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Las actividades del tesorero de Cs

El tesorero de Ciudadanos dejó sin pagar 53.000 euros a los que fue condenada su empresa por incumplir un contrato

Encabezado de la sentencia del Juzgado de Mataró que condena a la empresa del tesorero de Cs.

Pagar las deudas no parece una prioridad para el tesorero de Ciudadanos, Carlos Cuadrado. Eso se deduce al menos de lo ocurrido con una sentencia firme de los Juzgados de Mataró (Barcelona) que condenó a su empresa, Damei Europe, al pago de 53.316,2 euros por incumplimiento de contrato. Cuadrado intentó primero una maniobra judicial para no abonar la deuda y, cuando la Audiencia Provincial de Barcelona la impidió, logró un aliado inesperado: la sociedad a la que debía el dinero entró en quiebra y el administrador concursal no le exigió que pagase. Así que Cuadrado dejó transcurrir el tiempo hasta que el tema prescribió. Y asunto resuelto.

A preguntas de infoLibre, que tiene en su poder las dos resoluciones judiciales, Carlos Cuadrado admitió los hechos en estos términos: “Es verdad que la sentencia de la vía civil devino firme, pero la empresa que nos demandó entró en concurso, y el administrador concursal nunca nos reclamó el pago. Ese es el motivo por el que Damei no abonó la cantidad que figura en la sentencia. Y esa acción ya ha prescrito”.

Carlos Cuadrado, persona de la máxima confianza de Albert Rivera, es el responsable de las finanzas de Ciudadanos desde el congreso fundacional del partido en julio de 2006. Durante los dos últimos meses, este periódico ha ido desvelando toda una serie de actuaciones irregulares de Cuadrado: desde que mintió durante una comparecencia en una comisión de investigación en el Senado, ocultando problemas judiciales que él y su empresa tenían en Brasil, hasta que las últimas cuentas presentadas por su compañía en el Registro Mercantil de Barcelona contienen múltiples falsedades. Y otras que, sin ser aparentemente irregulares, son ciertamente llamativas, como que Ciudadanos camufló pagos a su tesorero durante la precampaña de las elecciones generales de 2015 a través de la empresa Damei Europe, que en realidad se dedica a la fabricación y comercialización de máquinas para el sector textil.

  Explicaciones rocambolescas al juez

Carlos Cuadrado es administrador único y dueño del 99% del capital de Damei Europe, compañía que fundó en el año 2000 y que en la actualidad tiene una facturación que supera los 1,5 millones de euros anuales. Pues bien, el 30 de marzo de 2006, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Mataró condenó a Damei Europe al pago de 53.316 euros más los intereses legales por incumplir el contrato que había firmado con una sociedad denominada Desarrollos Industriales del Láser. Los hechos fueron los siguientes.

El 30 de noviembre de 2004, Damei Europe firmó un contrato para la adquisición de una potente máquina industrial. Transfirió 13.000 euros como pago a cuenta a la sociedad vendedora, Desarrollos Industriales del Láser, y le entregó un pagaré con vencimiento en mayo de 2005 por los restantes 43.645 euros que costaba (a ellos habría que añadir algo más de 10.000 euros de IVA, entonces situado en el 18% para estas operaciones). Pero, llegado el momento, la compañía vendedora no pudo cobrar el pagaré así que decidió llevar a Damei Europe a los tribunales.

Carlos Cuadrado utilizó un argumento rocambolesco que el juez no se creyó: que ambas empresas no habían firmado un contrato de compraventa, sino un contrato comercial por el que Damei Europe se comprometía a vender la máquina, y que el pagaré de 43.645 euros lo había entregado no como un pago, “sino para el supuesto de que a dicha fecha la máquina ya estuviese vendida; si lo estaba podría cobrarse, pero si no lo estaba no”.

En la sentencia, el juez desmonta en tono casi burlesco el razonamiento de Cuadrado: “Lo cierto es que si el pagaré se entregaba condicionado a que la máquina se vendiera, ningún sentido tiene su entrega. La actora [Desarrollos Industriales del Láser] ningún beneficio obtenía con tener un pagaré que no podía cobrar, mas que si la máquina se vendía; y dado que de venderse la máquina sería el comprador final el que abonaría el precio, el pagaré era inútil total […] Simplemente pretende hacerse creer que se entregó porque sí, pero para no ser cobrado ni utilizado”. [Puedes consultar aquí la sentencia íntegra]

En definitiva, el juez condenó a la empresa de Cuadrado a abonar los 53.316 euros que reclamaba Desarrollos Industriales del Láser –la cantidad equivalía al importe de la compraventa, IVA incluido, menos lo pagado a cuenta– y a pagar las costas del proceso judicial. Por cierto que el juez era José Antonio Vázquez Taín, quien años antes había trabajado en Galicia, donde se hizo famoso por su lucha contra el narcotráfico. En una de sus operaciones detuvo a Marcial Dorado y durante un registro de la causa aparecieron las fotos del narcotraficante con el actual presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo.

  Cuadrado no paga

Carlos Cuadrado no recurrió la sentencia, que devino firme, pero tampoco la cumplió. Simplemente, no pagó la deuda. Así que obligó a Desarrollos Industriales del Láser a volver al Juzgado para reclamar la ejecución de sentencia. Y entonces Cuadrado puso en marcha una maniobra judicial para aplazar el abono de los 53.316 euros. Presentó una querella contra el dueño de Desarrollos Industriales del Láser, denunciando que estaba siendo víctima de un intento de apropiación indebida, y solicitó a los Juzgados de Mataró que suspendiesen la ejecución por la denominada "prejudicialidad penal". Es decir, pidió que se esperase a la resolución del pleito en vía penal antes de obligarle a pagar la condena firme en vía civil.

El Juzgado 5 de Mataró aceptó la petición de Damei Europe, mediante un auto dictado el 25 de octubre de 2006. Entonces, Desarrollos Industriales del Láser recurrió ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que resolvió en contra de la empresa de Cuadrado. En un auto dictado el 12 de noviembre de 2007, la Audiencia argumenta que la parte vendedora [Desarrollos Industriales del Láser] había cumplido todas sus obligaciones, "cuestión que ya fue resuelta, con autoridad de cosa juzgada, en la sentencia que constituye el título de ejecución, no pudiendo el Juzgado, en el proceso de ejecución, ignorar lo que ya ha sido resuelto en la sentencia". Por tanto, revoca el auto del Juzgado 5 de Mataró y ordena que se ejecute la sentencia.

En ese momento, noviembre de 2007, Cuadrado tenía una sentencia firme que le condenaba a pagar y una maniobra judicial para impedirlo que había fracasado. ¿Decidió que había llegado el momento de pagar la deuda? La respuesta vuelve a ser "no". Resulta que Desarrollos Industriales del Láser se había declarado en quiebra en julio de 2006, su dueño había sido apartado de la dirección y se había nombrado a un administrador concursal, que puso en marcha el procedimiento para liquidar la compañía. Su obligación, lógicamente, era reclamar todo el dinero que le debieran a la empresa. Sin embargo, y a pesar de tener dos resoluciones judiciales a su favor, no exigió a Cuadrado que le abonase los 53.316 euros, más los intereses, que debía entregarle Damei Europe. ¿Por qué no lo hizo? Es un misterio sin aclarar. Lo único que asegura Cuadrado es que "el administrador concursal nunca reclamó" el pago de la deuda.

El tesorero de Ciudadanos, en las respuestas a las preguntas de infoLibre, también destacó que la deuda "ya ha prescrito". El plazo común de prescripción de deudas a partir de octubre de 2015 es de solamente cinco años (antes eran 15). Pero es que, en este caso, lo que ya no existe es el acreedor. Efectivamente, el 8 de febrero de 2010, se publicó la extinción de la sociedad Desarrollos Industriales del Láser. Así que la estrategia de Cuadrado ha resultado ser efectiva, al menos desde el punto de vista de su interés económico personal, que no desde la óptica del interés general de que las sentencias se cumplan.

¿Y qué ocurrió con la querella que Cuadrado puso contra el propietario de Desarrollos Industriales del Láser acusándolo de apropiación indebida? Pues que se ha archivado, después de que se suspendiesen diversas actuaciones –entre otras un juicio oral previsto para enero de 2016–, a las que no se presentó... el propio Cuadrado. Y tampoco apoderó a nadie para que actuase en representación de Damei Europe.

  LAS ACTIVIDADES DEL TESORERO

Este periódico ha desvelado, durante los dos últimos meses, diversas actuaciones presuntamente irregulares de Carlos Cuadrado.

Cuadrado compagina desde hace once años los cargos de tesorero de Ciudadanos y de administrador único de la empresa Damei Europe. En 2015, llegó a usar la compañía para cobrar de Cs una cuantía cuyo importe se niega a desvelar. Pues bien, según documentos oficiales consultados por infoLibre, Cuadrado lleva años presentando en el Registro Mercantil de Barcelona unas cuentas de su empresa que contienen múltiples falsedades.

Las irregularidades más graves detectadas por este periódico corresponden a 2016, las últimas presentadas en el Registro Mercantil, cuando Cuadrado ocultó la compra de un local industrial valorado en medio millón de euros y también omitió la firma de una hipoteca con Bankia por importe de 380.000 euros. Además, al menos durante los años 2011, 2012, 2013 y 2014, Cuadrado declaró falsamente en la documentación pública de Damei Europe que no había percibido ninguna remuneración por su cargo de administrador único.

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Además, Cuadrado tiene otro frente abierto por sus actividades en Brasil, donde su empresa Damei Europe tiene una filial.

El 13 de julio de 2017, Cuadrado compareció ante la comisión de investigación sobre la financiación de partidos del Senado. Al ser preguntado por el senador del PP Luis Aznar si tenía procedimientos judiciales pendientes “en España o fuera de España", Carlos Cuadrado fue tajante: “No tengo ninguno”, aseguró. Pero no era verdad.Pero no era verdad En aquella fecha, de acuerdo con los documentos oficiales a los que tuvo acceso infoLibre, Cuadrado figuraba como parte demandada en al menos tres procedimientos judiciales en el Estado de São Paulo (Brasil). Dos procesos judiciales se dirigían directamente contra Cuadrado y el tercero contra la compañía Square Brasil Comércio Importação e Exportação de Máquinas Ltda., que es la filial brasileña de Damei Europe.

Mentir en una comisión de investigación parlamentaria está castigado como delito en el Código Penal español. En concreto, el artículo 502.3 señala lo siguiente: “El que convocado ante una comisión parlamentaria de investigación faltare a la verdad en su testimonio será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses”.

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