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Vocales plantean acudir al TS para reivindicar las competencias del CGPJ ante la obstrucción de Justicia

Fachada del Tribunal Supremo.

Cinco de los dieciocho vocales que integran ahora el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han emitido un voto particular donde plantean acudir al Tribunal Supremo (TS) para reivindicar las competencias del órgano de gobierno de los jueces relativas a las medidas de refuerzo a juzgados y tribunales frente a lo que perciben como una "actitud obstruccionista" del Ministerio de Justicia, que debe dar el visto bueno presupuestario, según ha informado Europa Press.

Los vocales José María Macías, José Antonio Ballestero, Gerardo Martínez, Carmen Llombart y Ángeles Carmona han firmado un voto particular, al que ha tenido acceso Europa Press, para expresar su malestar por la decisión adoptada en el Pleno del jueves de rechazar la propuesta que hacían Martínez y el también vocal Enrique Lucas para aliviar la crisis de vacantes suscitada en la cúpula judicial por la imposibilidad del CGPJ de hacer nombramientos discrecionales.

Los firmantes defienden que esta propuesta alternativa a la lanzada por la Comisión Permanente --también rechazada-- contenía "medidas concretas", entre ellas "exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 404 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que impone que en los presupuestos de las administraciones públicas se consignen las cantidades precisas (y no menos) para atender a las necesidades de la Administración de Justicia".

En este sentido, denuncian que "se ha convertido en una práctica cotidiana que el Ministerio de Justicia usurpe, bajo la excusa de las limitaciones presupuestarias, la competencia del CGPJ para adoptar las medidas de apoyo y refuerzo de los tribunales, cuando resulta evidente en infinidad de ocasiones que el rechazo a la adopción de las medidas acordadas por el CGPJ deriva del puro criterio de oportunidad del Ministerio de Justicia".

Los cinco vocales creen que "es necesario poner fin a esa práctica, frente a la que el diálogo en las comisiones mixtas se ha revelado inútil, y plantear los correspondientes recursos ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en defensa de las competencias del CGPJ y, con ello, de la independencia de los tribunales".

En la misma línea, destacan que la propuesta de Lucas y Martínez "no solo proponía tomar conocimiento y dar a conocer las medidas solicitadas en el informe elevado por la Sala de Gobierno del TS, sino requerir su cumplimiento y el abandono por parte del Ministerio de Justicia de la actitud obstruccionista que impediría su aplicación". "Y de la que tenemos sobradas muestras en los últimos años", subrayan.

Culminar los nombramientos pendientes

Aluden a otras "medidas concretas", entre la que destaca "culminar los procedimientos de nombramientos de cargos judiciales (entre ellos, cuatro plazas en el TS) convocados antes de la entrada en vigor de la LO 4/2021", por la que se prohibió a un CGPJ en funciones, como el actual --que lleva más de cuatro años caducado--, hacer nombramientos discrecionales en la cúpula judicial.

Aducen que el marco normativo permite completar los procedimientos pendientes en base a las leyes vigentes cuando se abrieron, por lo que sostienen que el hecho de que estos cuatro nombramientos para el Supremo no se hayan hecho aún debe achacarse "exclusivamente al CGPJ", no a la reforma legal.

También resaltan del borrador de Lucas y Martínez su idea de aplicar la cláusula contenida en el artículo 570.2 bis LOPJ, según la cual "el Consejo en funciones podrá realizar aquellas otras actuaciones que sean indispensables para garantizar el funcionamiento ordinario del órgano".

Los firmantes aseguran que este enunciado habilita al CGPJ a "llevar a cabo los nombramientos que se consideren imprescindibles para el correcto funcionamiento de los órganos judiciales".

Además, citan la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) para cuando "el legislador ha adoptado normas espurias dirigidas a impedir el correcto funcionamiento de los tribunales y a debilitar su independencia por la vía de vaciar de contenidos las funciones del órgano constitucional llamado a preservar esa independencia".

"La jurisprudencia del TJUE (...) aclara que no solo los tribunales están vinculados por los principios de efecto directo y primacía del Derecho de la UE y habilitados para dejar de aplicar las normas nacionales contrarias a las normas europeas, sino que esa vinculación y esa habilitación alcanza a todos los poderes públicos, aunque no sean órganos jurisdiccionales, y entre los que se debe también situar al CGPJ", aseveran.

Un texto "decepcionante e insuficiente"

Por otro lado, justifican que el Pleno descartara la propuesta realizada por la Comisión Permanente, que instaba a las Cortes a renovar el CGPJ y, entretanto, a devolverle sus competencias para cubrir vacantes en los altos tribunales.

En su opinión, se trataba de "una enésima inútil declaración institucional, decepcionante e insuficiente" porque no ponía sobre la mesa "medidas que superasen una más que inconveniente pasividad complaciente".

"Las declaraciones institucionales tuvieron su sentido en un inicio, cuando se pretendió suscitar un diálogo entre órganos constitucionales ante el desconcierto que provocaba que unos órganos constitucionales vaciaran de contenido las funciones de otros, sobre todo cuando esas funciones resultaban básicas y esenciales para el funcionamiento regular del Estado de Derecho y para asegurar la independencia del Poder Judicial", exponen.

"Ante lo insólito de esa situación, cabía pesar que sencillamente no se había reparado en que el plano de la discusión política entre partidos políticos y el del funcionamiento regular del Estado de Derecho eran distintos, que no se había advertido la línea nada sutil que separa uno y otro plano y que, en definitiva, esa línea se había traspasado y que se estaban poniendo en riesgo elementos fundamentales de la arquitectura constitucional", completan.

No obstante, dicen que "ya no puede caber duda alguna de que el grave perjuicio que se está ocasionando al Estado de Derecho en España es consciente y deliberado; que la incapacidad para encontrar soluciones a través de los grandes consensos se ha sustituido por el tacticismo de vuelo bajo y mirada corta; y que la irresponsabilidad no ha encontrado límite en los graves perjuicios que se pueden ocasionar al Estado de Derecho, pieza clave para una convivencia pacífica".

"Lamentablemente, y ante la evidencia de una futilidad que ya no puede ser ignorada porque la experiencia no hace creíble que se pueda pensar que esas declaraciones sirven para algo, limitarse a ellas se ha convertido en una actitud complaciente, que hace el juego a quienes con medidas concretas, como la LO 4/2021, socavan los fundamentos del Estado de derecho", denuncian.

Un pleno sin acuerdos

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El mismo jueves los vocales Álvaro Cuesta, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya y Nuria Abad emitieron otro voto particular para recriminar que el Pleno no avalara el texto de la Comisión Permanente, al tiempo que recordaron la "extrema" situación de la Justicia por las más de 70 vacantes en los altos tribunales.

El CGPJ acordó abordar de forma monográfica las "disfunciones" que está provocando en la cúpula judicial su interinidad después de que el Supremo le pidiera —a través de un informe de su Sala de Gobierno— urgir a las Cortes Generales a dar una solución "inmediata" a la "situación insostenible" que atraviesa el tribunal por sus 19 vacantes.

En concreto, el Supremo proponía sumar 15 letrados a su Gabinete Técnico para apoyar a las salas de lo Social y lo Contencioso-Administrativo en las fases de decisión, donde se genera el cuello de botella más relevante, para elaborar bajo la supervisión de los magistrados los borradores de sentencias de índole repetitiva o con jurisprudencia estable y consolidada.

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