EMPRESAS
FCC pacta con el comité no aplicar el nuevo decreto de jubilaciones anticipadas
FCC ha alcanzado con los sindicatos CCOO y UGT un acuerdo por el que se garantiza aplicar la antigua legislación sobre jubilaciones anticipadas y parciales, en vez la de la nueva, en vigor desde este lunes, en el expediente de regulación de empleo (ERE) que presentó la pasada semana para su división de construcción en España.
La compañía ha planteado un ajuste para 1.143 trabajadores, el 17,5% de su negocio constructor en el mercado doméstico. Con esta medida, incluida en el nuevo plan estratégico de FCC, el grupo busca adaptar esta actividad al actual parón del sector en España.
Ante la posibilidad de que en el ERE se puedan plantear medidas no traumáticas como este tipo de jubilaciones, FCC y sus sindicatos pactaron en la primera reunión que mantuvieron sobre el ajuste, la del pasado martes, 26 de marzo, que se abordaran con la anterior legislación, según informaron a Europa Press fuentes de la Federación de Construcción de CCOO (Fecoma).
En virtud de este acuerdo, suscrito así antes de la entrada en vigor de la ley, la compañía no sólo evita la nueva legislación para las eventuales jubilaciones anticipadas y parciales que se pacten en el ERE, sino para todas aquéllas que se acuerden en la empresa antes el 1 de enero de 2019, según dichas fuentes.
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FCC y los sindicatos arrancan mañana la negociación de los términos y condiciones del expediente, con el fin último, por ambas partes, de reducir al máximo el número de afectados.
El inicio de las negociaciones coincide así con la entrada en vigor este lunes, 1 de abril, del Real Decreto-Ley de promoción del envejecimiento activo aprobado recientemente por el Gobierno. En virtud de esta nueva ley, las empresas que lleven a cabo ERE tendrán más difícil incluir jubilaciones anticipadas y parciales con el fin de promover la prolongación de la vida laboral.
No obstante, el propio Real Decreto-Ley indica que la nueva normativa no se aplicará para los afectados por ERE aprobados o suscritos antes de este 1 de abril, siempre que la extinción o suspensión de la relación laboral se produzca con efectos anteriores al 1 de enero de 2019.