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Ley Violencia Género

La violencia machista ya deja 37 menores huérfanos en 2019: así es su proceso de recuperación

Manifestación del 8M en Santa Cruz de Tenerife.

La víctima tenía una hija menor de edad y existían denuncias previas. Fue asesinada este martes en Dénia (Alicante), a manos de su pareja y en presencia de la niña, de tan sólo once años. Es la víctima mortal número 49 en 2019, tal y como ha confirmado la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género. Con este último feminicidio, son 37 los huérfanos que ha dejado la violencia machista en lo que va de año. Una cifra que se eleva a 268 desde el año 2013, momento en que se empezó a elaborar el recuento. Desde este martes, la menor se enfrenta a un proceso de recuperación extremadamente complejo y condicionado por las ayudas externas a todos los niveles.

Desde el año 2015 los menores son considerados víctimas directas, después de la reforma de la Ley de Protección de la Infancia tejida aquel año. La condición de víctimas directas permitió que los niños accedieran a las medidas de protección hasta entonces reservadas a las mujeres. Allanó, en parte, el camino que transitan. Pero no eliminó todas las barreras que deben afrontar.

El proceso de reparación comienza por poner el foco en los efectos psicológicos que acarrea la pérdida y la violencia. "Lo más importante es entender que estos menores son víctimas que han estado expuestas a un ambiente de miedo y violencia, con referentes disfuncionales, un padre agresivo que legitima la violencia para resolver conflictos". Habla Bárbara Zorrilla, psicóloga especializada en violencia machista. La experta recuerda que son muchos los factores que influyen en el estado emocional de los niños, pero todos ellos "se quedan en un instante sin su principal figura de apego y también pierden a su padre".

Lo recomendable, argumenta la psicóloga, es "intentar no cambiarles de ambiente ni alterar sus rutinas". Hay que tener en cuenta que la familia materna, que habitualmente se hace cargo del huérfano, "también está afectada y necesita un proceso de recuperación para superar el duelo". Este proceso se afronta de maneras muy diversas: hay quien "no vuelve a hablar" del tema, una opción que no resulta "positiva para los menores". Es importante "contestar a sus preguntas, darles información y usar un lenguaje adecuado", siempre permitiendo que "se puedan expresar, porque se les ha roto todo su mundo". En cuanto a la familia paterna, "conviene no romper la relación, porque no es responsable" del crimen. Si por el contrario los familiares del padre "excusan al agresor, no son referentes positivos" para los menores.

El entorno aquí es clave. "Hay que tener en cuenta que el padre, una figura protectora, le roba lo que más quiere", señala Zorrilla. "Eso genera miedo y desconfianza" hacia los demás. La escuela puede ser un espacio de actuación fundamental. A veces, expone la psicóloga, el niño puede ser señalado en el colegio como hijo de un asesino en lugar de una víctima. "El profesorado tiene que hacerse cargo de la situación, pero necesita herramientas que en muchos casos no tiene", lamenta.

Precisamente respecto a la asistencia recuerda que "muchas veces el menor pasa a ser víctima cuando ha presenciado un asesinato, pero ya llega con sus recursos dañados". De ahí la importancia del trabajo previo. Cuando una mujer sufre malos tratos, sus "competencias como madre" se ven lastradas "en un entorno de violencia" que la "desautoriza constantemente". Es esencial "trabajar con las mujeres para que se den cuenta de que los menores se ven dañados" y puedan de esta forma salir de la espiral de violencia.

Tutela y ayudas

La responsabilidad sobre el menor puede recaer en diversas figuras. La primera opción será siempre la familia del niño, especialmente la materna. Sin embargo, cuando el menor se encuentra en una situación de desamparo, es decir, si no cuenta con familiares que se hagan cargo, la asunción de su protección pasa a manos de la comunidad autónoma. Es la administración pública quien asume la tutela, crianza y educación de los menores, con el apoyo específico que requiera para su adaptación.

Marisa Soleto, directora de la Fundación Mujeres y responsable de la secretaría técnica del Fondo de Becas Soledad Cazorla, subraya que "en cada familia la situación es diferente" y que no existe "un mecanismo universal, ni protocolos que garanticen un tratamiento más o menos homogéneo", lo que da lugar a un "abanico de situaciones". El principal escollo es este proceso tiene que ver con los tiempos. "Los procedimientos son muy largos y el esfuerzo emocional es alto", sostiene Soleto, por lo que "es fundamental desarrollar medidas de seguridad relacionadas con el alejamiento e incluso la protección patrimonial". Los trámites que acreditan la condición de víctima "también tardan bastantes meses", una demora con la que el menor debe lidiar con el máximo de ayuda posible para garantizar su estabilidad.

Lo cierto es que, en los últimos dos años, el Gobierno de Pedro Sánchez ha dado algunos pasos para proteger a los menores. El pasado año determinó que la atención y asistencia psicológica debía quedar fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común en el ejercicio de la patria potestad, cuando "cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos e hijas de ambos".

En cuanto a las ayudas y servicios a su disposición, Soleto reconoce que "a partir de la reforma de 2015 la situación ha mejorado", entre otras cosas porque "ya no suelen producirse situaciones en las que el maltratador conserva la patria potestad". A partir de marzo del presente año, además, los huérfanos de la violencia machista disponen de pensiones específicas sin necesidad de que su madre fuera, en el momento de su asesinato, cotizante. Esta norma ha permitido mejorar "el sistema para todos aquellos niños en situación de orfandad absoluta o asimilada, cuando se quedan también sin padre por una retirada de la patria potestad o suicidio". Entonces sí se produce un "incremento de origen de la pensión de orfandad, hasta aproximadamente los 600 euros". Desde marzo, por tanto, "se ha generado una prestación para aquellos casos en los que no estaba garantizado el acceso".

Medidas de protección

Lucía Avilés, socia fundadora y vocal de la Asociación de Mujeres Juezas de España, recuerda que la violencia contra los niños funciona "como correa de transmisión para ejercer violencia sobre la madre". Este tipo de violencia tiene un nombre, violencia vicaria, y unas características específicas que requieren de atención personalizada. "Cuando nos encontramos que el conflicto llega a los juzgados, contamos con herramientas en el plano jurídico que podrían llegar a paliar esa violencia", afirma Avilés.

En ese contexto, resulta clave "la aplicación efectiva del protocolo médico-forense de valoración del riesgo, cuyo uso sigue siendo muy escaso pese a la importancia capital a la hora de decidir la concesión de medidas de protección". El Ministerio del Interior planteó en 2018 que la valoración del riesgo debía tomar en cuenta la situación de los menores. El protocolo está en funcionamiento desde entonces y este año se han impartido jornadas de actualización de procedimientos, así como cursos de formación y especialización en diferentes territorios. 

La experta retrocede también hasta el año 2015 para recordar que, desde entonces, los jueces tienen la obligación de pronunciarse sobre las medidas de protección de los menores. "Eso quiere decir que, aun cuando no nos lo pida ninguna de las partes o el Ministerio Fiscal, debemos pronunciarnos sobre qué medidas de protección se tienen que adoptar", explica. Quizá, añade, "aún no hemos asimilado los operadores jurídicos que la violencia de género es un contexto con el que conviven niñas, niños y adolescentes, no sólo una situación meramente aislada que afecta a la madre". Asumir esa realidad, continúa, conlleva "usar y exprimir al máximo las herramientas" disponibles.

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La última Memoria de la Fiscalía General del Estado, publicada en septiembre, revela que "se sigue constatando el reducido número de resoluciones judiciales civiles sobre suspensiones del régimen de visitas, de la patria potestad o de la guarda y custodia" en casos de violencia de género. En 2018, prosigue, "se dictaron en 2.519 casos, cifra muy similar a las 2.368 medidas acordadas el año anterior". Aunque es necesario, añade el Ministerio Público, "seguir trabajando en la consideración de los menores como víctimas necesitadas de protección, se echa en falta que la ejecución del Pacto de Estado no haya provocado ya una mayor dotación de los equipos psicosociales en los órganos judiciales, puesto que resultan indispensables para asesorar adecuadamente en esta delicada decisión".

En el segundo trimestre de 2019, últimas cifras disponibles, la suspensión del régimen de visitas como medida cautelar supuso el 2,73% de las medidas dictadas. La suspensión de la patria potestad constituyó el 0,32%, la suspensión de la guarda y custodia el 3,9% y la protección del menor para evitar un peligro o perjuicio el 0,72%, según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Recientemente el Tribunal Supremo negó la patria potestad a un padre que había intentado matar a su pareja delante de sus hijos. "¿Cómo puede reclamarse el derecho a mantener una patria potestad sobre unos hijos a los que se ha intentado dejar sin madre de forma cruel al intentar matarla delante de ellos mismos?", se preguntaba el tribunal. Con su decisión, el Supremo corregía las sentencias previamente dictadas por la Audiencia Provincial de Palencia y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Para Avilés, una mayor implicación en la protección requiere "evitar que los menores sigan siendo considerados meras víctimas colaterales en vez de víctimas directas". En ese esfuerzo, la jueza recuerda que el propio Pacto de Estado contra la Violencia de Género incluye, en su medida 204, la necesidad de "establecer el carácter imperativo de la suspensión del régimen de visitas en todos los casos en los que el menor hubiera presenciado, sufrido o convivido con manifestaciones de violencia". Avilés lamenta el escaso desarrollo del acuerdo, que acaba de cumplir dos años, pero insiste en la urgencia de "aprovechar esas bases que se sentaron para avanzar en esa línea". "No es una mera cuestión de oportunidad, nos va la vida en ello", sentencia.

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