En Transición

El Supremo más verde

El Tribunal Supremo holandés ha dictaminado que "en un estado democrático de derecho, una demanda para la protección de los derechos humanos es mucho más que una demanda sobre las elecciones políticas de cada persona. En un estado de derecho, los derechos fundamentales deben ser respetados, incluso cuando se adopta una decisión por mayoría: los derechos fundamentales no pueden ser objeto de votación".

Esto, que podría ser aplicable a cualquiera de esos derechos fundamentales, hace referencia, en este caso, al deber de los Estados de proteger el derecho fundamental a la vida, y por lo tanto, de adoptar medidas ambiciosas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en función de las evidencias científicas existentes. Lo que el Supremo holandés viene a decir es que los derechos fundamentales no pueden estar sometidos a mayorías políticas coyunturales, sino que son los cimientos en que hemos basado nuestra convivencia y plasmado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El caso comenzó en 2013 en Holanda de la mano de Urgenda, una pequeña fundación que trabaja en el fomento de la economía circular y las energías renovables como forma de acelerar la transición hacia una sociedad sostenible. Dicha ONG, junto con otros 900 denunciantes, demandó al gobierno holandés apelando a la legislación europea de Derechos Humanos para pedir la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero como forma de garantizar el derecho a la propia existencia. En 2015, el juzgado de primera instancia de La Haya les dio la razón y afirmó que las autoridades "tienen la obligación de proteger a la ciudadanía contra actividades industriales dañinas, porque, de no hacerlo, la actual generación verá peligrar su vida". El gobierno holandés, ajeno a la trascendencia que el caso podía tener, recurrió el fallo apelando a la separación de poderes y defendiendo que la política medioambiental es competencia del Parlamento, algo que el Alto Tribunal negó en 2018 argumentando que Holanda había firmado tratados internacionales sobre el clima y que por tanto el Estado estaba obligado a su cumplimiento. El pasado 20 de diciembre, el Tribunal Supremo confirmó la tesis ambientalista y ordenó al Gobierno una reducción del 25% de los gases de efecto invernadero respecto a niveles de 1990, al considerar que el Estado "debe proteger al ciudadano del deterioro del entorno, y la lucha contra el cambio climático es un asunto de interés general".

La sentencia, que se debe estudiar con detenimiento, habla de la amenaza que el cambio climático y la contaminación proyectan sobre la vida, y por tanto, sobre su protección como derecho fundamental. Si alguien tiene dudas de cómo el cambio climático y la contaminación atmosféricas son una amenaza para nuestra vida, que no se pierda estos vídeos que el científico del CSIC Fernando Valladares acaba de lanzar.

¿Un gobierno radical?

El Supremo holandés añade otro asunto trascendental, y es la necesidad de que los Estados asuman su responsabilidad en los desafíos globales, que no por serlo dejan de exigir la toma de decisiones políticas adecuadas por parte de los respectivos gobiernos. Si hace apenas una semana, al terminar la COP25, se pudo comprobar la dificultad que Naciones Unidas tiene para abordar la crisis climática, unos días más tarde esta sentencia demuestra el poder de los convenios internacionales, los tribunales nacionales y por supuesto los Estados, con todas sus herramientas, para gestionar la crisis climática. Basta con activar los mecanismos ya existentes.

Distintos estudios como este del Real Instituto Elcano o este de la Fundación Desarrollo Sostenible –entre otros– muestran que la ciudadanía está cada vez más concienciada sobre el desafío ambiental, existe una contundente evidencia científica sobre muchos de sus efectos, se continúa investigando en otros tantos, y se dispone cada vez de más y mejor tecnología para el cambio de modelo. El salto de escala que se necesita para abordar la crisis climática con la urgencia y la ambición necesarias tendrá que llegar de la mano de la política, de decisiones que ayuden, desde un liderazgo colaborativo y en conversación con el resto de la sociedad, al cambio de modelo imprescindible para hacer frente a la crisis en cuestión.

Hace unos días, en este mismo espacio, hablaba de la posibilidad de incorporar el derecho al medio ambiente como un derecho fundamental en nuestra Constitución. El tribunal holandés ha actuado por las vías que le son propias, entendiendo que la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero es, a tenor de las evidencias científicas, imprescindible para garantizar algo tan fundamental como el derecho a vivir. Quizá cunda el ejemplo y los tribunales europeos se llenen de demandas en el mismo sentido.

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