Cinco años después de 2020 Cristina García Casado
La amnistía no es un chantaje, es una reparación
La visita que la Presidenta del partido político Sumar realizó a Carles Puigdemont, president de Junts per Catalunya, me parece que responde a la más absoluta normalidad democrática, en la que prima el diálogo sobre la confrontación. Es cierto que Yolanda Díaz es vicepresidenta de un Gobierno de coalición en funciones, pero creo que no se puede olvidar que Puigdemont reside en Bélgica, dentro del espacio de libertad, seguridad y justicia que constituye uno de los pilares de la Unión Europea. Dejo al criterio de cada uno calificar su diferente comportamiento respecto de aquellos otros políticos que se vieron sometidos a una detención arbitraria según el Grupo de trabajo de Naciones Unidas y sufrieron una condena que un magistrado y una magistrada del Tribunal Constitucional han considerado desproporcionada. Carles Puigdemont se encuentra a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decida sobre su inmunidad. En el caso de que se la deniegue, las nuevas órdenes de detención y entrega que emita el juez instructor de la Sala Segunda del Tribunal Supremo serán resueltas, previsiblemente, por los jueces belgas, que decidirán en función de los hechos por los que se pide la entrega. Mientras esperábamos esta decisión, han surgido una serie de acontecimientos – disolución de las Cortes y convocatoria de nuevas elecciones– que han alterado este panorama y puesto sobre la mesa, entre otras cuestiones, el tema de la amnistía.
No voy a tratar en este artículo sobre su constitucionalidad, tema que ya he abordado con reiteración y a mis opiniones me remito. Todos los que escribimos o nos pronunciamos en los medios nos sometemos al escrutinio de los lectores o de las personas que nos escuchan y que manifiestan sus opiniones, conformes o disconformes, algunas veces destempladas en exceso, sobre lo que han leído y escuchado. Me ha suscitado este artículo el comentario de un lector sobre uno de mis escritos sobre la amnistía. Opinaba que “la sociedad no está preparada para aceptar una amnistía. Hace falta mucha pedagogía e información que no será posible hacer por el RUIDO que generarán PP/Vox y sería un riesgo para PSOE/Sumar en caso de repetición electoral”.
En mi opinión la sociedad española debe disponer de la mayor cantidad de información y opinión que ha generado el tema del proceso de independencia de Cataluña. Los elogios al rigor jurídico de la sentencia han sido escasos dentro de la literatura penal española. Algunos incluso la han criticado por no haber condenado por el delito de rebelión. La mayoría consideran que todo lo sucedido debía haber quedado exclusivamente en el ámbito de la política y no en el de la justicia penal. Si traspasamos los Pirineos observamos que el rechazo y la crítica han sido prácticamente unánimes.
No voy a insistir sobre la denegación de las peticiones de detención y entrega en los tribunales belgas, alemanes, escoceses, suizos e italianos sino en declaraciones y posicionamientos de instituciones y organismos internacionales. Amnistía Internacional analizó el proceso y entre otras valoraciones sostiene que: “Tras la observación del juicio y la lectura minuciosa de la sentencia, Amnistía Internacional expresa su preocupación por la definición del delito de sedición en la legislación española y la interpretación que ha hecho el Tribunal Supremo de este delito que, a juicio de la organización, vulnera el principio de legalidad y permite imponer restricciones desproporcionadas a conductas que, si bien podrían representar el quebrantamiento de una ley, pueden estar amparadas por los derechos a la libertad de expresión y reunión pacífica”.
Human Rights Watch denunció que la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía hicieron, en ocasiones, un uso excesivo de la fuerza el 1 de octubre, conforme trataban de ejecutar órdenes judiciales para impedir la votación. Valoración que en cierto modo comparte la sentencia condenatoria. La Comisión Internacional de Juristas considera que “estas condenas representan una grave interferencia con el ejercicio de la libertad de expresión, asociación y asamblea de los líderes catalanes. El recurso a la ley de sedición para restringir el ejercicio de estos derechos es innecesaria, desproporcionada e injustificable”.
Para completar la información me detendré en los posicionamientos de los organismos internacionales de los que España forma parte. El Comité de Derechos Humanos de la ONU, un organismo de expertos independientes que analiza el cumplimiento de los tratados internacionales, ha dictaminado que se violaron los derechos políticos de Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva al suspendérseles su condición de diputados del Parlament tras las elecciones del 21 de diciembre de 2017, y que se les sometió a prisión preventiva por un supuesto delito de rebelión. El dictamen sostiene que, si bien la suspensión está prevista en la legislación española, su aplicación carece de motivos “razonables y objetivos”. La retirada de los escaños “no se llevó a cabo bajo las garantías del debido proceso y de imparcialidad”. En definitiva, para este organismo, España ha violado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que suscribió en 1985 y se le insta a que informe sobre qué medidas piensa aplicar para subsanar el daño.
Estamos ante una oportunidad histórica, que interpela también a los independentistas catalanes, para sentar las bases de un nuevo enfoque político e incluso constitucional (...) que garantice la convivencia democrática
Para no alargar innecesariamente este artículo con más citas de los posicionamientos de los organismos internacionales, finalizaré con el acuerdo la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de la que forma parte España, en la que se integra el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que va a tener la última palabra sobre este tema. Lleva fecha de 21 de junio de 2021 y fue aprobado con 70 votos a favor, 28 en contra y 12 abstenciones. Abarca varias cuestiones y no en todos los aspectos es negativo. Reconoce y así lo vengo manteniendo desde el comienzo de la criminalización del conflicto, que: “los objetivos de los políticos catalanes encarcelados y los medios utilizados por ellos eran claramente incompatibles con la Constitución española”. Alguna de sus apreciaciones puede servir de prólogo a una ley de Amnistía. Recomienda reformar las disposiciones penales sobre rebelión y sedición (esta última ya se ha hecho) de tal manera que no conduzcan a sanciones desproporcionadas por transgresiones no violentas. Invita a perdonar o liberar de prisión a los políticos catalanes condenados por su papel en la organización del referéndum inconstitucional de octubre de 2017 y las manifestaciones masivas pacíficas relacionadas. Aconseja abandonar los procedimientos de extradición contra políticos catalanes que viven en el extranjero y que son buscados por los mismos motivos. Sugiere abandonar los procesamientos restantes también de los funcionarios de menor rango involucrados en el referéndum inconstitucional de 2017 y abstenerse de sancionar a los sucesores de los políticos encarcelados por acciones simbólicas que simplemente expresan su solidaridad con los detenidos (lazos amarillos). Se debe garantizar que la disposición penal sobre malversación de fondos públicos se aplique de tal manera que la responsabilidad surja sólo cuando puedan establecerse pérdidas reales y cuantificadas para el presupuesto o los activos del Estado. Advierte que no se puede exigir a los políticos catalanes detenidos que renieguen de sus opiniones políticas profundamente arraigadas a cambio de un régimen penitenciario más favorable o una posibilidad de indulto; sin embargo, se les puede exigir que se comprometan a perseguir sus objetivos políticos sin recurrir a medios ilegales. Finalmente me parece de relevante interés y actualidad la propuesta de la necesidad de entablar un diálogo abierto y constructivo con todas las fuerzas políticas de Cataluña, incluidas aquellas que se oponen a la independencia, para fortalecer la calidad de la democracia española, uno de los Estados más antiguos de Europa, a través de la autoridad del Estado de derecho, la buena gobernanza y respeto total de los derechos humanos, sin recurrir al derecho penal, pero con pleno respeto al orden constitucional de España.
Creo que ha llegado el momento de aparcar la visceralidad de muchos sectores de la sociedad española sobre la histórica “cuestión catalana” y abordarla con criterios de libertad y justicia que se recogen en el frontispicio de nuestra Constitución. Estamos ante una oportunidad histórica, que interpela también a los independentistas catalanes, para sentar las bases de un nuevo enfoque político e incluso constitucional que nos lleve a cotas de autonomía y solidaridad que garanticen la convivencia democrática. La Amnistía se nos presenta, en estos momentos, como un instrumento indispensable, útil y necesario para evitar que se repitan los errores del pasado y repararlos.
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José Antonio Martín Pallín. Abogado. Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra). Ha sido Fiscal y Magistrado del Tribunal Supremo.
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