Partidos políticos
Tribunal de Cuentas destapa a los partidos casi un millón de euros de gastos de campaña no electorales o no permitidos
El Tribunal de Cuentas, en su examen de la contabilidad de los partidos en la campaña de las generales de noviembre de 2019, ha destapado casi un millón de euros de gastos que no tenían la consideración de electoral o que directamente no debieron de haberse hecho.
Así se recoge en el informe sobre los comicios del 10N, que fue aprobado la semana pasada por la institución que preside María José de la Fuente y que acaba de remitirse a las Cortes.
En su contenido, al que ha tenido acceso Europa Press, se señala que para esa campaña electoral las formaciones políticas declararon recursos por un total de 48,99 millones de euros, de los que 21,52 millones procedieron de créditos bancarios, 13,56 millones de adelantos de subvenciones públicas, otros 13,86 millones de aportaciones de los partidos y sólo 38.300,50 euros procedían de aportaciones privadas.
Eso sí, el Tribunal de Cuentas sólo considera como gastos electorales justificados un total de 48,93 millones de euros, de los que 23,62 millones corresponden a operaciones electorales ordinarias y los otros 25,31 millones al envío de propaganda electoral.
Por contra, se han detectado gastos por importe de 531.911,84 euros que no tienen naturaleza electoral, así como 381.706,40 euros que se consideran no permitidos por la ley electoral, otros 5.782,23 euros realizados fuera del plazo legal establecido y 11.645,54 euros con justificación insuficiente.
Todo estos gastos, que suman 931.046 euros, no han sido admitidos por el Tribunal como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales, aun cuando los gastos con justificación insuficiente o no justificados y los gastos no permitidos se han tenido en cuenta a efectos de computar el cumplimiento del límite máximo de gastos del proceso. Asimismo, se han identificado gastos electorales de cuyo pago no se tiene constancia en una formación política, por 4.946,19 euros.
Conviene precisar la ley
Así las cosas, la institución recomienda al Legislativo especificar las categorías de los gastos electorales contemplados en la LOREG, así como las imputables a la subvención de los gastos electorales por el envío directo y personal de sobres y papeletas o de propaganda electoral.
Además, ve oportuno evaluar la necesidad de adecuar los límites de gastos en publicidad exterior y de publicidad en medios privados a los nuevos soportes de publicidad existentes (prensa digital y otros usos en Internet) para precisar cuáles se incluyen a efectos de comprobar la limitación legal establecida.
Ninguna formación ha incumplido el techo de gasto de campaña, pero el Tribunal vuelve a recomendar que ese límite se vincule con el número de electores y no con el número de habitantes de la circunscripción como se viene haciendo.
Respecto a las operaciones de tesorería, el Tribunal ha señalado a siete formaciones políticas por realizar pagos, por un importe acumulado de 1,15 millones de euros, con posterioridad a los noventa días siguientes al de la votación, incumpliendo lo establecido en la ley electoral.
Sin datos de un millón de euros porque los proveedores no informan
Además, al acabar la campaña cinco formaciones mantenían deudas con proveedores por un total de 765.665,73 euros sin que ya pudieran disponer de los saldos de las cuentas corrientes abiertas para la campaña.
Por otro lado, once empresas han incumplido su obligación de proporcionar información detallada al Tribunal de Cuentas sobre facturas de más de 10.000 euros expedidas a partidos políticos, lo que supone que no hay información de algo más de un millón de euros.
Por ello, el Tribunal pide a los partidos que indiquen a las empresas que les hayan facturado por más de 10.000 euros que aporten al Tribunal de Cuentas la información que deben facilitar, dentro del plazo límite del que disponen dichas formaciones para presentar la contabilidad electoral.
Habría que ir cambiando lo del 'mailing'
Por otro lado, un total de 12 formaciones políticas ha reunido los requisitos para percibir la subvención específica por el envío de propaganda electoral, el conocido como mailing, aunque del análisis de la justificación de los envíos se han observado incorrecciones (erratas o letra ilegible), lo que ha conllevado anulaciones y rectificaciones en el proceso de facturación por parte de Correos.
En todo caso, el Tribunal de Cuentas vuelve a pedir que se evalúe "la eficiencia material y económica" de estos envíos de sobres y papeletas teniendo en cuenta la disponibilidad de los mismos en las mesas electorales. Se aconseja "la posibilidad de diseñar e implantar un nuevo procedimiento, más acorde con el actual desarrollo de los medios y técnicas de información, que ofrezca las necesarias garantías en su ejecución y permita reducir los fondos públicos destinados a su financiación".