poderes públicos a la supremacía de la Constitución Española y a las decisiones de este Tribunal [Constitucional]". Se trata del caso en el que el órgano de garantías ejerció la potestad de ejecutar él mismo sus sentencias ante la negativa del Parlamento catalán de acatar sus resoluciones sobre el proceso independentista. "El Tribunal de Estrasburgo constata (...) que el Tribunal Constitucional se había limitado a ejercer sus competencias para imponer sus decisiones en circunstancias extremas, aplicando las facultades que le atribuye la propia Constitución y el art 92 de su Ley Orgánica", afirmó Conde-Pumpido ante los asistentes.

El período de reflexión propuesto este martes por el presidente busca encontrar una fórmula para reafirmar la autoridad del Constitucional sin tener que adoptar medidas tan drásticas como las que se tomaron durante el procés. La idea es pedir uno o varios informes técnicos a los letrados del Tribunal para estudiar cuál podría ser el mecanismo utilizado para cortar de raíz el conato de rebelión y buscar el máximo consenso posible entre los magistrados. La propuesta, sin embargo, ha sido rechazada de forma muy beligerante por la parte de los miembros del sector minoritario y conservador del tribunal, encabezados por el exvocal del Poder Judicial José María Macías, que consideran que con la iniciativa se pretende vetar a los jueces de la posibilidad de elevar cuestiones al TJUE en cualquier fase del procedimiento. Desde el sector progresista consideran que esa posición es desleal con el tribunal y sus resoluciones.

Además de la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia de Sevilla, los magistrados de la sala primera del tribunal han comprobado cómo la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid también se niega a cumplir reiteradamente la doctrina del Constitucional, en este caso, sobre procedimientos de arbitraje. El Constitucional ha tenido que corregir hasta en cuatro ocasiones -con el voto unánime de sus conservadores y progresistas- el criterio aplicado por el tribunal superior madrileño. En la última, el TSJ también ha planteado una cuestión prejudicial en Luxemburgo para intentar que este corrija al máximo intérprete de la Constitución. "Tenemos que hacer algo para frenar esto porque nos vamos a encontrar con que cualquier juez va a poder por esta vía desobedecer las resoluciones del tribunal", avisan fuentes de la institución.

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